jueves,18 agosto 2022
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El abogado del Tribunal de Justicia Europeo alega el impacto

La banca española se ahorrará indemnizaciones por el fraude de las cláusulas suelo

Redacción
La banca española se ahorró decenas de miles de millones de euros al no repercutir en más de dos millones de sus clientes la bajada de los tipos de interés decidida ante la crisis por el Banco Central Europeo. Ahora se ahorrará indemnizaciones por ese fraude en las llamadas cláusulas suelo que denunciaron sus organizaciones de usuarios y reconoció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El abogado general ha dicho que esos pagos no deben ser retroactivos, aunque decidirá el Tribunal.

Miles de usuarios afectados por el fraude y convocados por ADICAE, la organización que se ha mostrado más combativa en este caso, se manifestaron nada más conocer la noticia en Bruselas y en diversas capitales españolas. 

La argumentación de ese abogado, que es un informe o ponencia de cara a la sentencia final que deberá emitir el Tribunal hacia finales de año, mantiene el criterio previamente expresado por la Comisión Europea, dicho Tribunal y el propio Tribunal Supremo español por el carácter abusivo o ilegal de dichas prácticas, pero dice que hay que considerar también el impacto económico que tendría admitir la retroactividad de las indemnizaciones. El Tribunal Supremo español ordenó en mayo de 2013 la devolución del dinero defraudado, aunque desde ese momento y no desde que empezaron a registrarse los abusos, a partir en algunos casos del año 2005, y sobre todo desde 2008. Muchas de las familias estafadas pagaron por ello intereses adicionales por unos 3.000 euros anuales. 

La decisión del abogado suele prefigurar la sentencia definitiva, pero no siempre: la banca tendrá que esperar para saber si se libra de una factura que podría rondar los 3.000 millones de euros, menos de un tercio de la estimación del total ahorrado por la banca con las cláusulas suelo. El Supremo dictaminó que los consumidores no habían sido bien informados de las cargas económicas que suponen esas cláusulas, que impiden que la carga de intereses de los préstamos siga bajando a partir de un umbral, pese a que los índices hipotecarios estén en el 0% o incluso en negativo. Pero también decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas: solo se aplican a partir de la fecha de esa sentencia, el 9 de mayo de 2013.

Lo mismo que ahora el abogado ponente, el alto tribunal español buscaba proteger a la banca española del impacto de esas devoluciones, pocos meses después del multimillonario rescate europeo y con el sector financiero de nuevo en dificultades, especialmente en Italia. 

Los consumidores afectados decidieron recurrir a la Unión para que la sentencia se aplique con retroactividad, pero las conclusiones del abogado general suponen un revés para esas aspiraciones: "Las repercusiones macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron estas cláusulas justifican esta limitación", dice la opinión del abogado general. La Directiva europea "no exige a los Estados miembros que establezcan la nulidad retroactiva de la cláusula". En plata: la banca se libra de compensar a los hipotecados por el dinero cobrado de más, según las conclusiones presentadas hoy.

La Comisión Europea se pronunció hace unos meses a favor de la devolución total, lo que llevó a las entidades financieras a provisionar el impacto de la decisión judicial. Pero también Bruselas se lleva un revés tras la aparición del abogado general: "Corresponde al ordenamiento jurídico interno precisar las condiciones [de los efectos de las cláusulas abusivas], siempre que se respete el Derecho de la Unión", según el letrado Paolo Mengozzi tras las denuncias de clientes de Cajamar, BBVA y Abanca. Esa opinión no es vinculante, pero suele ser un indicador fiable de la sentencia definitiva, que se espera para final de año. Las consecuencias podían ser demoledoras para el sector financiero: el Banco de España calcula el impacto entre los 5.000 y 7.000 millones, aunque otros informes rebajan esa cifra a unos 3.000 millones.

Los préstamos hipotecarios fijan un tipo de interés vinculado a un índice, generalmente el Euríbor. La letra pequeña de muchas entidades españolas establecía que aunque el Euríbor bajara –hoy se adentra en territorio negativo–, los intereses que pagaba los clientes nunca bajarían de un umbral. El Supremo y la justicia europea calificaron de abusivas esas cláusulas. Pero los bancos se quedan con el dinero cobrado de más antes de la sentencia del Supremo: antes del 9 de mayo de 2013. Se supone que de ello depende la estabilidad financiera en España, según los abogados. Se cumple, en fin, el viejo adagio: la banca gana. Al menos por el momento: habrá que esperar a la sentencia.

El abogado general es el italiano Paolo Mengozzi. Sus conclusiones sobre el dinero que deberían devolver los bancos a los clientes con esta cláusula que neutralizaba la caída del Euribor fijando un tipo de interés fijo llegan cuando varios millones de suscriptores de bonos de Italia están siendo amenazados por las instituciones europeas de asumir la pérdida de sus inversión para evitar que el conjunto de los contribuyentes paguen la factura del rescate de los bancos afectados por la devaluación de dichos títulos. 

