En lo referente a la violencia machista, la el proyecto de ley establece una serie de condiciones para que el juez o magistrado pueda investigar el presunto delito: que la mujer sea española o tenga residencia legal en el país y que el supuesto responsable esté en España. Con ello, si la víctima es agredida en un país que no respete los derechos de la mujer, al juez no le será lícito investigar y acusarlo.
En el caso de violencia sexual de menores de edad (pedofilia o pederastia) cometidos fuera de España, solo se podrá investigar si el acusado es español o extranjero con residencia habitual en España. También se podrá abrir una instrucción si la víctima del delito tiene nacionalidad española, pero en este caso se pone una condición: que el supuesto agresor se halle en suelo español.
De este modo, si un niño o niña español es agredido sexualmente en un país extranjero por una persona de otra nacionalidad y el Estado donde se cometió el delito no lo investiga, el crimen quedará impune. Con la norma actual, basta con que la víctima sea española o tenga un “vínculo de conexión relevante” con España para que un juez de la Audiencia Nacional pueda perseguir a su agresor.
Las limitaciones que más inquietan a los magistrados tienen que ver con delitos de crimen organizado como el tráfico de droga o la trata de seres humanos. En el primero de ellos se reduce la investigación de los jueces españoles básicamente al intento de introducción de drogas en España o cuando el delito se cometa en naves de bandera extranjera inspeccionadas por autoridades españolas con permiso del Estado de su pabellón.
La comunidad jurídica se manifiesta en contra de las decisiones del titular de Justicia por considerar que están limitando su labor social. “Corremos el riesgo de tener que sobreseer actuaciones de operaciones conjuntas con otros países, la forma más eficaz para luchar contra el tráfico de estupefacientes”. ¿Quién va a confiar en nosotros si estamos atados de pies y manos con obstáculos procesales?”, explica un Fiscal a El País.