jueves,18 agosto 2022
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Durante cinco años

Endesa desliga los salarios de la inflación por el nuevo convenio

Redacción
La representanción de la dirección de Endesa ha suscrito junto a la represenciación social de la empresas dos acuerdos que regularán el marco laboral de Endesa en España en los próximos años, anunció la compañía en una nota. Los acuerdos suscritos son el IV Convenio Colectivo Marco de Endesa y la Prórroga del Acuerdo Marco de Garantías para Endesa S.A. y sus empresas filiales eléctricas domiciliadas en España.

La firma del convenio colectivo, apoyado por unanimidad por los sindicatos UGT, CCOO y SIE, pone fin al proceso de negociación iniciado hace más de un año. Su vigencia será de cinco años, hasta el 31 de diciembre de 2017.

Por primera vez, este acuerdo ha sido sometido a referéndum entre los trabajadores de Endesa, que votaron a favor. Su contenido se centra en tres ejes, que son la flexibilidad, la productividad y la competitividad, con el objetivo de "asegurar el cumplimiento de los exigentes retos empresariales y el respeto de las condiciones laborales de los trabajadores". Estos objetivos son "necesarios para salvaguardar el empleo", señala Endesa.

En materia de flexibilidad laboral, se ha simplificado la clasificación profesional, dotándola de una estructura más clara y homogénea. Se aplica una nueva regulación en movilidad funcional, que dota de mayor agilidad y flexibilidad la relación laboral. Además, se regula de manera homogénea la movilidad geográfica, simplificando los procesos existentes.

Revisiones salariales desvinculadas de la inflación 

Los incrementos económicos se realizarán con criterios de eficiencia, ajustados al contexto económico y parcialmente vinculados a la productividad. Estos aumentos salariales se desvinculan de la inflación. Además, se definen nuevos importes en las tablas salariales para las nuevas incorporaciones, de acuerdo al entorno actual.

En una nota, UGT explica que se incluye una congelación salarial para el primer ejercicio de aplicación, 2013, y posteriores incrementos del 0,6% para 2014 y del 1% para 2015, 2016 y 2017.

De forma adicional, se fija un posible pago, no consolidable, vinculado al cociente del Ebitda entre el coste de la nómina en relación con el del año anterior, de forma que, siendo positiva la evolución, se entregue un 0,5% más cuando la diferencia esté entre el 0,01% y 9,99%, o un 1% cuando se sitúa entre el 10,0% y el 19,99%; o un 2% cuando la diferencia sea igual o superior al 20%.

Además, para 2015, 2016 y 2017 se establece un mecanismo para evitar que, en un entorno inflacionista, se pierda poder adquisitivo. En concreto, se fija una fórmula de revisión para el supuesto de que el cociente de dividir por 2 la suma del IPC real y del subyacente a impuestos constantes sea superior al 2%.

Meritocracia

El convenio fija tres sistemas de promoción, basados en la meritocracia, y quedan eliminados los procesos de mejora automática. En cuanto a la competitividad, vincula las políticas salariales a los resultados empresariales, a fin de adaptar las compensaciones a las expectativas y necesidades de los empleados con criterios más eficientes y racionales.

También se amplía y mejora el Plan de Igualdad existente en la compañía y se define el compromiso para realizar 250 contrataciones indefinidas hasta diciembre de 2017.

Endesa, señala UGT, mantiene las condiciones económicas para todos los trabajadores en plantilla a 31 de diciembre de 2013, pero las tablas salariales vigentes hasta ahora se reducen en un 14,5% para los trabajadores que entren a partir de dicha fecha.

Acuerdo de garantías

En cuanto al Acuerdo Marco de Garantías para Endesa y sus filiales domiciliadas en España, se amplía la vigencia del documento actual hasta el 31 de diciembre de 2018.

Esta prórroga implica el mantenimiento del empleo y de la ocupación efectiva, las garantía de los derechos económicos, de seguridad social y de previsión social complementaria para los trabajadores, y la creación de un mecanismo por el que la empresa podrá ofertar bajas voluntarias indemnizadas o suspensiones del contrato de trabajo a los empleados que se encuentren sin ocupación efectiva.

La aplicación de esta herramienta queda sujeta a la existencia de un acuerdo previo entre la empresa y el trabajador, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.

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