De las reclamaciones recibidas en 2017, las discrepancias en la medida junto con las discrepancias sobre facturación y cobro fueron el objeto de aproximadamente la mitad de las reclamaciones presentadas por los consumidores: 52% y 45% en los sectores de electricidad y gas natural, respectivamente.
Como refleja el gráfico de arriba, las empresas eléctricas con mayor número de reclamaciones de los usuarios de menor consumo fueron IBERDROLA, VIESGO , BARRAS ELÉCTRICAS GALAICO- ASTURIANAS, ELECTRICA DEL EBRO, SUMINISTRO DE LUZ Y FUERZA, ENDESA, UNIÓN FENOSA, HIDROCANTÁBRICO, y SUMINISTRADORA ELECTRICA DE CADIZ.
En el caso del sector gasista, se registraron más de 369.000 quejas (5 reclamaciones por cada 100 clientes de gas natural). El 45% de ellas estuvieron también relacionadas con problemas en la medición del consumo y la facturación.

Fuente: CNMC
Además, en el sector eléctrico la calidad de suministro (12%) acumuló un volumen importante de quejas. Por su parte, en el sector del gas aparece, como motivo específico, la atención al consumidor (13%) (incumplimiento de la hora de realización de la revisión periódica).
Las Comunidades autónomas en las que los consumidores presentaron mayor número de reclamaciones, en términos relativos, fueron Galicia, en el sector eléctrico, y la Región de Murcia, en el sector del gas natural.


Del total de reclamaciones presentadas durante el año 2017, el 40% en el sector eléctrico y el 35% en el sector del gas natural, fueron consideradas como procedentes por las empresas, y por lo tanto resueltas de manera favorable para el consumidor. Mientras, el 56% y el 62% de las mismas se consideraron improcedentes o desfavorables, en los sectores eléctrico y gasista, respectivamente.
El canal más utilizado por los consumidores para efectuar una reclamación es el telefónico (78% en el gas y 61% en electricidad), seguido del presencial.
En el caso de consumidores domésticos con derecho a PVPC, cabe señalar que, en general, los comercializadores de referencia reciben menos reclamaciones que los comercializadores en mercado libre. Este hecho también se observa dentro de los grupos empresariales; es decir, dentro del mismo grupo empresarial, la comercializadora de referencia recibe, por cada 100 puntos de suministro, menos reclamaciones que las comercializadoras en mercado libre.
La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en su artículo 7.15, asigna a este organismo la función de supervisar el grado y efectividad de la apertura del mercado y competencia del mercado minorista, incluyendo, entre otros aspectos, la supervisión de las reclamaciones planteadas por los consumidores de energía eléctrica y de gas natural