Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su cuantía total será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €). Los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas. Las becas serán indivisibles e incompatibles con cualquier
otra concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.
Las becas podrán prorrogarse por un período máximo de seis meses, cuando la conclusión de las tareas y estudios aplicados que se estén realizando así lo aconseje. La prórroga será acordada por el Presidente del Congreso, a propuesta del Secretario General de la Cámara.
La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Congreso de los Diputados. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.
Para más información: BOE