Aunque la palabra del abogado general del TJUE no es vinculante para el Tribunal de Luxemburgo, en la mayoría de ocasiones sus conclusiones anteriores han coincidido con el fallo definitivo. De ahí, la importancia que tienen sus opiniones. El TJUE dictará la sentencia firme sobre este relevante tema a finales de este año 2016. Muy probablemente, en otoño.

Por el momento, se desconoce la posición del conjunto del TJUE, que en caso de ser  todo indica que podría ser favorable a los intereses de los hipotecados. Y es que las entidades financieras llevan meses ofreciendo jugosos acuerdos amistosos a los afectados por lo que pudiera ocurrir. 

En la vista oral que se celebró el pasado 26 de abril para escuchar a todas las partes, la Comisión Europea (CE) defendió que los bancos deben devolver la totalidad de los importes cobrados de más en los contratos hipotecarios con cláusulas suelo abusivas, aunque remitió a lo que decidiera la justicia europea.

Si el TJUE aboga finalmente por la retroactividad total (la devolución íntegra de todo lo cobrado por las cláusulas suelo), la banca española tendría que devolver a los hipotecados miles de millones de euros. Esta cantidad oscila entre los 3.000 millones que estima Goldman Sachs y los 7.600 que puso sobre la mesa el abogado de BBVA durante la vista oral. El Banco de España habla de un impacto mínimo en las cuentas del sector financiero español de 5.000 millones de euros.

Bancos demandados

Las entidades bancarias demandadas en un principio, lista de la que algunos han pactado ya con los clientes antes de conocerse la decisión del abogado, eran Banco de Galicia, Banco Gallego, Banco Guipuzcoano, Banco Pastor, Banco Popular, Banco Vasconia, BBVA, CAI, Caixa destalvis de Catalunya, Caixa Galicia, Caixa Girona, Caixa Manresa, Caixa Nova, Caixa Ontinyent, Caixa Penedès, Caixa Rural de Balears, Caixa Sabadell, Caixa Tarragona, Cajalón, Cajamar, Caja Badajoz, Caja Canarias, Caja Castilla La Mancha, Caja Círculo Católico de Obreros, Caja Duero, Caja España, Caja General de Ahorros de Canarias, Caja Granada, Caja Insular de Ahorros de Canarias, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Cuenca, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Navarra, Caja Rural del Sur, Caja Segovia, Caja Sol, Caja Sur, Caja de Ahorro de Extremadura, Celeris Servicios Financieros, Caja de Arquitectos, Credifimo, Ipar Kutxa, Multicaja, Sabadell Atlántico y Unicaja. Las entidades que forman parte de la ampliación son: Banca March, Banco Caminos, Banco Zaragozano, Caixa de Guissona, Caja de Burgos, Caja Rural de Castellón, Caja Rural de Burgos, Caja Rural Galega, Caja Rural de Tenerife, Kutxa, Banca Pueyo, Banco Castilla, Bancofar, Caixa dels Advocats, Caja Guadalajara, Caja Rural Central, Caja Rural de Canarias, Caja Rural Jaén, Caja Rural Teruel, La Caixa, Banco Andalucía, Banco de Asturias, Caja Campo, Caja Rioja ‐nueva DDA‐, Caja Rural Ciudad Real, Caja Rural de Toledo, Caja Rural San Vicente Ferrer, Cajastur, Banco Balear de Crédito, Banco Popular‐E, Banesto, Caja Cantabria, Caja Rural Betxi, Caja Rural Córdoba, Caja Rural Extremadura, Caja Rural Soria, Cooperativa Crédito Valenciana, Caixa Rural de Torrent, Banco Etcheverria, Caja Rural de Casinos, Caixa D’Estalvis de Terrassa –ahora denominada Caixa D’Estalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell, Terrassa, UNNIM, Caja Rural de Albacete S.C.C., Caja Rural de Zamora, Caja Laboral Popular, Caja Rural del Duero –hoy Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito‐, Banco Popular Hipotecario, Caja de Ahorros de Murcia, Banca Catalana –actualmente BBVA‐, Banco de Comercio –ahora BBVA‐, Caja Rural de Huesca –hoy Caja Rural Aragonesa y de los Pirineos‐, Caja Rural de Sevilla –en la actualidad Caja Rural del Sur, Banco Herrero –ahora Banco de Sabadell‐, Caixa de Ahorros de Vigo –hoy Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra, Novacaixagalicia‐, Caja Almendralejo, Sabadell Banca Privada y Caja Rural del Mediterráneo.

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