jueves,18 agosto 2022
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Las empresas de Folgado, Tocino y Mancha,otra vez advertidas

Más condenas europeas a España por sus interinos y los monopolios energéticos que pagan a políticos

Redacción
La Unión Europea lanzó este jueves dos nuevos varapalos a políticas españolas: otra sentencia del Tribunal Europeo de Justicia contra la discriminación laboral que afecta a casi 4 millones de interinos y eventuales, la segunda en dos semanas, y otra advertencia a dos de los monopolios energéticos (Red Eléctrica Española y Enagás) que pagan a ex altos cargos políticos, en este caso del PP: el exsecretario de Estado José Folgado, que preside REE, e Isabel Tocino y Antonio Hernández Mancha.

En lo últimos años, el Gobierno español ha visto cómo el Tribunal de Justicia de la UE ha puesto en cuestión y ha obligado a remendar la ley hipotecaria en media docena de ocasiones, ha tumbado el céntimo sanitario, el canon digital diseñado por el PP y ha reprobado hasta el sistema de temporalidad del mercado laboral. Al caso de una trabajadora interina del Ministerio de Defensa que obligará por su jurisprudencia a elevar 15 o 20 dias las indemnizaciones por despido de unos 4 millones de personas (o a revisar el Estatuto de los Trabajadores para impedirlo) se sumó ayer otra sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la cuarta contra España en apenas 15 días, en virtud de la cual los funcionarios interinos no pueden "ser tratados de manera menos favorable que los trabajadores fijos". Esta nueva sentencia coincidió ayer con la segunda advertencia de la Comisión contra los monopolios de transporte eléctrico gasístico, que tienen en su presidencia o consejos a exaltos cargos políticos ( también por ello interinos interinos ) que siguen vinculados al PP y así obtienen altas remuneraciones.

Tras las alegaciones presentadas en este segundo caso por el Ministerio de Industria (previa consulta con las compañías afectadas), la Comisión Europea emitió este jueves un dictamen motivado, en el que se reafirma en sus primeras conclusiones del 2013  y pide a España un cambio en la normativa para adecuarla a las citadas directivas que suponga terminar con los monopolios que disfrutan REE y Enagás, empresas que entre otros políticos tienen a su frente o en su consejo a políticos del PP como José Folgado, la exministra  Isabel Tocino y consejera de Banco Santander Isabel Tocino y el expresidente del partido en tiempos de Fraga Antonio Hernández Mancha, ahora implicado en  escándalos de contabilidad B y Panamá que declaró recientemente a la cadena SER que “la estabilidad de esta casa (en referencia al conjunto del grupo PRISA y EL PAIS ) depende de que siga gobernando Rajoy. Es el paso previo a la presentación de un recurso ante el Tribunal de la UE.

La Comisión, cuyas estadísticas han alertado en diversas ocasiones de que los consumidores españoles pagan los precios de la electricidad más caros de Europa, ya advirdió a España en el 2013 que al limitar con monopolios el número de gestores de la red de transporte sobre interconectores eléctricos y de gas está incumpliendo el artículo 10 de las directivas reguladoras. Abrir este mercado implicará una modificación de la Ley Eléctrica y la Ley de Hidrocarburos, pues la primera establece que el operador del sistema será también el gestor de la red de transporte (instalaciones de más de 380 kV) y el de las interconexiones internacionales y que “REE actuará como transportista único (..) en régimen de exclusividad”. Por tanto, según la Comisión, “la legislación nacional impide efectivamente a cualquier entidad distinta de REE a actuar como gestor de redes en relación a los interconectores con otros Estados miembros, disuadiendo a cualquier otra empresa de desarrollarlos”.

En el sector del gas existe una restricción similar, con el agravante de que hay un segundo transportista, Reganosa, al que no se permite competir en las interconexiones. La red troncal de gasoductos incluye las interconexiones, pero estas se adjudican directamente “a la empresa titular de la mayor parte de las instalaciones de la red troncal”, esto es, Enagás (Reganosa queda excluida por la ley española).

Se da la paradoja de que REE, presidida las ultimas décadas  es la empresa por el turno de políticos del PSOE y el PP, aparece en algunos ranking de Responsabilidad Social Corporativa como la empresa mejor valorada. Sus principales acciones tras la privatización parcial son la pública SEPI, que tiene un 20% del capital, y The Childrens Investment Fund (TCI), con cerca de un 4% y domicilio social en el paraiso fiscal de las islas Caimán  y que dispone en la actualidad de 26,9 millones de acciones del gestor técnico de la red elétrica, valoradas en 523 millones de euros. 

