Aparejado a esa lógica, se comienza a sustituir el término igualdad por el de equidad, terminología que en un comienzo se vincula a los necesarios procesos de empoderamiento de las mujeres.
En el caso de las personas jurídicas, del entorno empresarial, nos encontramos en paralelo con otra lógica muy interesante: hay empresas (hoy por hoy llamadas sociales) que aportan mayor valor social que el resto. Nos referimos a aquellas que por, delante de la obtención de beneficio, incorporan objetivos de cohesión territorial, de inclusión, de respeto medioambiental, etc.; es decir, generan externalidades positivas cuyos beneficios también hay que cuantificar.
De hecho, en las economías socialmente más avanzadas, se ha llevado a la práctica esta nueva conceptualización, dando lugar a la incorporación de cláusulas sociales y medioambientales en las licitaciones públicas. Los Países Bajos son un buen ejemplo de este nuevo paradigma.
A continuación, les propongo evocar los conceptos de “discriminación positiva” y valor social” para introducirlos en el debate sobre la nueva regulación del sistema financiero.
De acuerdo a la literatura económica, el sector bancario tiene como misión principal la financiación de la denominada economía real (frente a la meramente especulativa). En particular, debe cumplir adecuadamente su función de intermediación entre el ahorro y la inversión, facilitando en ese tránsito la inclusión financiera. Habrá pues que premiar a aquellos agentes financieros que facilitan el acceso al crédito a la población en situación de desventaja financiera o a pymes con escasos recursos patrimoniales. Eso engarzaría bien con ese concepto de discriminación positiva.
Pero también nos encontramos con entidades que no solo localizan con criterios oportunistas su red de oficinas, sino que también tienen en cuenta las necesidades de los territorios y hacen por tanto una diseminación equilibrada de su red territorial y, con ello, ayudan a potenciar las economías locales.
Ahora les toca pensar a Vds. a quien me puedo referir cuando evoco estos escenarios: ¿A la gran banca o a la banca cooperativa? Si coinciden en que me refiero a la segunda entonces tal vez se pregunten por qué la Comisión Europea está tan empeñada en que las reglas deben ser iguales para todos, aun cuando las actuaciones distan de ser similares.
En ese debate me encontraba en el transcurso de un evento organizado por la European Association of Co-operative Banks (EACB) y patrocinado por el Comité Económico y Social Europeo (CESE), órgano consultivo en el que desarrollo una buena parte de mi actividad profesional.
Frente a esa actitud poco razonable de “café para todos”, para mayor abundamiento, me permitía lanzar las siguientes reflexiones, todas ellas avaladas por pronunciamientos del propio Comité mediante diferentes dictámenes:
- El acceso al crédito (tanto en cantidad como en precio) es más dificultoso para las pequeñas entidades bancarias, como es el caso de muchas cooperativas. También cuentan con serias dificultades para gestionar la intermediación de los instrumentos financieros del Banco Europeo de Inversiones (BEI). ¿No sería preciso allanar este camino para esos agentes financieros?
- Incrementar los recursos propios (reforzar su solvencia) resulta más costoso para las sociedades no capitalistas, ya que no tienen acceso a los mercados secundarios, muy desarrollados para el caso de las primeras. ¿Se deberían flexibilizar los requisitos de solvencia y liquidez?
- ¿Y qué me dicen de aquellos bancos que toman prestado dinero del BCE al 0,25% y antes que destinarlo a préstamos lo aplican a la ventajosa operación de compra de deuda soberana a más de un 4% de tipo de interés? ¿No se debería hacer un seguimiento de la aplicación de esos fondos?
Y no podemos concluir esta sucinta reflexión sin preguntarnos qué agentes financieros han contribuido más a vernos obligados a jugar en este nuevo escenario: ¿Los que tuvieron que ser rescatados con dinero del contribuyente por haberse alejado imprudentemente de su función asignada y acometer aventuras especulativas y cortoplacistas? ¿O bien aquellos que funcionaron a espaldas de la especulación financiera y actuaron bajo códigos éticos inspirados en los principios y valores cooperativos?
Habrá pues, querida Comisión Europea, que tratar igual a los iguales.
Carlos Trias Pintó
Consejero del CES Europeo y director de ASGECO