jueves,18 agosto 2022
Espacio euroiberoamericano de diálogo sobre la innovación social, profesional y académica
InicioOpiniónBlogsDoctrina Monroe: implicaciones sobre la Hispanoamérica del siglo XIX (I)

Doctrina Monroe: implicaciones sobre la Hispanoamérica del siglo XIX (I)

Mentor, Historiador y Abogado
La Doctrina Monroe se estudia en relación a las potencias europeas, pero no desde sus implicaciones en la Hispanoamérica del siglo XIX, por esta razón ella puede ser objeto de estudio de las actuales ciencias sociales y de la geopolítica.
doctrina monroe
Tomada de elhistoriador.com.ar

La Doctrina Monroe se estudia generalmente en relación a las potencias europeas, pero no desde sus implicaciones en la Hispanoamérica del siglo XIX y sobre todo del siglo XXI, pese a que hace 5 años ya, la planteó el presente el expresidente Trump.

Por ello, las implicaciones de esa Doctrina y la vigencia de esta política bien puede ser materia de análisis de las actuales ciencias sociales y de la geopolítica actual, por tanto a continuación inicio el primero de una serie de artículos dedicados a este tema.

Al respecto de la vigencia de la Doctrina Monroe Donald Trump reconoció, en ocasión de su discurso el 22 de septiembre de 2018 ante la Asamblea General de la ONU,

«Aquí en el Hemisferio Occidental, estamos comprometidos a mantener nuestra independencia de la invasión de las potencias extranjeras expansionistas. Ha sido la política formal de nuestro país desde el Presidente Monroe que rechacemos la interferencia de naciones extranjeras en este hemisferio y en nuestros propios asuntos. Estados Unidos ha reforzado recientemente nuestras leyes para controlar mejor las inversiones extranjeras en nuestro país en cuanto a amenazas a la seguridad nacional, y agradecemos la cooperación con los países de esta región y de todo el mundo que desean hacer lo mismo. Deben hacerlo por su propia protección.» (1)

La vieja Doctrina Monroe hace 5 años era citada como parte de la política del expresidente Trump, sin embargo muy poco es lo que se ha dicho sobre las implicaciones directas de esta concepción de la política exterior estadounidense frente a la Hispanoamérica del siglo XIX.

Quizás en este momento, cuando se acerca el bicentenario de existencia de la política formulada en diciembre de 1823 por el quinto presidente de Estados Unidos James Monroe, sea válido estudiar de nuevo a la Doctrina Monroe, ya que esta resumió un ideario político en la concepción de «América para los americanos».

El concepto de Doctrina en la política de Estados Unidos

Desde la época de Monroe viene la costumbre de bautizar, las ideas formuladas por los presidentes de Estados Unidos en su primer discurso del estado de la Unión, con la categoría de «Doctrina»; en la cual se resumen los principios que guían a las diferentes administraciones de la Casa Blanca en materia de política exterior.

Ahora bien, en líneas generales Charlemagne Tower, en su obra El Origen, significado y valor internacional de la Doctrina de Monroe, publicada en 1920, define que las llamadas doctrinas de los presidentes estadounidenses, y en específico la Doctrina Monroe

«No es un acto de legislación, ni necesita la autorización legislativa del Congreso para recibir sanción formal y legal del Gobierno de los Estados Unidos como regla de conducta o como proceso sujeto a determinación judicial y observación, como si se tratara de una ley de la nación.» (2)

En otras palabras, ninguna de las doctrinas estadounidenses es considerada Ley o norma legal, ni siquiera la primera de todas, que muchos años después de su formulación fue bautizada como Doctrina de Monroe, ya que ella tan solo es un resumen de la política exterior de Estados Unidos; delineada por James Monroe el 2 de diciembre de 1823 y cuyo valor político e histórico es que fue una manifestación de conducta de un sujeto muy peculiar, un Estado Nación que manifestó o expresó lo que fue su conducta para con sus pares, otros Estados Nación tanto los europeos, pero con mucha más relevancia hacia las naciones o nuevas repúblicas que se separaron de España en la segunda década del siglo XIX.

En este sentido, las implicaciones que acarreó la Doctrina Monroe para el continente y en especial para el Derecho Internacional fueron significativas, pero “…además de haber sido expresamente rechazada en sus orígenes por Inglaterra y Rusia; no ha sido tomada en cuenta por ningún Tribunal internacional, ni los principios que ella sustenta puestos a salvo en determinado tratado público.” (3) a razón de que ella, tal como Tower complementa, como ya se dijo no es norma jurídica

«…sino una declaración de política, una regla de conducta en lo que se refiere a nuestra posición de independencia en el mundo, y entre las naciones, y que entraña la voluntad expresa y la definición precisa de la opinión consciente del pueblo de los Estados Unidos. Como tal la Doctrina de Monroe recibió la aprobación inmediata y sincera de todo el país, sin que hasta ahora se haya debilitado en lo más mínimo.» (4)

Dicho de otro modo, la Doctrina Monroe es una carta de intenciones en materia de política exterior, que no pueden ser otras que la del expansionismo anglosajón, basada en la idea de un fin superior que justificó y legitimó una conciencia nacional legitimadora del accionar de los Estados Unidos en el continente entero, y que tuvo implicaciones directas tanto en las nuevas naciones que surgieron de España, como en las últimas posesiones coloniales de esta última.

Puedes leer más sobre esta materia en el siguiente artículo.

Notas

  1. TRUMP, Donald. Discurso ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 22 de septiembre de 2018.
  2. TOWER, Charlemagne. El Origen, significado y valor internacional de la Doctrina de Monroe. Folletos editados en castellano por la Dotación Carnegie para la Paz Internacional División de Derecho Internacional Núm. 1. Washington Estados Unidos, 1920. p. 16
  3. PARIS, Pedro. La Doctrina de Monroe. Tesis de Doctorado número 92. Universidad Central de Venezuela. Facultad de Ciencias Políticos. Caracas Venezuela, 1907. p. 27
  4. TOWER, Charlemagne.

De interés

Artículos Relacionados

Centro de preferencias de privacidad