jueves,18 agosto 2022
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España ya tiene el suyo y la Ley de Lucha contra el Fraude

130 países aceptan la fórmula Biden de sustituir en 2023 impuestos digitales por el mínimo del G7

Redacción
España y otros 129 países aceptaron este jueves bajo el liderazgo de la OCDE la fórmula Biden de sustituir los nuevos impuestos digitales por el mínimo propuesto semanas atrás en el G7 por las mayores potencias. Sin embargo, el anuncio coincide con la puesta en marcha definitiva de nuestra propia "tasa Google", junto a la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.

La noticia del acuerdo de 130 países de las 139 jurisdicciones fiscales que negocian el llamado Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) coincidió este primero de julio en España con la entrada en funcionamiento del nuevo impuesto a las bigtech y con la aprobación definitiva de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, tramitada durante un año por el Congreso.

Entre las enmiendas aprobadas destaca que las sociedades de inversión inmobiliaria (Socimi) tributarán al 15% fijado de mínimo internacional y a las de capital variable (Sicav) se las aplican también medidas de mayor control, para evitar que con ambos instrumentos las grandes fortunas escapen al fisco.

Ese Marco de la OCDE acepta así aplicar y concretar el acuerdo del grupo de las siete economías más desarrolladas del mundo (G7), que a principios de junio dió con la Unión Europea  su visto bueno a la fórmula lanzada en abril por Biden para sustituir las nuevas tasas Google de muchos países como  España, empresas que como la propia Google se declaran ya a favor de  esa medida, como dejó claro en el reciente curso de verano de la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) en la UIMP de Santander.

El G20, foro que integra a las 20 mayores economías del mundo, espera discutirlo a profundidad en octubre, con la esperanza de ponerlo también en marcha en 2023.    

Entre los nueve países que no firmaron están algunos de los paraísos fiscales soportados por la Unión Europea: Hungría, Estonia, e Irlanda. El ministro de Finanzas de este último dijo que el acuerdo “aún no era aceptable”, pues la tasa impositiva del 12,5 % lo ha ayudado a convencer a algunas de las multinacionales más grandes del mundo a emplear a uno de cada ocho trabajadores en el país.

El acuerdo internacional trata de desincentivar los paraísos fiscales, pero aún no lo aceptan tres de los principales que soporta la Unión Europa (Hungría, Estonia e Irlanda)

Según el acuerdo firmado este jueves por 130 países, estos gravarán las ganancias extranjeras de sus empresas locales si no pagan la cantidad de impuestos mínima a través de subsidiarias en otros territorios.La propuesta excluye a firmas extractivas como petroleras y mineraS, así como a los bancos regulados, y ha puesto el foco principalmente en las grandes tecnológicas.

Ha sido larga la búsqueda de un consenso sobre el impuesto de sociedades y la tributación de las bigtech basado en dos pilares, el clásico basado en la sede física de la empresa y el de nuevo cuño centrado en la realidad de los territorios donde opera por mucho que esa presencia sea tan virtual como permite todo lo digital, según explica en el último número de la revista Consejeros el miembro del Consejo Editorial de Ibercampus Gustavo Matías, profesor de Estructura y Economía del Desarrollo en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) .Pero al acuerdo le espera todavía otro largo recorrido.

El siguiente paso será su revisión en el G20, representativo de países que ya exceden el 66 % de la población mundial y el 85 % del PIB aunque haya en el mundo casi otros 180. Primero lo verán los ministros de finanzas, que se reúnen la próxima semana en Venecia, Italia, y después en la cumbre de líderes de octubre.  

La idea de fijar ese impuesto mínimo global lleva años discutiéndose en la OCDE, pero resurgió en abril en Estados Unidos bajo el liderazgo del nuevo presidente Biden (exgobernador del paraiso fiscal de Delawere, e Estado que tiene más empresas que ciudadanos). 

Ese organismo con sede en París calcula que anualmente se dejan de recibir unos 240.000 millones de dólares debido a la evasión de impuestos de las grandes multinacionales.

Dos pilares del acuerdo

El primero de los pilares de ese acuerdo va dirigido a las multinacionales digitales, aunque no se limita a ellas. Las que tengan una facturación mundial superior a los 20.000 millones de euros y tengan una rentabilidad (relación entre beneficios e ingresos) superior al 10 %, serían sujetas del gravamen.

Los países en los que esos grupos (entre los cuales estarían gigantes tecnológicas como Facebook, Twitter o Alphabet) obtengan ingresos superiores a un millón de euros (o a 250.000, en el caso de pequeños estados) tendrán derecho a recibir una parte de ese impuesto.Los países en los que operen podrían tener parte de lo que sobre después de que el país donde la firma tenga su sede se haya quedado con el impuesto correspondiente al 10 % de la rentabilidad.

El segundo pilar se aplicará a las empresas con una facturación de al menos 750 millones de euros, a las que se aplicará un tipo mínimo del impuesto de sociedades de al menos 15 %, aunque la proporción sigue en negociación.

La OCDE estima que un impuesto global sobre la renta empresarial de al menos el 15 % podría generar alrededor de 150.000 millones de dólares en ingresos fiscales adicionales por año.

España pone en marcha su impuesto a las digitales y aprueba la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal

El Proyecto de Ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 13 de octubre de 2020 aprobado en España el mismo día tambien en que entraba en vigor su "tasa Google", que según el consenso internacional estará vigente hasta el año 2023 en que se aplique la norma OCDE, pretende modernizar el sistema tributario español y adaptarlo a los retos del siglo XXI.La medida se incluye junto a otras muchas previstas antes y despues de la pandemia en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del componente 27 del citado plan, denominado 'Medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal'.

