viernes,19 agosto 2022
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Los arquitectos ganan la batalla

Una sentencia cuestiona la legalidad del grado en Ingeniería de la Edificación

ibercampus.info
El Tribunal Supremo ha anulado recientemente el acuerdo del Consejo de Ministros de diciembre de 2008 por el que se reconocía el carácter oficial y la inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos del grado en Ingeniería de la Edificación de la Universidad Antonio de Nebrija de Madrid. El fallo responde a un recurso contencioso administrativo del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, presentado por considerar que la legislación no establecía ningún título de Ingeniero de la Edificación. 34 universidades españolas imparten en la actualidad el grado en Ingeniería de la Edificación, ahora en entredicho.

 

La sentencia judicial se basa en una anterior del mismo tribunal, que anuló hace un año la denominación de Graduado en Ingeniería de la Edificación dada por acuerdo del Consejo de Ministros de diciembre de 2007 a los planes de estudios de títulos que habilitaran para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.

"La nueva denominación de título ´Graduado en Ingeniería de la Edificación´ induce a confusión", en contra de la Ley de Universidades, que prevé que el nombre de los estudios universitarios oficiales deberá facilitar la identificación de la profesión para la que habilitan y no podrá conducir a error, según argumentó el Supremo en marzo de 2010.

Lo cierto, aseguró el tribunal entonces, es que la titulación de Graduado en Ingeniería de la Edificación "viene a modificar" la de Arquitecto Técnico.

Con esta nueva denominación, aunque se diga que no se altera la atribución de competencias previstas en la Ley de Ordenación de la Edificación (1999), se puede llevar a la ciudadanía a "confusionismo".

La expresión "Graduado en Ingeniería de la Edificación" es tan genérica que induciría a pensar que estos Arquitectos Técnicos tienen, en detrimento de otros profesionales, una "competencia exclusiva" en materia de edificación.

Además, no existe la profesión regulada de "Ingeniero de la Edificación", sino la de "Arquitecto Técnico", que aparece en la Ley de 1986 que regula las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros técnicos y el Real Decreto de 1991 de reconocimiento de títulos de Enseñanza Superior entre países de la Comunidad Europea, según el Supremo.

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