jueves,18 agosto 2022
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Dicen que es un gran error la propuesta de Ciudadanos

Ciudadanos pide suprimir Senado y CGPJ, a lo que se oponen todas las asociaciones de jueces

Ibercampus y Carlos Berbell en Confilegal.com
Ciudadanos propone sustituir el Senado por un consejo de los 17 presidentes autonómicos, Ceuta y Melilla; eliminar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ; revisar el cupo vasco (sistema que pide Cataluña), y reformar la Constitución para añadir derechos y delimitar las competencias regionales, en un documento de 30 puntos ante las elecciones del 20-D. Los portavoces de las cuatro asociaciones de jueces dijeron que suprimir el CGPJ es un "gran error y muestra un desconocimiento preocupante".

Lo afirman al unísono los portavoces de todas las asociaciones de jueces, que critican así con nombres y apellidos a los catedráticos que han participado en la propuesta del partido liderado por Albert Rivera.

Pablo Llarena, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia (JpD), Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV) y Conrado Gallardo, presidente de la Gestora de Foro Judicial Independiente (FJI), coinciden en su oposición a la propuesta de Ciudadanos. Los cuatro coinciden en que es necesaria una reforma del Consejo General del Poder Judicial, para que sea, de verdad, el órgano de autogobierno de los jueces, pero no su desaparición, como establece la propuesta de Ciudadanos, según las declaraciones tomadas por Carlos Berbell de Confilegal.com 

Las 30 propuestas de Ciudadanos

A. Más ciudadanía

 

1. Derecho fundamental a la protección de datos personales. Inclusión en el artículo 18 CE del derecho a la protección de los datos personales.

 

2. Derecho a la transparencia. Inclusión en el artículo 23 CE del derecho a la transparencia (publicidad activa y acceso a la información) en relación con la información en manos de las Administraciones Públicas.

 

3. Política para promover la igualdad real y efectiva en todos los ámbitos e instituciones. Reforma del artículo 57 CE para eliminar la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión en el trono.

 

4. Nueva sección de derechos sociales en la Constitución:

Derecho a la salud, derecho a la vivienda, derecho a la protección ambiental, derecho a los servicios sociales, derechos de los consumidores y usuarios, derecho al acceso a los servicios públicos en condiciones de igualdad y derecho a la buena administración.

 

5. Se establecerá la obligación de la garantía presupuestaria para la regulación de estos derechos sociales.

 

B. Más democracia, representatividad y participación


 

6. Reforma de la ley de partidos: más democracia interna y más transparencia.

 

7. Una nueva ley electoral. La reforma del régimen electoral, el marco del ejercicio del derecho de sufragio ciudadano; el que traduce la voluntad ciudadana en representantes. Proponemos acometer una reforma inspirada en el régimen electoral alemán lo que supone que la elección de los diputados se hará simultáneamente entre escaños unipersonales y listas proporcionales, disponiendo en consecuencia cada elector de dos votos.

 

8. Una verdadera iniciativa legislativa popular: a). La reducción a 250.000 del número de firmas acreditadas para impulsar la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de Ley (iniciativa legislativa popular). Será necesaria la reforma del artículo 87 CE que fija el número de 500.000 firmas. b). El Congreso deberá tomarlas en consideración en un plazo máximo de tres meses. c). Favorecer la participación ciudadana en el ámbito local mediante, entre otros, las consultas y el uso de tecnología de la información, para lo que será necesario el desarrollo de lo previsto en el artículo 70 bis de la Ley de Bases del Régimen local.

 

9. Fin de los privilegios para los representantes públicos. proponemos: a). Suprimir el aforamiento de todos los representantes públicos, b). Igualmente se suprimirán los suplicatorios para delitos o imputaciones salvo para los relacionados con la actividad política del parlamentario (por ejemplo: delitos contra la seguridad vial, violencia doméstica, etc.). c). Se exigirá que el régimen de incompatibilidades de todos los representantes públicos y, en particular, de los diputados sea transparente, riguroso y se cumpla de manera efectiva, estableciendo un sistema de sanciones para casos de incumplimiento de las obligaciones impuestas.

