Sabedora de la complejidad de la administración local y sabedora, como no puede ser de otra manera, que, dentro de la gran brecha del riesgo de la corrupción, que es la contratación pública, se encuentra como punta de lanza, la corrupción pública y política las administraciones locales.
Empieza en su preámbulo destacando que sean del equipo de gobierno o de la oposición de su entidad local adoptarán decisiones y en el proceso de estas, no se estará exento del riesgo de corrupción, terminando su preámbulo con el convencimiento de que el inicio del mandato corporativo es un buen momento para formular la presente recomendación, estando ante un gran reto y al mismo tiempo una magnífica oportunidad de fomentar la cultura de la prevención de la corrupción.
Nos habla con acierto, de tomar conciencia de los riesgos que los concejales deben de conocer en su inicio de actividad y el primero es el conflicto de interés, encontrarse ante esa situación de riesgo no es un problema. El problema es no reconocer esa situación y no gestionarla adecuadamente, la clave de la integridad pública pasa por “mantener y priorizar el interés público sobre los intereses privados en el sector público”
Por supuesto apunta a uno de los retos más importantes de la administración local, la transparencia eje de la integridad publica y un debe a mi entender en nuestras administraciones, aconsejando empezar por uno mismo “ publiquen sus agendas, conclusiones de debates relevantes o catálogos de procedimientos y servicios que presten, y no caigan en la tentación de apuntar las dianas hacia los “mediáticos puntos débiles ”de su institución porque, previamente, habrán de incoar las acciones oportunas y, conclusas estas, informar a la opinión pública.” Para continuar apuntando “hagamos el salto de lo formal a lo material y conozcamos el porqué de las herramientas e instrumentos que el marco normativo ya nos facilita para prevenir los riesgos de corrupción. Un elemento clave para consolidar esta cultura de integridad pública son los códigos éticos y de conducta”
Subraya también un traspaso de poderes limpio y la obligación de presentar las declaraciones de interés de cada concejal al inicio de su mandato y al cese del mismo (hasta los 2 años posteriores) sobre causas de posible incompatibilidad así como sobre cualquier actividad que le proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos, sobre sus bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de toda índole con información de las sociedades participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades.
Destaca que la Administración actúa con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho y que deberían de apoyarse en los/as funcionarios/as de sus organizaciones, locales o funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, porque el principal valor de sus informes reside en la objetividad e imparcialidad y que hagan valer los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo y a sus cargos de favor.
Explica al detalle las retribuciones e indemnizaciones que se tiene derecho, las obligaciones de deber de secreto y sigilo sobre las informaciones, así como su derecho de acceso a las mismas y que se puede formar parte de la mesa de contracciones.
Termina aconsejando que “En suma, tienen ante ustedes el reto y la oportunidad de ejercer su legítima acción política tomando decisiones conscientes e íntegras, y a la vez preservar la confianza de la ciudadanía que les ha elegido sus representantes”
No solo acierta en su contenido, también acierta en el momento de su puesta de largo, días antes de la composición de las más de 9.000 corporaciones locales en toda España y las 542 en la Comunidad Valenciana, por cierto, tomaron posesión el sábado pasado.