jueves,18 agosto 2022
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Mas dinero para el CSIC y otras decisiones del Gobierno

Aprobada la reforma para que los accionistas decidan la remuneración de los ejecutivos

Redacción
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Economía y Competitividad sobre propuestas de modificaciones normativas que emite la Comisión de Expertos en materia de gobierno corporativo creada por un Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 10 de mayo. También aprobó un crédito extra que alarga a 95 millones de euros la financiación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y desestimó la reclamación de las entidades de gestión de propiedad intelectual.

Se trata de las propuestas normativas que recomiendan al Gobierno incorporarlas a la legislación en materia de sociedades. Ahora, tras la presentación de este Informe, se abre un plazo de dos meses para elaborar las reformas legales que se consideren oportunas.

La reforma tiene como objetivos fundamentales la mejora de la eficacia, la responsabilidad y la transparencia en la gestión de las empresas para situarla en los niveles más altos en el ámbito internacional. Las propuestas que plantean los expertos pasan por potenciar el papel de la junta de accionistas y un mayor control en la actuación de los distintos consejeros, incluido el capítulo de las retribuciones.

Juntas de Accionistas

Entre las recomendaciones que hace la Comisión de Expertos, en primer lugar, en relación con lo que es la Junta General, la Junta General va a ser la responsable, en última instancia, tanto de las remuneraciones del Consejo como de la política general de las empresas. Se pretende que los accionistas tengan mucho más que decir en dos cuestiones fundamentales: la política de remuneración de los equipos de gestión y los administradores en general, y también en lo que es la estrategia general. Por eso se dice que las remuneraciones del Consejo serán competencia exclusiva de la Junta General.

En relación con las sociedades cotizadas, la propuesta es que la Junta General apruebe el Plan de remuneraciones, con un horizonte de tres años, del Consejo de Administración. En el mismo se tiene que establecer la cuantía máxima de la retribución fija anual que van a recibir los consejeros ejecutivos, fundamentalmente el presidente y el consejero delegado, cuando estén divididas en dos personas dichos papeles, además de los demás elementos esenciales de otros aspectos de la remuneración.

La segunda cuestión fundamental en relación con las Juntas de Accionistas es que se amplía el protagonismo de los accionistas minoritarios. El umbral para ejercer los derechos de las minorías en las sociedades cotizadas pasaría del 5 por 100 del capital social al 3 por 100. Además, se reduce el límite a partir del cual se puede, de alguna forma, excluir la presencia en las Juntas y pasa de un límite que en la actualidad es del 1 por 1.000 a un límite máximo de mil acciones por accionista.

También se establecen mayores condiciones de transparencia e independencia en el nombramiento, ratificación y separación de los administradores, así como en votar las modificaciones estatutarias.

Con respecto a la adopción de los acuerdos, se generaliza la mayoría simple y, para los acuerdos para los que se exige quórum reforzado, como, por ejemplo, las modificaciones estatutarias, se deberán adoptar con mayoría absoluta cuando concurra más del 50 por 100 del capital social.

Consejos de Administración

En primer lugar, se establece que la duración máxima del cargo para los consejeros de sociedades cotizadas, que actualmente era de seis años, pasa a un máximo de cuatro años. También se indica que, si el cargo de presidente y consejero delegado de una sociedad cotizada lo asume la misma persona, será necesario que su nombramiento cuente, al menos, con el voto favorable de dos tercios del conjunto del Consejo de Administración y, además, se tendrá que designar la figura del consejero coordinador, que necesariamente tendrá que ser un consejero independiente.

Por último, se definen las modalidades de tipos de consejeros establecidas en la Orden de buen gobierno corporativo: consejeros independientes, dominicales y ejecutivos.

Crédito extra para el CIS

El mismo Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto Ley a través del cual se concede un crédito extraordinario de setenta millones de euros para el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Este suplemento es el segundo que el Gobierno otorga este año al Consejo -en junio se le concedieron veinticinco millones de euros-, por lo que la inyección total asciende a 95 millones de euros. Con esta cantidad se atajan los problemas de liquidez que arrastraba desde hace años el organismo de referencia de la investigación española.

El Ministerio de Economía y Competitividad, además, ha incrementado en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2014 la transferencia al CSIC en cincuenta millones de euros, lo que supone un aumento en su aportación del 12,1 por 100.

Con estas medidas el Gobierno cumple con su compromiso de mantener y apoyar al CSIC, que arrastraba problemas financieros desde la reducción en las aportaciones presupuestarias realizadas entre los años 2009 y 2010, de casi un 30 por 100.

Por su parte, el CSIC ha elaborado un Plan de Compromisos de Viabilidad (2013-2015) aprobado por su Consejo Rector, cuyas medidas supondrán un ahorro de costes de cincuenta millones de euros en 2013.

Este conjunto de medidas asegura la estabilidad y el equilibrio entre ingresos y gastos del CSIC a partir de 2014, lo que permitirá que el mayor organismo científico del país pueda continuar con su actividad investigadora con normalidad.

Desestimada la reclamacion por propiedad intelectual 

Tambien cabe destacar que el Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, derivada de la modificación del sistema de compensación equitativa por copia privada, introducida por el Real Decreto Ley del 30 de diciembre de 2011. Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual solicitaban una indemnización por importe de 105,2 millones de euros.

Los motivos argumentados por el Consejo de Ministros se basan en dos aspectos: por un lado, no existe vulneración del Derecho comunitario, ya que el propio Tribunal de Justicia europeo ha considerado que los Estados miembros están facultados para modificar la forma, modalidades de financiación, percepción y cuantía, siempre que ésta última se calcule sobre el perjuicio causado; por otro, no existe daño efectivo, sino un daño de carácter meramente hipotético, eventual o futuro y, por tanto, no indemnizable ya que la cuantía recogida en los Presupuestos Generales del Estado de 2012, que asciende a cinco millones de euros, es una cantidad prevista como liquidación provisional.

A pesar del cambio en el sistema de compensación equitativa por copia privada, el "perjuicio efectivo" sigue siendo el parámetro para la fijación de la cuantía de la compensación y, aunque se prevea que esta cuantía debe fijarse dentro de los límites presupuestarios, es posible realizar modificaciones presupuestarias para asegurar que se adecue al perjuicio.

 

 

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