jueves,18 agosto 2022
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Por acuerdo adoptado en el último Consejo de Ministros

Reganosa, libre de informe ambiental con oposición vecinal

Redacción
El acuerdo para eximir de manera "excepcional" a la planta de gas de Mugardos (A Coruña) del trámite de evaluación ambiental para agilizar su legalización ha indignado a los vecinos de su entorno y a Alternativa Galega de Esquerda (AGE). El Consejo de Ministros ha acordado excluir, de manera excepcional, del rámite de evaluación de impacto ambiental los proyectos de autorización de la planta de regasificación de gas natural licuado (GNL) de REGANOSA en Mugardos (A Coruña).

Comité Cidadán de Emerxencia, que agrupa a los colectivos ciudadanos contrarios a la planta, como el viceportavoz de la formación política, Antón Sánchez, aseguran que la medida es ilegal, ya que, detalla AGE, la legislación no prevé como excepción en la Ley 21/2013 de evaluación ambiental “casos como el de una planta regasificadora, mucho menos cuando el objetivo es amparar la continuidad” de una infraestructura “cuyas autorizaciones fueron anuladas por sentencias firmes del Tribunal Supremo”. El Gobierno de Rajoy ha reconocido que eximir a la empresa Reganosa de los trámites ambientales es una medida “excepcional” que solo busca ayudar a la compañía a legalizar la planta, después de que los tribunales hayan anulado, 14 años después, las autorizaciones que recibió el complejo de las Administraciones del PP.

La planta de REGANOSA está en funcionamiento desde el año 2007 y cuenta con autorización administrativa previa de 2002 y del proyecto de ejecución de 2004. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dictado recientemente dos sentencias que anulan dichas autorizaciones, al considerar que, en el momento de emitirse, no se contaba con un instrumento de planificación urbanística adecuado. La modificación puntual del Plan General de Mugardos en el año 2012 ha subsanado esta circunstancia.

Según la explicación del Gobierno al tomar ficha decisión,  así se agiliza el procedimiento necesario para cumplir con las dos sentencias del Tribunal Supremo, con lo que se evita una paralización prolongada de la actividad de la planta que pondría en riesgo el suministro de gas natural en España y Portugal, así como la seguridad de personas, bienes y del propio sistema gasista.

Minimizar perjuicios

Por tanto, se pretende minimizar los perjuicios que provocaría su paralización a los consumidores de la zona noroeste, al Sistema Eléctrico Español (por la indisponibilidad de los ciclos combinados a los que se suministra gas desde la planta) e, incluso, al sistema gasista portugués. Todos los informes solicitados, tanto del Gestor técnico del sistema (ENAGAS), como de las Direcciones Generales de Tráfico, la de Protección Civil y Emergencias, y de Transporte Terrestre, inciden en la concurrencia de circunstancias excepcionales que justifican la aplicación de esta medida.

En todo caso, según precisó también el Gobierno,  se ha realizado una evaluación alternativa concluyéndose que la planta "es viable ambientalmente", y que "no tiene ninguna incidencia significativa susceptible de producir repercusiones apreciables en el medio ambiente o los recursos naturales". Además, la resolución que ponga fin al procedimiento podrá establecer como condición de operación de la planta las medidas adicionales de prevención, corrección y vigilancia que los organismos consultados durante el procedimiento hayan estimado necesarias, si las hubiere.

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