jueves,18 agosto 2022
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El uso económico del catalán

El catalán: ¿instrumento cultural o barrera protectora del mercado?

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El art. 3 de la Constitución española determina que las lenguas regionales (catalán, gallego y vasco), junto con el castellano -que es la lengua oficial del Estado- son también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas. Eso dice la Constitución, pero la situación real en las CC.AA con lengua propia, y señaladamente en Cataluña, es muy otra: el castellano, que es también patrimonio cultural de los catalanes y que así lo entiende y practica la gente en la calle, es marginado por las autor
           El vigente Estatuto de Autonomía de Cataluña (el de 2006), el que, en palabras de Álvarez Junco, respira una “… mal disimulada animadversión contra de España”, distingue entre lengua propia y lenguas oficiales: La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza(art. 6.1).

La cooficialidad lingüística en Cataluña, gracias a la inestimable colaboración de los autodenominados partidos políticos de izquierda (PSOE e IU) y los dos grandes sindicatos de ámbito nacional (CC.OO y UGT) con los nacionalistas, se ha convertido en pura quimera. En el Estatuto catalán, el castellano se menciona únicamente lo justo, lo estrictamente necesario para cumplir con los trámites constitucionales y dando a entender que es un idioma ajeno e impuesto a los catalanes: El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español…(art. 6.2 del Estatuto).

El art. 139 de la Constitución teóricamente garantiza que los idiomas regionales no pueden ser usados para restringir o impedir las libertades económicas de circulación. Sin embargo, dichos idiomas se utilizan fundamentalmente con fines económicos: como barrera de acceso a los mercados regionales. Hoy realizan una función protectora del sistema productivo local bastante similar a la que en el pasado cumplieron los aranceles con la industria textil o la siderurgia.

            El mercado laboral de Cataluña y del País Vasco, tanto el público como el privado, es ya muy restrictivo o ha dejado de existir para los trabajadores que no hablen los respectivos idiomas regionales. Y en un futuro no lejano pueden dejar de hacerlo también en Baleares y Galicia. Tales limitaciones afectan muy particularmente a la clase obrera -ya proceda de otras regiones españolas o del extranjero- que se ve obligada a aceptar puestos de trabajo de mala calidad y con escasas posibilidades de cambiar su situación social e incluso la de sus hijos. Pero también afecta a los profesionales altamente cualificados que o bien no son demandados por el mercado de trabajo regional o bien no aceptarán trabajar en una Comunidad que les impone un idioma cuya proyección profesional es prácticamente nula.

Sobre las implicaciones que todo esto tiene en el caso de Cataluña, son muy esclarecedoras las reflexiones que realizaba Antón Costas en un artículo publicado por El País de 13 abril de 2008, bajo el título ¿Qué le pasa a Barcelona?.  En  él dice :

“Lo que ha habido es una utilización de la lengua por parte de las nuevas élites políticas y burocráticas para reducir la competencia y reservarse el acceso a los puestos de trabajo de la Administración, que es el gran empleador de Cataluña: escuelas, universidades, sanidad, seguridad social, cárceles, etc. Es ese objetivo corporativo, y no el de la defensa de la lengua catalana -garantizada a través del sistema educativo-, lo que explica los reglamentos lingüísticos restrictivos de acceso a empleos públicos.
Esto ha creado una imagen antipática del catalán. Pero aún más importante es el corsé que eso significa para la llegada de nuevo talento, necesario para el éxito de Barcelona. Imaginen qué sería del Barça si tuviese que renunciar a traer a los mejores jugadores del resto de España y del mundo porque no tienen el nivel C de catalán. O, sencillamente, si éstos no quisieran venir por ese temor. Sería ilustrativo conocer a cuántos ejecutivos consiguen retener las empresas catalanas cuando absorben a otras del resto de España por el temor infundado a la lengua. O cuántos dejan de venir a nuestras universidades, o se van de ellas. Éste es un corsé menos visible que el de las infraestructuras, pero de igual importancia”.

En el mercado de bienes, las limitaciones a la circulación en las Comunidades con lengua propia no son tan importantes como en el laboral, pero también existen. Por ejemplo, la exigencia del etiquetado en catalán para los productos que se comercialicen en Cataluña tiene por objeto limitar la libertad la circulación de las mercancías foráneas y favorecer la producción regional. Es obvio que tal exigencia nada o muy poco aporta al fomento y difusión del idioma catalán pero, en cambio, sí limita la competencia y añade costes y burocracia a las empresas.

            Este proceder restrictivo de las CC.AA con lengua propia, no sólo afecta al mercado interior español sino también al de la UE del que el anterior forma parte y por cuyas reglas se rige. España ha de garantizar, en todo el territorio nacional, la libre circulación de los bienes, los servicios, los capitales y las personas con igualdad de derechos y deberes para todos los operadores. Y por ello también tiene la obligación de exigir que el etiquetado sólo se realice en español que es el idioma oficial en los tratados comunitarios; y si se ha excedido en la transferencia de competencias sobre el mercado interior a las CC.AA, tiene mecanismos legales para recuperarlas.

                                      www.uam.es/donato.fernandez

 

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