 

C. Más garantías. Un Estado eficaz al servicio de los derechos de los españoles


10. Supresión del Consejo General del Poder Judicial. Las funciones que el artículo 122 CE atribuye al Consejo serán asignadas al Presidente del Tribunal Supremo y del Poder Judicial que estará asistido por dos Adjuntos. El Presidente será elegido por el Congreso de los diputados con el voto a favor de las dos terceras partes de sus miembros, entre magistrados del Tribunal Supremo, con, al menos, veinte años de ejercicio en la carrera judicial y que no hubieran tenido vinculación con ningún partido político ni ostentado cargo representativo de carácter público. El nombramiento tendrá una duración de 6 años, sin posibilidad de reelección. A su vez, los dos adjuntos serán elegidos por los jueces y magistrados en elecciones convocadas al efecto. El nombramiento tendrá una duración de 3 años sin posibilidad de reelección.

 

11. Mérito y capacidad, ausencia de discrecionalidad en los nombramientos de jueces y magistrados. Como complemento imprescindible de la propuesta anterior, la provisión de todas las plazas de Juzgados, Audiencias y Tribunales del Poder judicial y, en particular, la de los altos cargos (Presidentes de las Audiencias, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencia Nacional y Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo), se llevará a cabo a través de procedimientos reglados, sin discrecionalidad alguna, que consistirán en concursos convocados al efecto en los que la selección se ajustará a baremos previamente establecidos conforme a los principios de mérito y capacidad, así como en la idoneidad y especialización para el ejercicio de las funciones jurisdiccionales correspondientes a los diferentes destinos, permitiendo así la eliminación de criterios arbitrarios en función de afinidades políticas o ideológicas.

 

12. Supresión de la posibilidad de que los parlamentos autonómicos propongan magistrados.

 

13. Limitación de puertas giratorias entre justicia y política. Se impondrá a los jueces y magistrados que acepten cargos políticos un periodo obligatorio de excedencia mínimo de dos años tras el correspondiente cese.

 

14. Una justicia rápida, eficaz y con garantías. La efectividad del derecho a la tutela judicial precisa de más jueces y más medios. Se precisa de un plan de Estado que afronte la mejora de la administración de justicia en un plazo razonable para aproximarnos a los ratios medios de la Unión Europea. Un procedimiento que ofrezca menos oportunidades a la obstrucción por parte de aquellos que les favorece que la tutela o no se produzca o lo sea tarde y mal. Una instrucción penal rápida, eficaz y con las debidas garantías. Se necesitan unidades de auténtica policía y peritos judiciales que no dependan de la Administración del Estado ni de la Agencia Tributaria, dirigidas por un órgano revestido de las garantías que se reconocen a la jurisdicción. Una vez producida la resolución judicial se ha de garantizar su efectivo cumplimiento mediante procedimientos u órganos judiciales adecuados. De nada serviría reconocer más ciudadanía, más derechos si no es posible una protección dispensada por jueces independientes y sometidos en exclusiva a la Ley en unos plazos razonables.

 

Ministerio Fiscal


 

15. Una Fiscalía General del Estado independiente, profesional, y al servicio de la legalidad. El procedimiento de nombramiento del Fiscal General del Estado deberá estar regulado en la Constitución. En primer lugar se llevará a cabo un procedimiento abierto que permitirá a todos los que cumplan los requisitos necesarios presentarse. En particular se exigirá que al menos reúna veinte años de ejercicio en la carrera fiscal y no haya tenido vinculación con ningún partido político ni ostentado cargo político o administrativo de carácter público. Luego, una Comisión del Congreso de los Diputados valorará la idoneidad para ejercer el cargo de estos candidatos y seleccionará una terna de entre ellos por mayoría reforzada. Finalmente, el Gobierno elegirá el Fiscal General entre esa terna. Asimismo, se reforzará la independencia del Consejo Fiscal y el principio de mérito y capacidad a la hora de la provisión de plazas en la carrera fiscal. Se reforzará en particular la independencia de la Fiscalía anticorrupción.

