viernes,19 agosto 2022
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La suma apenas alcanza a 1,5 millones de euros

Competencia multa a 9 colegios de abogados,en aviso a otros, por recomendación colectiva de precios

Redacción
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con casi 1,5 millones de euros a 9 colegios de abogados territoriales por realizar una recomendación colectiva de precios, tarea iniciada hace más de tres años y que se entiende como una advertencia a otros colegios profesionales cuyas actuaciones afectan al mercado y por tanto a los consumidores y usuarios, además de a las empresas.Algunos de ellos con gran incidencia son los de Farmaceuticos, médicos, arquitectos, etc.

El expediente se inicia con motivo de una denuncia de Bankia con motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los accionistas reclamando la inversión realizada en la salida a Bolsa en 2011. Sin embargo, durante la investigación se puso de manifiesto que se habían que nueve colegios de abogados habían elaborado, publicado y difundido baremos de honorarios, que no están autorizados.

 

Los honorarios de los abogados deben fijarse libremente. No existe sistema arancelario en los servicios prestados por abogados, lo que supone que sus honorarios no se fijan por ley o norma en atención a distintos conceptos y cuantías. Además, actualmente los honorarios de abogados tampoco están sometidos al sistema de tarifas mínimas.

 

El artículo 1 de la LDC prohíbe “todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en: a) La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio”. Asimismo, la Ley Ómnibus, de 2009 prohíbe expresamente a los Colegios establecer recomendaciones sobre honorarios “ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales”.

 

En consecuencia, la CNMC ha aprobado las siguientes sanciones:

 

  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE BARCELONA (ICAB): 620.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALENCIA (ICAV): 315.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA (ICAS): 145.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VIZCAYA (ICASV): 125.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LA RIOJA (ICAR): 90.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE A CORUÑA (ICACOR): 65.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (ICASCT): 65.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ALBACETE (ICALBA): 20.000 euros.
  • ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ÁVILA (ICAAVILA): 10.000 euros.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación

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