viernes,19 agosto 2022
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Dossieres EsF Nº 14, 49 páginas

RSC: Para superar la retórica

Redacción
En el 14º dossier editado por Economistas sin Fronteras, esta vez dedicado a la Responsabilidad Social Corporativa, José Ángel Moreno dice que quieren contribuir a que la RSC no sea un concepto inútil cara a la construcción de empresas mejores y de una sociedad mejor, pues no basta -aunque sea imprescindible- la crítica de la forma en la que las grandes empresas la aplican y utilizan.

Abre las contribuciones de este número disponible gratuitamente en Internet Ramón Jáuregui (Diputado del PSOE) -probablemente el político español que más en serio se ha tomado este asunto, según prosigue el citado responsable de EsF- con un artículo en el que examina de forma muy crítica la situación actual de la RSC, pero en el que reitera su convicción y su esperanza acerca de la importancia que para la construcción de un mundo mejor tiene el objetivo de conseguir empresas me- jores y más armónicas con la sociedad. Un objetivo para el que apunta diez recomendaciones que no deberían echarse en saco roto y que sintetiza en dos reivindicaciones finales: combatir el falseamiento y exigir y controlar con mayor rigor a las empresas.

Continúa la reflexión la profesora y miembro de EsF Marta de la Cuesta (UNED repasando la evolución de la investigación académica sobre RSC y sopesando los argumentos de exponentes destacados de opti- mistas y críticos, para concluir que, en todo caso, los avances reales no han sido muy significativos. Algo que requiere un replanteamiento que ayude a entender en qué medida la RSC puede contribuir a solucionar los problemas económicos básicos de nuestras sociedades, para lo que haría falta repen– sarla en términos de mayor colaboración público- privada y en el marco de una mayor regulación.

Por su parte, la profesora Julie Froud (Universidad de Manchester), desde una perspectiva así mismo crítica con la situación actual y enlazando con ideas sugeridas por la profesora de la Cuesta, centra su atención en la especial respon– sabilidad social de las empresas privadas de sectores generadores de bienes y servicios básicos -lo que de– nomina la “foundational economy”-, esenciales para la calidad de vida y para las comunidades locales y que frecuentemente disfrutan de alguna forma de concesión pública o de protección de mercado para ejercer su actividad. En estos casos puede ser nece- saria una responsabilidad diferencial más allá de la RSC convencional: una responsabilidad diferencial que propone concretar a través de la formalización de acuerdos de “licencia social” que exijan a las empresas contrapartidas específicas y controlables y una reciprocidad más justa con las comunidades en las que ejercen su actividad. Algo que requeriría también un papel más activo del Estado, pero también de la sociedad, en la regulación de esa relación.

El siguiente artículo, de José Carlos González (Responsable Federal de Responsabilidad Social, Inversión Responsable y Sostenibilidad, COMFIA-CCOO), plantea una perspectiva sindical -y también crítica- de la evolución y del estado de la RSC en España, poniendo de relieve las que considera sus principa- les insuficiencias, presididas por el monopolio de las grandes empresas en el discurso oficial sobre el tema y caracterizadas por la forma un tanto etérea e inconcreta en la que -en su opinión- asumen la RSC, una forma que bordea en muchos casos el maquillaje y el falseamiento de la realidad. Frente a esa realidad, propone finalmente el autor algunos aspectos esenciales en los que debe mejorar la práctica empresarial para avanzar hacia una RSC más consecuente.

Helena Ancos (Directora del área de RSC del Instituto Complutense de Estudios Internacionales- Universidad Complutense de Madrid), por su parte, destaca la importancia de una transparencia rigurosa cara a la consolida- ción de una concepción más exigente de la RSC. Una transparencia que, en su opinión, no posibilitan suficientemente las diferentes herramientas existen– tes y para la que apunta una metodología todavía en gestación: el big data, que puede ofrecer la posibilidad de acceder a datos empresariales más allá de los sistemas de reporte empresarial, cubriendo sus deficiencias y permitiendo avanzar hacia una construcción activa y multistakeholder de la información sobre RSC.

Mucho más pesimista respecto a la RSC convencio– nal es la visión de Juan Hernández Zubizarreta y Carlos Askunze (Universidad del País Vasco) , de la que presentan en la primera parte de su artículo una perspectiva radicalmente crítica, entendiéndola como uno más de los nuevos mecanismos de imposición jerárquica de las empresas. Consideran, sin embargo, que “hay otra forma de hacer las cosas”: empresas diferentes en las que la RSC no es un aditamento, sino que incorporan por su propio carácter una responsabilidad social integral, poniendo “…en el centro de su actividad a las personas y a los procesos que garantizan la y que frecuentemente disfrutan de alguna forma de concesión pública o de protección de mercado para ejercer su actividad. En estos casos puede ser nece- saria una responsabilidad diferencial más allá de la RSC convencional: una responsabilidad diferencial que propone concretar a través de la formalización de acuerdos de “licencia social” que exijan a las empresas contrapartidas específicas y controlables y una reciprocidad más justa con las comunidades en las que ejercen su actividad. Algo que requeriría también un papel más activo del Estado, pero también de la sociedad, en la regulación de esa relación.

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