jueves,18 agosto 2022
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El mismo derecho se niega a todas clases pasivas del Estado

Un jubilado autónomo logra pensión del 100% y seguir en su empresa

Redacción
Un autonómo jubilado y con una empresa ha logrado la pensión del 100% y seguir trabajando, en una sentencia pionera para las dificultades que sufren tanto los autónomos como los pensionistas de clases pasivas del Estado, discriminados respecto a los del sector privado y que así se ven privados de años de cotizaciones directas al Estado. La Seguridad Social había negado al trabajador la paga íntegra y una jueza de Oviedo lo considera contrario a la finalidad de la última reforma.

Hasta el momento, un autónomo tenía muy difícil cobrar una pensión equiparable a la que percibía un trabajador por cuenta ajena. Pero tras la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo esta sentencia puede sentar jurisprudencia, al ser la primera aplicación e interpretación favorable de la misma para aquellos trabajadores autónomos que han constituido una empresa.

El Juzgado de lo Social Nº3 de Oviedo reconoce a un autónomo asturiano el derecho a percibir una pensión de jubilación del 100% y compatibilizarla con su trabajo como gestor de su propia empresa. Este derecho solo se le reconocía, y muchas restricciones prácticas, a los autónomos que mantuvieran, al menos, a un trabajador en nómina. Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se les exige ilegalmente estar contratados a nombre del autónomo y no de una sociedad. Es lo que le pasó al autónomo asturiano, que acabó recurriendo en los tribunales y ha terminado ganándole la batalla a la Seguridad Social.

Llegado a la edad para exigir una pensión por jubilación, la INSS le denegó al autónomo asturiano la pensión por no tener trabajadores contratados a su nombre. Tras un primer recurso, la resolución administrativa emitida desde la Seguridad Social solo le reconoció una pensión de jubilación del 50% mientras fuera compatibilizada con el trabajo de gerente en su propia empresa. Esta situación, muchas veces, conlleva que el autónomo cierre la empresa, dando lugar a la pérdida de aquellos empleados que tuviese contratados.

El abogado del trabajador asturiano, Federico Recalde, entendió, sin embargo, que la última reforma legal tenía como finalidad última no solo una mejoría de la situación de los autónomos, sino la promoción y defensa del empleo y acudieron a los tribunales. Ahora, la Magistrada María de los Ángeles Andrés Vega les acaba de dar la razón. La sentencia afirma que la interpretación hecha por el INSS es "contraria a la finalidad legislativa misma de la ley, además de no ser resultante del tenor literal de la norma". En palabras de Recalde, "se trata de una interpretación tan restrictiva que va en contra del propio espíritu de la ley".

Pese a que cabe recurso ante el TSJA, desde el bufete de Oviedo encargado del caso confían en que la sentencia no será recurrida, "dada su contundencia y por resultar la interpretación correcta de la Ley.

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