jueves,18 agosto 2022
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A 240 euros anuales

La colegiación elimina la brecha de cuotas entre comunidades

Marga Peñafiel / Redacción
La nueva Ley de Colegios profesionales prevé eliminar la brecha de cuotas que hay entre comunidades autónomas, limitándolas a 240 euros anuales. De esta forma pretende acabar con algunos abusos del sector. Además, limita la colegiación obligatoria para algunos sectores y fija un rémien de gobierno corporativo para esos órganos. El objetivo que persigue el gobierno con esta nueva norma es que la práctica de los servicios profesionales sea más libre y que los colegios sean más transparentes.

 Hasta ahora poder ejercer como abogado varía mucho para el bolsillo en función de la comunidad autónoma en las que te colegiases. Por ejemplo, los 1.000 profesionales adscritos al Colegio de Graduados Sociales de Murcia pagan al año 1.053 euros, mientras que en Cádiz los 630 socios pagan tan solo 388. Lo mismo ocurre con los abogados de Jerez de la Frontera, que pagan 1.182, 52 euros, y los del Colegio de Gijón, que tienen una cuota de 576,20 euros, según de la Asociación de Cuota Colegial Mínima, publicados hoy por ABC.

El Ministerio de Economía, que son los que dibujarán la reforma de la ley, fija un tope de 20 euros al mes, media de lo que los colegiados se deducen en el IRPF. Solo se podrá superar si así lo aprueba la asamblea colegial por mayoría de tres quintos.

¿Qué profesiones tendrán que colegiarse?

La nueva ley reduce a 38 de 80 las profesiones para las que todavía es obligatorio inscribirse en su colegio profesional correspondiente para poder ejercer. Entre las que todavía tienen que pagar cuota anual figuran: médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad e ingenierías reguladas.

El resto de profesionales quedan libres, aunque haya algunas comunidades autónomas que obliguen su colegiación para poder ejercer. Este es el caso de por ejemplo, con los ambientólogos, bibliotecarios, joyeros, guías turísticos, periodistas, publicistas o detectives privados.

La ley de Servicios profesionales aprovecha para para evitar la perpetuidad de los cargos directivos, cuyo ejercicio limita a dos mandatos y a los que prohíbe recibir retribuciones. Ambos aspectos podrán ser modificados por la asamblea del colegio, pero requerirá una mayoría cualificada y la publicidad que eso trae consigo. Por si todo eso fuera poco, la ley se llevará por delante el monopolio territorial. Los profesionales ya no estarán obligados a inscribirse en el colegio de su ciudad. Podrán hacerlo en cualquier otro, abriendo así la oportunidad de que colegios vecinos rivalicen en servicios para captar colegiados que, en cualquier caso, podrán ejercer en todo el territorio nacional.

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