viernes,19 agosto 2022
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La banca recupera 400 de los 5500 millones de caída inicial

El Supremo detiene tras sentenciar la devolución de gastos hipotecarios a 8 millones de españoles

Redacción
El Tribunal Supremo ha detenido este viernes por el momento la aplicación de la sentencia aprobada el jueves por la que los bancos y no sus clientes deben pagar el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), el 75% de los gastos hipotecarios que afronta al cliente. La noticia hizo perder en la bolsa más de 5.500 millones de capitalización, de los que se han recuperado apenas 400, entre grandes críticas de las principales asociaciones de consumidores que reclamaban devolución

Conocido el cambio de criterio del tribunal, todos los bancos cotizados en el Ibex 35, excepto el Banco Santander, y el Sabadell volvían a experimentar incrementos. Los valores con mayores descensos semanales en el IBEX 35 han sido Día, que cayó un 53,65 %; Sabadell, un 7,47 %; y Bankia, un 5,97 %, en tanto que las subidas más destacadas han correspondido a Endesa, Ferrovial e Inmobiliaria Colonial, todos con avances de más del 6 %.

El cambio de criterio y desconcierto se trasladó inmediatamente al público. La web del Banco Santande redirige a la página central cuando un usuario hace click en "simulador de hipoteca". El BBVA, por su parte, ha colgado el cartel desde el mediodía de "servicio temporalmente no disponible". Caixabank y Bankia han seguido el mismo guión.Las patronales bancarias AEB y CECA hicieron público el jueves un comunicado en el que afirman que cumplirán el nuevo criterio del Tribunal Supremo, al tiempo que solicitaron a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica" y unas reglas "claras y predecibles" para el mercado hipotecario. Asimismo, aclaran que la sentencia del Supremo se refiere a una cuestión "de naturaleza tributaria" y que las entidades de crédito no han percibido "cantidad alguna" de sus clientes por este concepto.

Han quedado así paraliados los recursos sobre el impuesto de las hipotecas. El presidente de la Sección 2ª de la Sala del Contencioso-Administrativo del Supremo, quien dictó  esta resolución, argumenta que la sentencia "supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y por lo tanto, asimismo, de su enorme repercusión económica y social". Y por este motivo, Luís María Díez-Picazo Giménez, ha acordado con carácter urgente "dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar".

La sentencia paralizada salió adelante con cinco votos a favor y uno en contra, señalando que la Ley del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados afirma “expresamente” que la parte obligada a abonar el tributo será “aquel a cuyo favor se realice el acto”, condición que “sin duda ostenta el acreedor hipotecario”. "Desde esta perspectiva, no nos cabe la menor duda de que el beneficiario del documento (escritura notarial hipotecaria) que nos ocupa no es otro que el acreedor hipotecario, pues él (y solo él) está legitimado para ejercitar las acciones (privilegiadas) que el ordenamiento ofrece a los titulares de los derechos inscritos",Añade que solo a él le interesa la inscripción de la hipoteca (el elemento que determina el pago del impuesto), pues esta carece de eficacia alguna sin la incorporación del título al Registro de la Propiedad”, aseveró el Alto Tribunal.

El fallo fue muy celebrado por las asociaciones de consumidores de banca porque abría la puerta a que todas aquellas personas que habían pagado indebidamente el gravamen pudieran recuperar el dinero. Una obligación de la que, según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), deberá responder en primera instancia Hacienda, a la que deberán dirigirse quienes suscribieran una hipoteca, al menos, en los últimos cuatro años, y abonaran este impuesto de forma indebida.

En mitad del debate sobre una retroactividad total, la Asociación Española de Banca (AEB) aseguró  que la sentencia del Supremo obliga a los bancos a pagar únicamente el impuesto, que en el caso de la compra de una vivienda de 150.000 euros con hipoteca rondaría los 1.500 euros, sobre a aquellas constituidas desde la publicación del fallo, el 16 de octubre.Sin embargo, desde sus despachos, los abogados animan a los usuarios y consumidores a solicitar la devolución de todos los gastos aunque de momento la falta de una delimitación temporal impida un criterio consensuado por la mayoría.

Algunos aseguran que la sentencia del Supremo es aplicable a toda contratación desde el 25 de mayo de 1995, fecha en la que entró en vigor el real decreto que establecía los actos jurídicos documentados, por lo que descarta que la retroactividad se circunscriba a los cuatro años estándar que establece el derecho civil.Legálitas recuerda que a partir de ahora, se podrá reclamar por la totalidad de gastos de formalización de hipoteca que vengan impuestos por el banco en la escritura de préstamo, incluidos los de notaría, registro de la propiedad, gestoría y tasación.Para ello, deberán reunir la documentación necesaria, redactar un documento dirigido a la entidad solicitando los importes, estudiar con detalle la respuesta, y en caso de que el banco la desatienda, presentar demanda en los juzgados especializados.

El importe de estas operaciones rondó los 190.000 millones de euros, de manera que dado que el gravamen supone entre el 0,5% y el 1,5% del total concedido, las entidades financieras tendrían que desembolsar alrededor de 1.900 millones de euros.Algunos diarios la sitúan en torno a los 6.500 millones de euros. La agencia de calificación crediticia Moody's, en un estudio difundido el pasado mes de marzo, calculó que el impacto sería superior a 4.000 millones de euros.

El fallo responde a un recurso de casación presentado por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Los diarios se plantean quién puede reclamar la devolución, ya que la sentencia no dice nada específicamente sobre la retroactividad de esta decisión. El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) indicó  que quienes hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años, los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora.

La banca se desploma en Bolsa
Tras la decisión del Supremo, los seis bancos del Ibex 35 protagonizaron las mayores caídas de la sesión bursátil. El más perjudicado fue el Sabadell, que se desplomó un 6,70%, seguido de Bankinter, que lo hacía en un 6,27%, y Bankia, cuyas acciones cayeron un 5,11%. CaixaBank se dejó un 4,53%; BBVA, un 2,70% y Santander, un 2,05%. El Ibex 35 perdió un 1,20%, hasta los 8.889,60 puntos.

 

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