Estas nuevas advertencias de Bruselas llegaron justo el día que el presidente de Repsol, Antonio Brufau, inauguraba en esa ciudad la segunda edición de las Repsol Conferences pidiendo más eficiencia para el mercado, y mientras el diario económico Expansion informa que la tensiçon vuelve al sector eléctrico por la reforma del mercado eléctrico que acometió el Gobierno del PP a lo largo de 2013, pues las eléctricas se juegan 6.000 millones en primas en pleno bloqueo político. Con un Gobierno en funciones, las empresas reclaman recalcular al alza las subvenciones, con carácter retroactivo.

Europa urge más independencia para la CNMC

La Comisión Europea también acusa a España de limitar en su legislación los poderes de la CNMC y su independencia. “España ha transpuesto incorrectamente varias normas relativas a la independencia del regulador nacional”. La CE considera que se incumple la Directiva 2009/72 sobre mercado interior de la electricidad en lo referente al establecimiento de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución por parte de la CNMC. Esta normativa comunitaria obliga a que este organismo “establezca o apruebe, de conformidad con criterios de transparencia, las tarifas de transporte o distribución o [como mínimo] sus metodologías”.

La ley de creación de la CNMC tamien por parte del PP totorga a este organismo la potestad de establecer la metodología de los peajes, entendiendo por metodología “la asignación eficiente de los costes del transporte y la distribución”. En el procedimiento contra España, Bruselas señaló que “las metodologías correspondientes se han transpuesto de forma incorrecta en el derecho nacional”, entre otras razones porque la asignación de costes “es tan solo una parte de la metodología de la tarifa”, mientras que el cálculo de ingresos es aprobado previamente por el Gobierno.

El nuevo varapalo por los interinos

El nuevo golpe de la justicia europea a España por los interinos se refiere a un funcionario que desde hace 16 años ejercía como profesor de educación secundaria en diferentes centros educativos de Asturias, a los que era adscrito en función de las vacantes que iban surgiendo. Este profesor decidió presentarse al primer plan de evaluación de la función docente en el 2015, cuya evaluación positiva se traduce "única y exclusivamente" en un incentivo económico y no en un ascenso profesional, pero la consejería de educación desestimó su solicitud alegando que estaba reservado a los funcionarios de carrera que hubieran prestado sus servicios durante al menos cinco años. El profesor afectado decidió recurrir la decisión ante el juzgado de los contencioso administrativo de Oviedo alegando que eso significaba una discriminación en materia salarial entre los funcionarios de carrera y los interinos. Ante sus dudas, el juzgado de Oviedo decidió elevar el caso ante la corte europea para que los jueces de Luxemburgo dirimiesen si la normativa española, que reserva los planes de evaluación docente a los funcionarios de carrera excluyendo, por tanto, a los interinos aunque cuenten con el tiempo establecido, era compatible con la reglamentación comunitario

La comisión de Empleo del Congreso de los Diputados debatirá la próxima semana una proposición  no de ley de En Comú Podem para reformar el Estatuto de los Trabajadores y que la indemnización por despido de un trabajador interino o con contrato temporal sea también de 20 días por año, como la del contrato indefinido.

El PP pretende igualar las indemnizaciones de los interinos a la de los contratos con duración determinada, Ciudadanos solicita un contrato único con indemnizaciones crecientes e iguales para todos y el PSOE pide transformar gradualmente los empleos interinos en estables.

Diferencias entre sindicatos 

El auto del Tribunal de Justiia Europeo es de nuevo rotundo: "Los trabajadores con contrato de duración determinada no pueden ser tratados de manera menos favorable que los trabajadores fijos que se encuentran en una situación comparable, a menos que se justifique por razones objetivas". Los jueces europeos subrayan además que "no queda de manifiesto que el desempeño de las funciones docentes por parte de los profesores que prestan servicios como funcionarios interinos exijan cualificaciones académicas o experiencias profesionales diferentes".

El dictamen, que ahora será remitido al tribunal de Oviedo para que resuelva el litigio, también recuerda que "la diferencia de trato" no puede justificarse "por el hecho de que esté prevista por una norma nacional general y abstracta" ni por el argumento de que la existencia del período de antigüedad de cinco años solo puede cumplirse con la condición de funcionario de carrera. Dicho de otro modo, el Tribunal de Justicia falla de nuevo contra la legislación española y subraya que los requisitos incluidos en el plan de evaluación no son conformes con el derecho de la Unión Europea (UE).

CCOO y UGT han pedido negociar los cambios de la ley que eviten la discriminación laboral entre trabajadores fijos e interinos, mientras Juan Rosell, presidente de la CEOE, reclama examinar detenidamente las sentencias adversas.

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