La televisión “A la Carta” llegó hace unos años para quedarse. La mitad de los individuos que consumen contenidos audiovisuales en Internet, al menos una vez a la semana, ven sus programas de televisión en esta modalidad, y así se ha mantenido en los últimos tres años. Este es uno de los datos del último Panel de Hogares CNMC y del que habla el Blog y lanota de prensa.
Un tercio de los hogares españoles utilizaron una plataforma de pago para consumir contenidos audiovisuales online a finales del cuarto trimestre de 2018. Es prácticamente el mismo número que un año antes según los últimos datos del Panel de Hogares de la CNMC.
También se mantiene estable la cifra de individuos que suelen ver en Internet programas de televisión ya emitidos a través de las plataformas “a la carta”. La mitad de los españoles confiesa optar por este tipo de consumo, dato que apenas varía en los últimos años.
Encuanto a las plataformas utilizadas, Youtube sigue siendo la preferida con un 52%, seguida por Atresplayer (35%), RTVE.es (31%), Mitele (29%) y Movistar + (25%).
No obstante, la tendencia es que el consumo audiovisual online continúa su escalada: el 44% de los individuos declararon ver contenidos a través de Internet al menos una vez a la semana, un 8% más que a finales de 2017. ¿Y qué ven los españoles? Lo más consumido son vídeos cortos, seguido de episodios de series, películas y contenidos generados por amigos o familiares.
Respecto a las preferencias sobre cómo ver los diferentes contenidos audiovisuales, las emisiones en directo son prácticamente exclusivas de los eventos deportivos, por ejemplo, partidos de fútbol, baloncesto, tenis, y de los programas informativos, mientras que las opciones clasificadas “a la carta” son las elegidas para ver episodios de series de televisión y películas.
Por otra parte, casi 9 de cada 10 españoles navegaron por Internet en los últimos tres meses y, de estos, el 72% se conectaron varias veces al día, indicador que presenta una tendencia ascendente en los últimos años.
Teniendo en cuenta los datos, el teléfono móvil es la opción preferida para conectarse a Internet, así lo declararon el 87% de los individuos que usan Internet cada semana. La segunda opción es el ordenador portátil (52%) seguido del ordenador de mesa y de las tabletas, cuyo uso disminuyó en el último año.
Un 86% de los individuos con móvil tiene un smartphone y usaron su dispositivo para distintas funciones. Las más populares fueron los servicios de mensajería online (79%), las redes sociales (38%), el correo electrónico (33%), los juegos y el visionado de vídeos.
En cuanto a las redes sociales que más se utilizan, destacan Facebook e Instagram. La segunda fue la única que creció en usuarios durante 2018, pues a finales de 2017 fue utilizada por un 26% de individuos y un año después por un 32%.
Finalmente, el servicio de mensajería online más utilizado por los individuos fue WhatsApp, con un 92%, en segundo lugar, y de lejos, se situó Facebook Messenger (20%) seguido de Skype (6%).
Metodología.
Estos resultados forman parte del Panel de Hogares de la CNMC, una encuesta a hogares e individuos de periodicidad semestral. La CNMC pretende recopilar información directamente de los ciudadanos a través de encuestas y análisis de las facturas de los servicios. El estudio es de naturaleza multisectorial y recoge datos relativos a los mercados de telecomunicaciones, audiovisuales, energía, portal y transporte, entre otros. La encuesta de esta oleada se llevó a cabo en el cuarto trimestre de 2018 e incluyó a 4.987 hogares y 9.194 individuos. Esta herramienta aporta una información amplia y diversa, y permite a la CNMC conocer mejor el punto de vista de los consumidores.
La CNMC incoa 2 expedientes sancionadores contra Mediaset por posible emisión de publicidad encubierta
- Se investiga esta práctica en el programa “Sálvame”, en Telecinco, y en un capítulo de la serie “La que se avecina”, en el canal FDF.
- Todas las conductas están calificadas como graves por la Ley General del Sector Audiovisual.
Madrid, 30 de mayo de 2019.- La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha incoado dos expedientes sancionadores a Mediaset España Comunicación, S.A. por posible infracción del artículo 18.2 de la Ley General del Sector Audiovisual (LGCA).
La CNMC considera que Mediaset, en su canal de Telecinco, ha podido vulnerar lo dispuesto en el artículo 18.2 de la LGCA, ya que durante la emisión del programa “Sálvame” del día 23 de enero de 2019, emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como publicidad encubierta de una revista. (SNC/DTSA/035/19).
En cuanto al otro expediente sancionador, la presunta infracción se produjo durante la emisión de un capítulo de la serie “La que se avecina”, en el capítulo “Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex”. Según los primeros análisis, se emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de un estimulador de próstata. (SNC/DTSA/038/19).
La LGCA señala en su artículo 18.2 que está “prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.
Cada uno de estos hechos se consideran como una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa de entre 100.001 hasta 500.000 euros cada uno de ellos.
Mediaset España Comunicación, S.A., dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones.