jueves,18 agosto 2022
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Hoy, en el BOE

Reguladas las ayudas para el apoyo a la formación de directivos agrarios

Redacción
Este viernes entra en vigor el Real Decreto que incluye las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias por parte de directivos y dirigentes de entidades asociativas prioritarias de carácter agroalimentario y supraautonómico. La disposición fue publicada el jueves en 22 páginas del boletín oficial del estado (BOE)

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actuaciones de formación profesional y adquisición de competencias, dirigidas a directivos y dirigentes de entidades asociativas prioritarias de carácter agroalimentario y supraautonómico.

​Estas bases reguladoras se enmarcan en el Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 (PNDR), financiado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

En este contexto, la formación dirigida a directivos y dirigentes de las entidades asociativas prioritarias irá enfocada a los estudios de administración de negocios, que les permita diseñar estrategias y modelos de negocio competitivos.

Dicha formación debe contribuir a la mejora de la competitividad, la sostenibilidad (incluida la eficiencia energética e innovación de los productos ofrecidos por las entidades asociativas prioritarias a las que pertenezcan los directivos y dirigentes) y al aumento de la base de los conocimientos de dichas entidades.  

La correspondiente convocatoria de subvenciones se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

Las actuaciones reguladas mediante este real decreto de bases se encuentran enmarcadas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural (PNDR), financiado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y regulado por el Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1698/2005 del Consejo. 

La Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, impulsa una reforma estructural del sector agroalimentario para dotar a las entidades asociativas de mayor capacidad competitiva, a través de su integración.

La ley contiene dos instrumentos de desarrollo. Por una parte, el Plan Estatal de Integración Asociativa; y por otra, el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto. De esta manera, se establece un régimen jurídico de entidades asociativas cuyo ámbito territorial se extienda a más de una comunidad autónoma.

Por otra parte, la política de apoyo a la formación de dirigentes y directivos de entidades asociativas prioritarias, es una medida fundamental dentro de las actuaciones a desarrollar en el marco de la programación de desarrollo rural para el periodo 2014-2020.

El procedimiento seguido para ello ha sido el siguiente. Una vez aprobado el Acuerdo de Asociación entre España y la Unión Europea que estableció las grandes líneas estratégicas para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el Marco Nacional para la Programación de Desarrollo Rural (aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 13 de febrero de 2015 por la que se aprueba el Marco Nacional de desarrollo rural de España) es el documento que marca pautas más concretas para las actuaciones que pueden establecerse en el Programa Nacional de Desarrollo Rural e incluye una mención a «un conjunto de medidas destinadas a apoyar los procesos de integración cooperativa, cuyos beneficiarios serán entidades asociativas clasificadas como prioritarias al amparo de la Ley 13/2013, de 2 de agosto».

Como se ha indicado anteriormente, en el citado Marco Nacional se encuadra el Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 presentado por el Reino de España y aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 26 de mayo de 2015 por la que se aprueba el Programa Nacional de Desarrollo Rural de España (en adelante PNDR) 2014-2020 a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (CCI 2014ES06RDNP001) de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1698/2005 del Consejo.

El mencionado Reglamento (UE) n.o 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, permite, como novedad respecto al periodo 2007-2013, que los Estados miembros presenten un Programa Nacional y un conjunto de programas regionales, garantizando la coherencia entre las estrategias nacional y regionales. 

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