viernes,19 agosto 2022
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Con las 3 aprobadas este viernes por el Consejo de Ministros

Van ya catalogadas 668 Cualificaciones Profesionales

Redacción
El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos por los que se establecen cuatro nuevas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesional, de acuerdo con la Ley Orgánica de las Cualificaciones del y de la Formación Profesional del 19 de junio de 2002, así como sus correspondientes módulos formativos. […]

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos por los que se establecen cuatro nuevas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesional, de acuerdo con la Ley Orgánica de las Cualificaciones del y de la Formación Profesional del 19 de junio de 2002, así como sus correspondientes módulos formativos.

Las cuatro nuevas cualificaciones profesionales son:

Cualificación profesional de la familia profesional Electricidad y Electrónica

  • Montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria. Nivel 2.

Cualificación profesional de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas

  • Iniciación deportiva en balonmano. Nivel 2.

Dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas

  • Dinamización de actividades recreativas en parques de aventura en altura. Nivel 2.
  • Iniciación deportiva en atletismo. Nivel 2.

Con la inclusión de las cualificaciones anteriores se han aprobado desde febrero de 2004 un total de 668 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Las cualificaciones profesionales que integran el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales se ordenan en veintiséis familias profesionales y en cinco niveles de cualificación que van determinados por su complejidad de menor (Nivel 1) a mayor (Nivel 5).

Antecedentes

La Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente.

El Instituto Nacional de Cualificaciones tiene la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el Real Decreto del 5 de septiembre de 2003, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. En esta norma se establece la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo

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