jueves,18 agosto 2022
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Guiño del Gobierno a más de 350.000 afectados

Fin del castigo fiscal a las daciones en pago y preferentes

Redacción
El Gobierno aprovechará la reforma tributaria para eliminar desde julio el castigo fiscal que sufren los afectados por la dación en pago —extinción de la hipoteca a cambio de entregar la vivienda— y los penalizados por las preferentes, según EL PAÍS. Este guiño del Gobierno va dirigido en el primer caso a unas 15.000 familias que sufren el problema cada año (casi 50.000 personas) y en el segundo a más de 300.000, en ambos casos objetos de protestas desde las organizaciones de consumidores.

Estas dos medidas están entre las novedades de la reforma fiscal que se conocerán hoy, después de que el Gobierno presentará el pasado viernes las líneas generales de la reforma fiscal que incluye como medida estrella una rebaja del IRPF para casi todos los contribuyentes. Hacienda ha reducido tanto los tramos como los tipos del impuesto. Ha previsto que la rebaja media será del 12,5% pero aún está pendiente que aclaren los cálculos. Entre las incógnitas sin desvelar aún están cómo quedará el mínimo personal —de 5.151 euros con carácter general y uno de los instrumentos que afectan a la progresividad del sistema—. También tiene que explicar qué hará con la reducción del rendimiento del trabajo (2.652 euros) que afecta a la cuota íntegra del IRPF.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) calcula que, según los datos de Banco de España, unas 15.000 familias (con esas casi 50.000 personas) se podrían beneficiar anualmente de este cambio fiscal que les permitirá ahorrarse unos 10.000 euros de media, mientras que los afectados por las preferentes fueron más de 300.000, aunque se ignora cuántos de ellos podrán beneficiarse.

Explica EL PAIS que, hasta ahora, quienes entregaban su inmueble para liquidar la deuda tenían que pagar al fisco por las plusvalías generadas tras la extinción de la hipoteca. El Gobierno ha decidido así aprovechar la reforma fiscal para aliviar el castigo que la normativa tributaria infringía a dos grupos de víctimas de la crisis económica de los últimos años. De un lado, los deudores hipotecarios que se veían obligados a entregar su casa por no poder pagar la hipoteca, pues la norma tributaria venía a interpretar que con la dación en pago lograban plusvalías y además de perder la vivienda tenían que pagar a Hacienda por ello. De otro, las víctimas de la inversión en preferentes, pues la norma restringía mucho la posibilidad de compensar sus pérdidas.

Hacienda ha llegado a la conclusión de que ese tratamiento fiscal no era el más apropiado y en ocasiones venía a agravar el drama que atravesaban algunos damnificados de la crisis. Por eso, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha decidido corregir esa situación en la reforma fiscal que el viernes estudió el Consejo de Ministros y que se conocerá hoy con mayor detalle.

La situación es especialmente sangrante en el caso de quienes se ven forzados a entregar su casa por no poder pagarla. Con carácter general, cuando un contribuyente ofrece su vivienda para saldar la deuda hipotecaria ante la imposibilidad de afrontar el pago, Hacienda interpreta que obtiene una ganancia sujeta al IRPF si el valor total de la deuda pendiente que se cancela supera el valor de adquisición de la vivienda. Esta ganancia se integra en la base imponible del ahorro, al derivarse de la transmisión de un inmueble por el contribuyente. El Gobierno ya dio un primer paso al declarar exenta del IRPF esa ganancia patrimonial en las daciones en pago de hipotecas para compra de vivienda habitual de los contribuyentes situados en el llamado “umbral de exclusión”.

Pero la restrictiva definición de ese umbral (con límites de renta, exigencia de que todos los miembros de la familia estuvieran en paro o fueran inactivos y otros requisitos) dejaba fuera a muchos supuestos en que el contribuyente no solo perdía su casa sino que además tenía que pagar impuestos por unas plusvalías que solo eran reales en los ordenadores de Hacienda. Ahora, esa supuesta ganancia patrimonial se declarará exenta aunque los afectados no estén en el umbral de exclusión, según fuentes conocedoras de la reforma.

Las situaciones potenciales de aparente injusticia son tan clamorosas que el Gobierno está estudiando no esperar a que el grueso de la reforma entre en vigor en 2015, sino que se plantea aprobarlo por decreto, junto a otras medidas tributarias, para que se aplique ya desde julio, como en el caso de las rebajas a parte de los autónomos.

Caso de las preferentes

En el caso de los afectados por preferentes, Hacienda ha decidido que los rendimientos de capital negativos de participaciones preferentes podrán servir para compensar ganancias patrimoniales que tengan los afectados por otras actividades.

Con el régimen actual, cuya interpretación dejó clara la Dirección General de Tributos, en el canje de preferentes tributaba de manera diferente la quita impuesta por Bruselas y la posterior ganancia o pérdida patrimonial por la venta de las acciones recibidas. A efectos prácticos, en casos como Bankia, donde las acciones han subido con fuerza tras el canje por las preferentes (que incluían una quita), podría darse el caso de que un contribuyente no tuviera cómo deducir las pérdidas de las preferentes y sí se viera obligado a tributar por las plusvalías de la venta de las acciones que en realidad lo que hacen es reducir las pérdidas originales. Eso es lo que se trata de evitar.

 

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