 

Tribunal Constitucional


 

16. Despolitización del Tribunal Constitucional. El reforzamiento de la independencia del Tribunal Constitucional requiere la de los magistrados que lo integran. Modificación del artículo 179 de la Constitución: a). Se exigirá veinticinco años de ejercicio profesional para poder ser designado magistrado, estableciendo asimismo un estricto sistema de incompatibilidades que garanticen su independencia, entre ellas una prohibición de haber desempeñado cargos orgánicos en un partido o cargos representativos o ejecutivos en parlamentos o gobiernos, durante los cinco años anteriores a su nombramiento.b). Se establecerá un periodo de mandato de 12 años, pero fijándose la jubilación a los 75 años. La renovación parcial se realizará cada cuatro años. Tras el cese como magistrados pasarán a la situación de jubilación con incompatibilidad para el desempeño de cualquier empleo público o privado.c). En el caso de los propuestos por el Senado lo serán por el Consejo de Presidentes de las Comunidades Autónomas. Y los del Poder Judicial, lo serán por el Presidente del Consejo y del Poder Judicial pero entre magistrados designados en virtud de un concurso convocado al efecto, sin discrecionalidad alguna.

 

17. Una justicia constitucional rápida y eficaz. Deberá fijarse un plazo perentorio para que el Tribunal se pronuncie, que no podrá superar los 90 días cuando estén afectados derechos fundamentales.

 

Poder legislativo


 

18. Parlamentos más abiertos, más ágiles y con diputados más libres. Proponemos la ampliación de la fase de enmiendas, la supresión para presentar enmiendas y preguntas de la firma de conocimiento por parte del portavoz del grupo a que pertenezca el diputado, el reforzamiento de la fase legislativa de las comisiones parlamentarias, la autorización de intervenciones más generosas en tiempo y forma y el fomento de la participación de representantes de distintos grupos sociales y de expertos. Además, las instituciones de representación política, deben someterse de manera plena y sin limitaciones a los principios de transparencia y buen gobierno y al régimen jurídico que los desarrolla.

 

19. Verdaderas comisiones de investigación. Proponemos: potenciar las comisiones de investigación mediante la facilitación su creación, la ampliación de sus facultades, el establecimiento de la publicidad de las audiencias y de las conclusiones, la imposición de la obligación de veracidad a los comparecientes y la limitación de las posibilidades de que pueda ser obstaculizada su constitución por el partido al que pueda afectar la investigación.

 

Poder ejecutivo


 

20. Supresión del decreto ley. La legislación de extraordinaria y urgente necesidad deberá ser aprobada por el Congreso de los diputados mediante un procedimiento sumarísimo que deberá culminarse en un plazo máximo de 72 horas.

 

21. Limitación y despolitización del indulto. En ningún caso será posible indultar a los condenados por delitos de corrupción o contra la Administración, ni los de violencia de género.

 

22. Aplicación de los principios de buena regulación. La normativa que tenga una incidencia sobre los derechos y las libertades de los ciudadanos ha de cumplir con los principios de necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, accesibilidad, simplicidad y eficacia, así como de mínima intervención, imposición de cargas y restricción.

 

D. Organización territorial del Estado: leal, eficaz y ciudadana


23. Sentar las nuevas bases del Estado autonómico. Proponemos: a). Enumerar las 17 Comunidades y las dos ciudades autónomas, para fijar el mapa autonómico de manera definitiva. Esto conllevará la supresión la disposición transitoria cuarta que contempla la posibilidad de incorporación de Navarra al País Vasco.b). Derogar expresamente los preceptos constitucionales que son meras disposiciones transitorias para acceder a la autonomía y que ya no son de aplicación (artículos 143, 144, 146, 148, 151 e inciso primero del art. 152 CE) además de, obviamente, todas las disposiciones transitorias propiamente dichas.

