viernes,19 agosto 2022
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Sea para desempleados, sea la para trabajadores, el Gobierno reconoce la importancia de la Formación

ibercampus.es / EP
El nuevo sistema de formación para el empleo, en el que quedan integradas las dos modalidades de formación profesional existentes actualmente (la ocupacional, destinada a los desempleados, y la continua, dirigida a los trabajadores) entrará en vigor mañana, tras publicar hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que lo regula.

Esta norma deriva del acuerdo de formación profesional para el empleo que firmaron el Gobierno y los agentes sociales en febrero de 2006 dentro del proceso de diálogo social.

El nuevo modelo de formación respeta la competencia de gestión de las comunidades autónomas y el papel de los interlocutores sociales y contará con un presupuesto superior a los 2.200 millones de euros, de los que unos 1.800 millones, el 81%, procederán de la recaudación de la cuota de formación profesional y el 19% restante, de las ayudas del Fondo Social Europeo.

Según cálculos realizados por el Ministerio de Trabajo, las empresas que realizarán actuaciones de formación pasarán de las 88.900 de 2006 a 303.500 en 2010. Asimismo, se espera duplicar el número de trabajadores formados, hasta superar los 2,2 millones.

Los procedimientos de concesión de subvenciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este nuevo modelo se regirán por la normativa anterior que les sea de aplicación. No obstante, las acciones formativas de las empresas que se inicien a partir del 1 de enero de 2007 se regirán por lo dispuesto en este nuevo Real Decreto.

FACILIDADES PARA LAS PYMES.

Los destinatarios del nuevo modelo de formación profesional para el empleo son todos los trabajadores ocupados y desempleados, incluidos los que no cotizan por formación profesional. En ambos colectivos podrán tener prioridad para participar en acciones formativas aquellos trabajadores con mayores dificultades de inserción o de mantenimiento en el mercado de trabajo.

Según el contenido de la norma, las empresas dispondrán anualmente de un crédito para la formación de sus trabajadores, que compensará total o parcialmente los costes de la formación que realicen.

Este sistema de formación traslada la ayuda hasta sus usuarios directos, por lo que la formación que planifiquen y gestionen las empresas podrá financiarse mediante la aplicación de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social.

Con objeto de extender y generalizar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la formación, éstas podrán beneficiarse de medidas específicas en el tratamiento de sus bonificaciones y tendrán la opción, además, de agruparse con otras para participar en actividades formativas y compensar los costes que pueda suponer la externalización de las mismas.

 

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