jueves,18 agosto 2022
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Le confió ahorros de toda su vida en un producto complejo

El Santander, condenado a devolver más de un millón de euros a un anciano por engaño informativo

Redacción
El Banco Santander ha sido condenado a devolver más deun millón de euros a un anciano por engaño informativo para venderle un producto con el que captó todos sus ahorros. La defensa del anciano ha asegurado que la directora de la sucursal bancaria le vendió este producto complejo presentándoselo como uno similar a un depósito a plazo fijo, con una buena rentabilidad y con el capital garantizado, sin explicarle en absoluto la naturaleza ni los riesgos reales de la inversión que realizaba.
El cliente contrató este producto en 2007, en el que invirtió los ahorros de toda su vida, después de que en la sucursal se le presentara como uno similar a un depósito a plazo fijo. "No cabe duda de que los 'Valores Santander' deben calificarse como producto complejo y en todo caso como un producto especulativo, de alto riesgo, que puede ocasionar importantes pérdidas para quien lo adquiere", señala la sentencia.
 
El cliente, representado por el despacho Lean Abogados, era un anciano, que hoy tiene 85 años, sin apenas formación escolar y que, cuando contrató el producto que le ofrecía el banco, sufría secuelas que le había dejado un ictus cerebral sufrido un año antes.

 

La defensa del anciano ha asegurado que la directora de la sucursal bancaria le vendió este producto complejo presentándoselo como uno similar a un depósito a plazo fijo, con una buena rentabilidad y con el capital garantizado, y sin explicarle en absoluto la naturaleza ni los riesgos reales de la inversión que estaba acometiendo.

En el fallo, la Audiencia Provincial establece que "siendo complejo el producto colocado al apelante, la única forma de que éste pudiese obtener un correcto y completo conocimiento del destino de su inversión pasaba por la concurrencia de un triple requisito" totalmente olvidado por el Banco.

En primer lugar, se le debía de haber proporcionado información suficiente; después, que dicha información se le mostrase con claridad y fuese de fácil comprensión, y, por último, que el banco se cerciorase de que el cliente conocía el alcance de su inversión y que era conveniente de acuerdo con su perfil. El órgano judicial ha determinado que ninguna de estas tres condiciones se cumplió en el caso de este cliente.

 

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