viernes,19 agosto 2022
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En marcha el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD)

Redacción
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la estructura y funcionamiento del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD). Mediante esta norma se establece el ámbito de actuación del CIDEAD, se regula su estructura y funcionamiento, y se relacionan las enseñanzas que […]

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la estructura y funcionamiento del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD). Mediante esta norma se establece el ámbito de actuación del CIDEAD, se regula su estructura y funcionamiento, y se relacionan las enseñanzas que imparte y los medios tecnológicos y didácticos con los que desarrollará sus funciones.

Al igual que en la regulación anterior, el CIDEAD -que no tiene personalidad jurídica propia- está adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la Vida de la Dirección General de Formación Profesional.

Al frente del CIDEAD habrá un director que será nombrado por la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, entre el personal funcionario de los cuerpos docentes destinado en dicha Secretaría de Estado.

Impartición de enseñanzas a distancia

Corresponde al CIDEAD la atención educativa a distancia y la atención educativa a distancia a ciudadanos españoles que residan en el exterior, a excepción de la actividad desarrollada, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del deporte federado estatal, por los centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en todo el territorio nacional.

Así, el CIDEAD se transforma en un centro de educación a distancia sin límite territorial en su ámbito de actuación. Este hecho supone una novedad respecto a la normativa anterior del 2 de octubre de 1992, que fijaba el desarrollo de sus objetivos exclusivamente en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Novedades

Las principales novedades de la regulación propuesta, frente a la existente desde el año 1992, son las siguientes:

  • El CIDEAD se configura como un centro docente autorizado del sistema educativo español: podrá impartir todas las enseñanzas regladas que dan lugar a un título oficial, a excepción de las universitarias, deportivas y de Educación Infantil. Hasta ahora, el CIDEAD necesitaba utilizar los centros docentes de las Comunidades Autónomas para impartir títulos de enseñanza reglada, o bien impartía enseñanza no formal.

A partir de ahora podrá impartir directamente las siguientes enseñanzas regladas:

– Educación de Personas Adultas a distancia.

– Educación Secundaria Obligatoria a distancia.

– Bachillerato a distancia.

– Enseñanza de idiomas a distancia, como el programa "That´s English!"

– Aula Mentor: educación no formal de personas adultas.

  • Como se ha visto, el CIDEAD desarrollará la enseñanza de idiomas a distancia, fomentando el plurilingüismo. En este ámbito, el CIDEAD favorece los estudios y realiza propuestas técnicas necesarias para la elaboración de medidas de ordenación académica y la adecuación de los currículos que posibiliten la impartición de dichas enseñanzas en la modalidad de distancia.
  • El programa "That´s English!", que cuenta con veinte años de existencia, constituye un referente del modelo de enseñanza de idiomas a distancia. En base a esta experiencia, se prevé implementar programas similares que amplíen la oferta educativa a otros idiomas con gran demanda social, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea, que considera el fomento del plurilingüismo como un objetivo irrenunciable para la construcción de un proyecto europeo.
  • El CIDEAD proporciona atención educativa de educación básica y secundaria para adultos a los ciudadanos españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en el territorio nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario. Las características específicas de esta modalidad de enseñanza han permitido la reincorporación al sistema educativo de personas adultas que por diversas circunstancias necesitan un ritmo diferente de estudio, prolongando su permanencia en el ámbito educativo y ayudándoles a obtener, entre otros, el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller. De esta forma, se contribuye al desarrollo personal y la integración social que propugna la Ley Orgánica del 9 de diciembre de 2013.
  • El CIDEAD impulsará Aula Mentor, programa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la formación abierta, flexible y a distancia través de Internet, dirigido a personas adultas, cuya oferta formativa se materializa en un conjunto de cursos organizados en áreas formativas y diseñados con objeto de mejorar las competencias personales y profesionales de los potenciales destinatarios en esta modalidad de enseñanza.
  • El CIDEAD contará con un Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia, sin personalidad jurídica propia, centro docente público para la impartición en la modalidad de distancia de las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo Español recogidas en la Ley Orgánica del 3 de mayo de 2006, a excepción de la enseñanza universitaria y de las enseñanzas deportivas.

Funciones complementarias y de apoyo

Además de lo anteriormente señalado, corresponderá al CIDEAD el ejercicio de las siguientes funciones, que ya aparecían reguladas de manera similar en el Real Decreto de 1992 por el que se creó dicho Centro:

  • Apoyo a los programas y centros de la acción educativa española en el exterior.
  • La detección y el análisis de las necesidades de educación y formación de los diversos colectivos y el desarrollo de una oferta de enseñanzas a distancia acorde con estas necesidades.
  • El desarrollo de las propuestas técnicas necesarias para la adecuación de los currículos y la elaboración de las medidas de ordenación académica que hagan posible la impartición de las enseñanzas a distancia.
  • El diseño, la elaboración y gestión de la edición, y la producción y distribución de medios didácticos que posibiliten la impartición de las enseñanzas a distancia.
  • La exploración de nuevas formas de aprovechar el potencial de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para extender la oferta de enseñanzas a distancia a nuevos formatos y mejorar la calidad, accesibilidad y equidad de la educación y la formación
  • La innovación en modelos y metodologías de educación en línea y el desarrollo de tecnologías apropiadas para conseguir su puesta en práctica en entornos virtuales.
  • La formación inicial y continua del profesorado de educación a distancia en los fundamentos y técnicas de esta modalidad.

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