jueves,18 agosto 2022
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Los Economistas le pidieron cambiar en 3 meses la MiFID II

El Gobierno acepta que las empresas de servicios financieros tengan agentes para promocionarse

Redacción
En 3 meses, el Gobierno ha dado dos interpretaciones diferentes para aplicar en España la directiva europea de servicios de inversión. Los Economistas Asesores Financieros del Consejo General de Economistas (EAF-CGE) lo aconsejaron y un real decreto sacado este viernes en Boletín Oficial del Estado (BOE) modifica la Ley del Mercado de Valores para completar la transposición de MiFID II y permite a las empresas de asesoramiento financiero (Eafis) tener agentes para promocionar sus servicios.

Este decrecto, de 101 paginas de extensión en el BOE, entrara en vigor en 20 días a partir de este viernes. Aunque con este texto se pretende cerrar las interpretaciones para aplicar en España la directiva europea de servicios de inversión, dirigida a reducir los conflictos de interés como origen de crisis financieras  después de que pensáis podemos los culparán de los 300.000 millones de coste desde el 2008 en España ,  es el tercero que se publica en un año para aplicar a España cuatro directivas financieras europeas aprobadas desde 2013.  Dice que los principios regulatorios que inspiran este real decreto y que emanan del Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre y del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, son los siguientes: a) asegurar unos elevados niveles de protección de los inversores en productos financieros, especialmente de los inversores minoristas, b) mejorar la estructura organizativa de los mercados regulados, c) mejorar la estructura organizativa y el gobierno corporativo de las empresas y d) aumentar la seguridad y eficiencia de los mercados de valores.

Desde el colectivo  de economistas asesores financieros han trasladado en diversas ocasiones a los organismos reguladores y supervisores, así como a los diferentes grupos parlamentarios, la desventaja con la que se encuentran estas compañías respecto a otras empresas de servicios de inversión, por lo que demandaban esta propuesta que finalmente se ha incluido en el real decreto.

En este sentido, una preocupación del colectivo era que la actividad de las Eafis no alcanzaba el desarrollo que tienen en otros países de la UE debido, entre otras cuestiones, a la prohibición de disponer de comercializadores o agentes como el resto de las empresas de servicios de inversión.

Aunque el real decreto establece que las empresas de asesoramiento financiero no podrán ser agentes de otra empresa de servicios de inversión o entidad de crédito para evitar conflictos de interés, matiza que estas podrán designar agentes vinculados para la promoción y comercialización del servicio de asesoramiento en materia de inversión y servicios auxiliares que estén autorizadas a prestar y para captar negocio, no pudiendo prestar estos agentes el servicio de asesoramiento en materia de inversión.

La disposición transitoria tercera también establece que la denominación de las Eafi existentes se entenderá automáticamente sustituida por la denominación Eaf. De esta manera, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y, en su caso, el Registro Mercantil, adaptarán de oficio sus registros para recoger la modificación de los estatutos sociales de las Eaf para adaptarse a la nueva normativa.

Durante una reciente presentación mostrada en la foto superior, los representantes del Consejo General de Economistas mostraron su descontento con algunos aspectos contenidos en el Real Decreto-ley 14/2018, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, que se publicó anteriorment en el BOE para trasponer parcialmente MiFID II. Entre los problemas de aque nuevo RD-ley que afectan especialmente a las empresas de asesoramiento financiero (EAFI), los economistas destacaron dos:

Por un lado, la imposibilidad de que este tipo de empresas puedan tener agentes al igual que el resto de empresas de servicios de inversión, lo que supone una discriminación sin fundamento que, además, contraviene la directiva europea que se transpone y puede suponer un agravio comparativo con otros países de nuestro entorno.

Otro problema para el sector que resaltaron es el cambio de la sigla por la que, hasta ahora, se venía denominando a las Empresas de Asesoramiento Financiero (de EAFI pasarán a llamarse EAF), “una modificación puramente etimológica y sin ninguna trascendencia, pero que obligará a estas empresas a incurrir en importantes costes asociados a esta modificación (cambio de marca, de estatutos, papelería, contratos, dominios…)”.

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