jueves,18 agosto 2022
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Moisés Barrio Andrés (dir.) (Autor) / Wolters Kluwer /

Derecho de los Robots

Redacción
La robótica y su contexto de inteligencia artificial no es solamente una palanca del crecimiento, sino que puede modificar profundamente los métodos de producción y modelos económicos y de relaciones sociales actuales. Desde hace varios años se ha situado en el centro de los grandes debates más representativos de nuestra época el de si los robots deben tener derechos. Sucede que, al margen de la respuesta de cada uno, vienen nuevos tipos de relaciones sociales que no son puramente humanas.

Al igual que Internet en su momento, los robots, los sistemas de inteligencia artificial (IA) y otras nuevas tecnologías que actualmente extienden aceleradamente la nueva economía de la información y el conocimiento, constituyen otra oleada transformadora de nuestro tiempo. Oleadas que son algo más importante que la cuarta revolución industrial conceptualizada desde hace varios años por Klaus Schwab desde el Foro de Economia Mundial de Davos, porque transforman como ningunas otras tecnologías anteriores todas las relaciones sociales y económicas, tal y como describieron hace dos décadas en Digitalismo los profesores José B. Terceiro y Gustavo Matías. Forman así parte de la nueva era creada por esa economía de la información y el conocimiento, al despuntar primero como complemento y luego como alternativa organizativa de la economía tradicional de la materia y de la energía, transición hacia el infolítico que previamente describió Gustavo Matías. 

Ahora los robots y los sistemas de inteligencia artificial (IA), en cuyo contexto empiezan a proliferar, se han empezado a  convertir en parte de la vida cotidiana, por lo que resulta lógico que haya calado al fin el debate de si deben ser sujetos de derechos como los humanos. El caso es que los robots llevan a cambios sustanciales en la sociedad: cada vez más en breve, esperamos ver a los robots desempeñar todo tipo de tareas, desde conducir camiones hasta mejorar el trabajo de muchos profesionales, o incluso sustituir a los humanos en el campo de batalla. También están reemplazando a los electrodomésticos analógicos para crear hogares interconectados e inteligentes. De ahí que, al menos en este inicio de la historia del infolítico, hasta la Comisión Europea ya se plantea dotar a los robots de derechos y obligaciones como los de las empresas.

Pionero en lengua castellana tras "Droit des robots" publicado en francés en 2015 por Alain Bensoussan, este nuevo libro coordinado por Moisés Barrio Andrés identifica cuestiones nucleares suscitadas por el despliegue generalizado de la robótica y de la inteligencia artificial en la sociedad, mediante un estudio interdisciplinar que incluye aspectos científicos, jurídicos, médicos y éticos. Traslos nuevos avances tecnológicos como resultado de la mayor o menor libertad que les demos a los robots, impulsados por sus capacidades de aprendizaje, el derecho no tendrá más remedio que alinearse. La cuestión clave será si la humanidad termina considerandolos extensión de las diversas relaciones de propiedad de las personas físicas o juridicas, o les dará la capacidad de aparecer como nuevos sujetos del derecho, lo que afectaría a las políticas de inclusión digital, financiera y otras que pretende contar desde hace varios años Ibercampus.es  

Los diferentes capítulos de la obra ahora coordinada por Moisés Barrio ofrecen un panorama global de un área del Derecho que cada vez más irá creciendo en importancia, hasta integrar una nueva disciplina jurídica, el Derecho de los Robots, como en su momento sucedió con el Derecho del Trabajo o el Derecho Ambiental. Por todo ello, la obra no solo es de gran utilidad para los abogados y los demás operadores jurídicos, sino también para todos aquellos profesionales del sector tecnológico, con especial interés para ingenieros, diseñadores y fabricantes de robots, y en general para todos cuantos, abiertos al desarrollo tecnológico, son conscientes de los desafíos que comporta.

Ciberderecho. Bases estructurales, modelos de regulación e instituciones de gobernanza de Internet (Derecho y TicŽs)

Internet de las Cosas

Internet de las Cosas y Ciberderecho. Bases estructurales, modelos de regulación e instituciones de gobernanza, otras obras de Moisés Barrio Andrés

La singularidad del robot en el área legal  como escribió Alain Bensoussan es probable que aumente; simétricamente, mientras que la relevancia de la calificación del bien personal disminuye, la necesidad de dotar al robot inteligente con un estado legal sin precedentes es más acuciante.Una vez que se logre el avance tecnológico, como resultado de la libertad que tendrá el robot, impulsado por sus capacidades de aprendizaje, el derecho no tendrá más remedio que alinearse. Y así está sucediendo 

Este movimiento, como ya dijo Alain Bensoussan, tiene la particularidad de que parece unilateral e irreversible: el poder de la industria de la robótica, la participación de los actores más importantes en la economía digital, la importancia de los problemas financieros, la El entusiasmo por la investigación y el apetito social juntos constituyen una base particularmente sólida para el advenimiento de la robótica inteligente.

Las telecomunicaciones, en el umbral del infolítico

Las telecomunicaciones se sitúan desde hace varias décadas en el umbral del infolítico, era de la humanidad conceptualizada a finales de los ochenta por el profesor Gustavo Matías, quien en 1995 coordinó  un informe especial del BBVA  iniciado con su artículo académico "Telecomunicaciones en el umbral del infolitico: una introducción prospectiva". 

Algo más de una década después, el "Diccionario de uso del español actual", publicado en 2006 por Ediciones SM, incluye por primera vez el término "infolítico" o "infolítica", tras aparecer en numerosos libros y algunas publicaciones académicas, como "Referido a un periodo histórico que se caracteriza por el uso generalizado de la información":

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