 

24. Clarificar el modelo de distribución de competencias. Proponemos: a). Elaborar un listado de competencias exclusivas del Estado del art. 149 de la CE. Será necesario también diferenciar entre las que asume íntegramente –funciones legislativas y ejecutivas- y las que sólo lo es en la legislativa. En este caso, la ejecución autonómica estará sometida a la vigilancia y control por parte del Estado, a través, entre otros, de la alta inspección.b). Elaborar un listado de competencias compartidas integrado por las materias en las que el Estado cuenta con la función legislativa, junto con las Comunidades. La Constitución establecerá las reglas de relación para evitar los conflictos sobre la base de la supletoriedad y la prevalencia de la legislación del Estado. c). Excluir la posibilidad de la transferencia o delegación a las Comunidades de facultades que forman parte de las competencias que la Constitución atribuye al Estado. Esto supone la supresión del articulo 150.2. d). Incluir una cláusula residual que atribuya el resto de materias a la competencia de las Comunidades Autónomas.e). En todo caso, el Estado podrá legislar con eficacia jurídica plena y directa cuando sea necesario para garantizar: las condiciones de vida equivalentes en todo el territorio nacional, el mantenimiento de la unidad jurídica y económica, o la igualdad básica de los españoles en todo el territorio nacional en relación a derechos y deberes.

 

25. Una financiación territorial equitativa, transparente y eficaz. La financiación territorial debe garantizar la igualdad básica de todos los ciudadanos con independencia de su lugar de residencia, en particular, cuando se trata del disfrute de los servicios públicos esenciales. A tal fin, proponemos: a). La elaboración de una cartera de servicios cuya garantía estaría constitucionalmente respaldada por la financiación del Estado. b). El compromiso a favor de la armonización fiscal de ámbito europeo que elimine excepciones territoriales, así como paraísos fiscales, que tanto dañan a la justicia y a la solidaridad.c). Mientras ello ocurre, al menos es necesario revisar el actual sistema del cupo. Se debe hacer un cálculo razonable de la contribución vasca y navarra a la Hacienda estatal con el fin de evitar desigualdades de una menor contribución a la solidaridad colectiva. d. En cuanto a la financiación de las Comunidades de régimen común, debería replantarse el Fondo de Cohesión Social y Territorial para que sea la pieza central con el que conseguir la garantía de la igualdad básica de los ciudadanos, en relación con los servicios esenciales enumerados en una carta a elaborar.e). La eliminación de todos los fondos hoy existentes que producen una distorsión que aleja la materialización de la garantía de la igualdad básica de los ciudadanos, el objetivo central de la financiación. f. Las Comunidades que deseen incrementar los servicios prestados respecto de los garantizados podrán, en virtud del principio de responsabilidad fiscal, sufragarlos mediante el incremento de las cargas tributarias que recae sobre los ciudadanos que serán los que, en última instancia, deberán valorar la conveniencia de tales incrementos. Por esta vía, las Comunidades asumen la responsabilidad de sus decisiones. Se introduce un factor de racionalidad. g. La aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera no puede quedar en manos de la discrecionalidad política del Gobierno. Es una disposición jurídica de disciplina que se ha de cumplir por todos y en los términos que establece.

 

Senado


 

26. Supresión del Senado y creación de un Consejo de Presidentes de las Comunidades Autónomas. La forma de articular la representación territorial en la gestión de los asuntos del Estado se ha de modernizar. Hasta ahora este papel se había reservado al Senado. Se ha manifestado su incapacidad. Proponemos su supresión. Las Comunidades Autónomas han de participar de manera efectiva en el gobierno de la nación. A tal fin, creemos que será más efectiva si se produce en el nivel de Presidentes de Comunidades. A estos, según la Constitución, “corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla” (art. 152 CE). Esto permite la coordinación en el ámbito legislativo con el Estado. Son Comunidades pero también Estado. A tal fin, proponemos: a). La creación del Consejo de Presidentes de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Sus miembros dispondrán de un voto ponderado en función de la población de la respectiva Comunidad.b). Será competente para la aprobación, en segunda lectura, con el voto mayoritario de sus miembros, de las leyes más directamente relacionadas con la organización territorial del Estado.c). En caso de discrepancia con el Congreso de los diputados, prevalecerá lo decidido por éste, tras haberse intentado consensuar una posición común.

(Nota: NO confundir nuestra propuesta de la creación de un Consejo de Presidentes de Comunidades Autónomas y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla con la Conferencia de Presidentes ya existente. Nuestra propuesta es de carácter legislativo y no participa el presidente del Gobierno de la nación, a diferencia de la Conferencia de Presidentes, que es de carácter Ejecutivo y en la que sí participa el presidente del Gobierno).

