jueves,18 agosto 2022
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Publicado el pacto para financiar el bono social eléctrico

Las eléctricas no cortarán luces a los pobres si ayuntamientos y autonomías pagan un 50% del consumo

Redacción
Las eléctricas solo cofinanciarán el bono social de los hogares más pobres, llamados vulnerables, y los cortes de luz se evitarán cuando las compañías tengan garantizado el cobro de la mitad de la facturaEste lunes se ha dado a conoce el desarrollo normativo del bono contra la pobreza energética negociado con los grupos parlamentarios. El Gobierno ha remitido a las comunidades autónomas (CCAA) las líneas fundamentales del borrador del reglamento sobre el bono social.

El Gobierno ha enviado a las Comunidades Autónomas los principales aspectos del reglamento que desarrolla el Real Decreto-Ley 7/2016 sobre el bono social tras haber recibido las aportaciones de los grupos políticos que contribuyeron a su aprobación en las Cortes. El borrador así preparado por la administración intenta establecer un mecanismo más eficiente, basado en criterios de renta de la unidad familiar, para que sea más accesible y refuerce la protección de los consumidores vulnerables y en riesgo de exclusión social. 

Las comercializadoras eléctricas solo deberán cofinanciar el bono social (descuento para los usuarios más vulnerables) de aquellos hogares en los que las autonomías ayuntamientos hayan decidido pagar el 50% del recibo. En estos casos, que entrarán dentro de un nuevo perfil de "hogar vulnerable severo", será a su vez en los que el suministro será declarado esencial no podrá cortarse.

Se crean diferentes categorías para los hogares vulnerables de acuerdo a unos umbrales de renta establecidos mediante el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se ampliarán para una serie de circunstancias especiales (como el grado de discapacidad, entre otras) basadas en supuestos socioeconómicos Además, se crea la categoría de hogares vulnerables severos, que estarán más protegidos y se beneficiarán de un descuento más elevado que los consumidores vulnerables.

Las comercializadoras deberán comunicar a los consumidores los impagos de sus facturas, desde el primer momento que suceda.  Con posterioridad a esta comunicación, reclamarán fehacientemente el pago, ya sea por correo certificado, por burofax o por medio telemático mediante firma electrónica.  

Torres de alta tensión (Foto: Archivo)

En caso de que esta reclamación no pueda ser entregada, se prevé la realización de una segunda reclamación, utilizando vías alternativas de notificación. Por último, y antes de proceder al corte de suministro, deberán realizar una tercera y última reclamación fehaciente de pago. Con carácter general para los consumidores, si no se ha recibido el pago de la factura en dos meses desde la reclamación fehaciente de pago, las comercializadoras podrán proceder a la suspensión del suministro. Este plazo se ampliará a cuatro meses para los consumidores vulnerables acogidos al bono social.

Mejora la comunicación entre Administraciones y comercializadoras

Las administraciones competentes en materia de política social tendrán un listado permanentemente actualizado de las suspensiones del suministro eléctrico previstas, lo que les permitirá identificar los casos de riesgo de exclusión social que puedan verse afectados y adoptar así las acciones necesarias para asegurar la protección de los consumidores con problemas de inserción social, evitando los cortes indeseados. Como novedad fundamental, se crea una tercera categoría constituida por los hogares vulnerables severos en situación de exclusión social.

En estos casos, cuando las autoridades competentes aporten ayudas que supongan una financiación del 50% de la factura, el suministro será declarado esencial y se cofinanciará junto con las comercializadoras eléctricas, impidiendo así el corte de suministro para estos hogares. Las administraciones competentes podrán utilizar la información del listado para gestionar la inclusión de estos consumidores en el bono social y en sus programas de asistencia social, según proceda.

Más transparencia en la contratación

Las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y de solicitar el bono social si se cumplen las condiciones de renta establecidas. Además, se les informará de que la suscripción de contratos en mercado libre implica que no resulte aplicable la percepción del bono social.

Por último, las comercializadoras no podrán aplicar ninguna penalización o coste adicional ante cambios de contratos desde el mercado libre al PVPC, siempre que el consumidor acredite los requisitos para ser considerado vulnerable.

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