El Proyecto de Ley contiene cambios en diversas normas y figuras tributarias, tanto para incorporar el Derecho comunitario a la normativa española, como para implantar medidas que refuercen la lucha contra la elusión fiscal y la economía sumergida. Asimismo, pretende reducir la litigiosidad de los contribuyentes y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

Entre las medidas que se incluyen en el Proyecto de Ley se encuentra la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasa de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones en el que interviene un empresario o profesional. A su vez, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.Asimismo, la nueva norma prohibe las amnistías fiscales, evitando que existan agravios comparativos con la mayoría de contribuyentes.

Lista de morosos

Con esta Ley se rebaja de un millón de euros a 600.000 euros el umbral de la deuda con Hacienda que conlleva aparecer en el listado de deudores, cuya ultima versión apareció hace varios días 8. A 31 de diciembre de 2020, había 3.869 contribuyentes y empresas con deudas superiores al millón de euros, frente a los 3.930 del ejercicio anterior.

Entre las empresas destacan el Grupo Isolux Corsan, Reyal Urbis y Nozar y entre los contribuyentes individuales los famosos  Ancelotti, entrenador del Real Madrid, el exvicepresidente económico del Gobierno de Aznar Rodrigo Rato, el exbanquero Mario Conde que también recibió el titulo de doctor honoris causa por la Universidad Complutense de Madrid, Paz Vega y Alves. Además, se incluyen en esa lista de deudores a los responsables solidarios.

La nueva Ley actualiza y amplía el concepto de paraísos fiscales, que pasan a denominarse 'jurisdicciones no cooperativas', término usado a nivel internacional. La lista de paraísos fiscales deberá ser actualizada periódicamente.

Foco en las criptodivisas

En sintonía con el objetivo de combatir las nuevas fórmulas de fraude asociadas a las nuevas tecnologías, la Ley establece la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado 'software de doble uso', donde se emplean programas informáticos que permiten manipular la contabilidad y que pueden ser usados por empresas infractoras para ocultar parte de su actividad.

Mediante esta norma se reforzará el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo nuevas obligaciones de información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales.

Contempla además una reforma que permitirá que, en el caso de bienes inmuebles, el valor de referencia del Catastro se convierta en la base imponible de los tributos patrimoniales, esto es, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esta misma regla será aplicable en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles en cuya adquisición, onerosa o lucrativa, la base imponible haya sido el valor de referencia del Catastro.

El objetivo de la medida es reducir la litigiosidad provocada por el valor real, un concepto ambiguo que los tribunales asemejaban al valor de mercado. Tal y como señala explícitamente la Ley, el nuevo valor de referencia no puede superar el valor de mercado, para lo que se emplean factores de minoración en su determinación, de manera que su uso como base imponible no implica un aumento de la tributación.

El valor de referencia de cada inmueble se basa en los precios de todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario público. Además, se realizarán valoraciones individualizadas teniendo en cuenta las características de cada inmueble (calidad constructiva, antigüedad, estado de conservación…). Por tanto, se calcula con unas reglas técnicas justas y transparentes y se fijará por el Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo.Este nuevo uso del valor de referencia, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022, cuenta con el apoyo de las Comunidades Autónomas. De hecho, todas las Comunidades de régimen común están suscribiendo convenios de colaboración con el Estado para la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia.

Hacienda aclaró que ese valor de referencia es distinto del valor catastral y por ello la norma no afecta a los impuestos que usan el valor catastral como base imponible (como el IRPF, el IBI o el Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).El valor de referencia sólo afectará a quien adquiera un inmueble a partir del 1 de enero de 2022, y a la vez tenga que tributar, bien por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, bien por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Igualmente, sólo podrá afectar al Impuesto sobre el Patrimonio en lo que se refiera a inmuebles adquiridos a partir de entonces, en ningún caso al patrimonio preexistente.

Transparencia fiscal internacional

La nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal incluye también la trasposición de la directiva europea antielusión fiscal (ATAD), por la que se establecen normas contra estas prácticas que inciden en el mercado interior.También incorpora a la legislación española los ámbitos de la directiva concernientes a la Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y a la imposición de salida o "Exit Tax".

De esta forma, se persigue reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización. Además, se quiere asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España.

La nueva norma contiene actuaciones para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario. Se contemplan cambios en el régimen de reducciones aplicables a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos para conseguir una mayor simplificación y favorecer el pago voluntario.

Asimismo, este proyecto de Ley incluye medidas para reforzar el control de los operadores del juego, que deberán colaborar en la lucha contra el fraude en esta actividad. Se habilitan mecanismos para luchar contra la manipulación de las competiciones deportivas y combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas.

Entre las enmiendas aprobadas destaca que las sociedades de inversión inmobiliaria tributarán al 15% y a las de capital variable se las aplica tipos mínimos

Entre las enmiendas aprobadas, las Socimi (sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria) tributarán al 15% por sus beneficios no distribuidos, mientras las Sicav (sociedades de inversión de capital variable) afrontarán un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tienen que ser 100.

Además, cuando sea necesario llevar a cabo una inspección tributaria en el domicilio de un contribuyente, la Agencia Tributaria deberá obtener el consentimiento, bien del obligado tributario, bien una autorización judicial. La solicitud de la autorización judicial para la entrada en un domicilio deberá estar justificada e incluir su finalidad, necesidad y proporcionalidad. Tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial podrán practicarse, aun con carácter previo al inicio formal del correspondiente procedimiento.

Otras enmiendas han sido introducidas durante su trámite en el Senado y permitirán mantener el actual tratamiento fiscal a las herencias transmitidas en vida, los llamados 'pactos sucesorios', en aquellos bienes que sean vendidos a partir de los cinco años posteriores a esa transmisió

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