 

27. Supresión de Diputaciones provinciales.

 

28. Fusión de Ayuntamientos para que puedan prestar servicios sostenibles. Como complemento imprescindible a la anterior medida, el Estado y las Comunidades fomentarán la fusión de municipios con la finalidad de racionalizar la administración local, mejorar la prestación de los servicios públicos y renovar la calidad de nuestra democracia en el ámbito local. El Estado deberá fijar, en ejercicio de sus competencias, los índices de sostenibilidad mínimos para la subsistencia de un Municipio. Caso de no cumplirse, deberá procederse a la fusión municipal. Los municipios fuertes son necesarios para la mejor prestación de los servicios y la profundización de la democracia. A tal fin, se modificará el artículo 140 CE para consignar tanto el criterio de la sostenibilidad como la habilitación al Estado de la competencia para regular la fusión de los municipios en caso de incumplir tal criterio.

 

E. Europa y más Europa


 

29. Reconocimiento constitucional de la pertenencia a la Unión Europea. La pertenencia y permanencia de España a la Unión Europea debe tener reconocimiento constitucional.

 

30. Un procedimiento especial para la transferencia de soberanía a la Unión Europea.

Oposición de todas las asociaciones de jueces

"Me parece absurdo pensar que un presidente vaya a poder asumir todo aquello que la Constitución atribuye al Consejo para defender la independencia judicial. Es radicalmente imposible. Si eso es lo que se pretende hacer, es un error y un paso atrás de gigante", afirma Llarena. 

"Supone un retroceso muy importante. De aplicarse, nos equipararía a los países más atrasados, en el campo de la justicia, de Iberoamérica. Sería acabar con la independencia del poder judicial", explica Bosch. 

"Pasaríamos de la mera politización", dice Sexmero, "a la interferencia directa de los otros dos poderes del Estado, el legislativo y el ejecutivo, en el judicial. Rivera ha hecho una propuesta desde la ignorancia más absoluta". 

"Se han pasado por la piedra toda la doctrina del Consejo de Europa. Nuestra Constitución fue pionera en establecer un gobierno autónomo del poder judicial", cuenta Gallardo. "Pero los políticos han degradado tanto al Consejo, le han reducido tanto sus funciones, hasta dejarlo en la categoría de dirección general, que ahora llega un grupo de administrativistas y dice: supresión". 

Este hecho, precisamente, que los autores de las propuestas hechas públicas hoy por Rivera, hayan sidocuatro catedráticos de derecho administrativo -Francesc de Carreras, Francisco Sosa Wagner, Andrés Betancort y Mercedes Fuertes, además de Elisa de la Nuez, abogada del Estado-, ha sido muy criticado.

"La propuesta muestra un conocimiento demasiado teórico sobre cuáles son los problemas de funcionamiento de los tribunales de Justicia y del CGPJ. Porque desconoce el volumen, la importancia, la trascendencia y la complejidad de lo que maneja el Consejo", afirma Llarena. 

"Si ya el Consejo, por el diseño elaborado por los políticos, está a su servicio, al eliminarlo se les está entregando el control completo de la justicia", sostiene Bosch. "La solución no pasa por lo que plantea Ciudadanos, que es eliminar al Consejo. Pasa por todo lo contrario. Por reforzar las estructuras que marcan un espacio autónomo de gestión y de decisión judicial. No es una propuesta nada acertada". 

"El hecho de que hayan sido cuatro catedráticos de derecho administrativos los que han trabajado sobre la propuesta de Ciudadanos dice mucho de estos partido emergentes", apunta Sexmero. "No han consultado ni con las asociaciones ni con nadie de la carrera judicial para elaborar un proyecto serio de verdad. Nosotros quisimos reunirnos con ellos, pero hasta la fecha. ¡Y somos los profesionales de la justicia!. No es serio suprimir el Consejo sin más. De aplicarse, incrementaría todos los defectos actuales. Volveríamos a la época franquista". 

"Ni el PP ni el PSOE jamás antes se habían atrevido a tanto. Han desmontado el Consejo, pero no se han atrevido a eliminarlo. No pueden, constitucionalmente. Rivera", continúa Gallardo, "le está haciendo el juego a los que lo quieren, de verdad, que son el PP y el PSOE. Ellos quieren que desaparezca el Consejo".

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