jueves,18 agosto 2022
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Por la Real Academia de la Gastronomía

Van a declarar las tapas Patrimonio Cultural Inmaterial

Redacción
La idea de declarar las tapas como Patrimonio Cultural Inmaterial seguirá el procedimiento que se seguirá se fundamenta en la Ley 10/2015. La resolución podría tardar unos 12 meses tras los que se decidirá si se otorga este título a una de las señas más importantes de la cultura española.

Coincidiendo con la celebración del Día Mundial de la Tapa celebrada el pasado mes, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte inició los trámites para declarar las tapas Patrimonio Cultural Inmaterial. El ministro Íñigo Méndez de Vigo indicó que se trata de una propuesta de la Real Academia de la Gastronomía que considera la tapa como una seña de identidad de España que ha trascendido  las fronteras y se ha convertido en embajadora de la Gastronomía española y de la Marca España.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte sostuvo en una conversación con la directora general de la UNESCO, Irina Bokova, que las  tapas vienen de una esfera localista pero hoy se han convertido en algo que pertenece al idioma universal, ya que uno va a cualquier parte del mundo y si pide tapas, sabe lo que recibe.

El procedimiento que se seguirá se fundamenta en la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, por la cual la Administración General del Estado tiene competencias para declarar un bien Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial. Esta declaración es la máxima categoría de protección que le puede otorgar el Estado a este tipo de patrimonio.

El procedimiento

El procedimiento para llevar a cabo esta declaración está regulado en el artículo 12 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo y se inicia con la elaboración de un informe por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dirigido al Consejo del Patrimonio Histórico. A partir de ahí se abre un periodo de información pública y, seguidamente, de trámite de audiencia a las comunidades portadoras del bien, a los titulares de derechos reales sobre los bienes muebles e inmuebles asociados a la manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, y a las Administraciones autonómicas y locales del territorio en el que la manifestación tiene lugar. El procedimiento culmina con la aprobación de la declaración por Real Decreto del Consejo de Ministros.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses.La declaración de las manifestaciones representativas del Patrimonio Cultural Inmaterial generará la obligación de inscripción de éstas en el Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial.

Actualmente se encuentran en curso tres expedientes de declaración como manifestaciones representativas del Patrimonio Cultural Inmaterial: la Trashumancia, la Semana Santa y el Carnaval.

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