viernes,19 agosto 2022
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Universidad de Sevilla

Continúan las dudas con el Grado en Ingeniería de Edificación

EP
El director de la Escuela de Arquitectura Técnica de la Universidad de Sevilla, José María Calama Rodríguez, ha anunciado que la Conferencia de Directores de Escuelas de Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación de España ha remitido a sus alumnos una carta en la que explica que "los planes de estudios del Grado en Ingeniería de Edificación que se imparten o se van a impartir próximamente son planes aprobados y verificados por la Secretaria General del Consejo de Coordinación Universitaria del Ministerio de Educación", por lo tanto, son "oficiales y válidos" y otorgarán "las mismas atribuciones de los Arquitectos Técnicos" actuales.

En dicha carta, se explica también a los estudiantes que los graduados en Ingeniería de Edificación «están habilitados para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico» tal y como aprobó el Consejo de Ministros en diciembre 2007 después de que el Ministerio de Educación y las propias universidades que impartían el título de Arquitecto Técnico decidieran que, en la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), «se utilizaría el nombre de Grado en Ingeniería de Edificación como el más idóneo tanto respecto de las funciones profesionales de estos titulados como por ser el mayoritariamente utilizado por sus homólogos europeos».

Por ello, y después de que la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 29 de marzo haya originado «entre el colectivo universitario y social una situación de alarma, confusionismo e indefensión», las Escuelas de Arquitectura Técnica insistieron en que dicha sentencia «no modifica en modo alguno la situación actual ni de los contenidos del plan, ni de la validez del nuevo título, ni su nombre, tanto desde el punto de vista académico y universitario, como desde el punto de vista del ejercicio profesional».

En ese sentido, apuntaron que la sentencia sólo anula un párrafo de la norma que estableció las condiciones de los planes de estudios para el acceso a la profesión de Arquitecto Técnico. Concretamente, en el que se especificaba que «ningún título podrá utilizar la denominación de Graduado o Graduada en Ingeniería de Edificación sin cumplir las condiciones establecidas en el presente acuerdo» del Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 2007.

Por tanto, cumpliendo los Grados en Ingeniería de Edificación las mencionadas condiciones, según la Conferencia de Directores, esta anulación «sólo resuelve una demanda del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, preocupados porque en el futuro los Ingenieros de Edificación pudieran asumir en exclusiva atribuciones que ahora son compartidas con los profesionales de otras ingenierías». Pero no prohíbe «el uso de tal denominación en los títulos ya inscritos y registrados», añadieron.

Ante tal polémica, los directores de las Escuelas de Arquitectura Técnica recalcaron en la misiva a sus alumnos que «los graduados en Ingeniería de Edificación, actuales y futuros, así como los que provienen del curso de adaptación para arquitectos técnicos y los que han cursado la totalidad de los créditos, mantienen todos y cada uno de los derechos académicos y profesionales propios de su condición de graduados, en relación con el acceso al postgrado universitario y al doctorado, las escalas de la Administración, el reconocimiento en otros sistemas universitarios y, por supuesto, las competencias adquiridas durante sus estudios».

Además, apuntaron que «los efectos de la sentencia en el mundo profesional, si los hubiera, son ajenos al ámbito universitario», por lo que «corresponde su gestión a las instituciones colegiales».

Carta al ministerio

Por otro lado, la Conferencia de Directores, que agrupa los treinta y un centros universitarios que imparten estudios de Arquitectura Técnica e Ingeniería de Edificación en España, también acordó remitir una carta al Ministerio de Educación para solicitarle, ante la inminente matriculación de los nuevos estudiantes que han de acceder a la universidad, «una pronta aclaración» sobre su posicionamiento en relación a las enseñanzas de Grado en Ingeniería de Edificación.

Con ello, esperan que puedan disiparse «todas las dudas» al respecto ya que, como recuerdan en la carta, el propio Ministerio utilizó como referencia para redactar la orden de diciembre de 2007 el Libro Blanco redactado por la Conferencia de Directores y en el que se analizaban, entre otros aspectos, los estudios comparables a los de Arquitecto Técnico en la Unión Europea y que concluía que la denominación del título de Grado en Ingeniería de Edificación era la «denominación más reconocible a nivel europeo y que no albergaba dudas sobre el perfil formativo y profesional del mismo».

Por esta razón, y porque «más de 30.000 estudiantes matriculados en nuestras Escuelas y 3.000 Graduados en Ingeniería de Edificación, así como su entorno familiar, están demandando respuestas claras a esta situación y la confirmación de que los estudios de Grado que están cursando son habilitantes para el pleno ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico», las Escuelas insistieron en la necesidad de que el Ministerio dé una «pronta aclaración».

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