jueves,18 agosto 2022
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Menos burocracia para el IMV y 2º Plan de Cambio Climático

La ley del teletrabajo,ya en el BOE,entra en vigor en 20 días, tras presentarla como vanguardia EU

Redacción
El Boletín Oficial del Estado púbica este miércoles la ley del teletrabajo,que entra en vigor en 20 días aunque no se aplique en muchos casos durante la pandemia ni a funcionarios. El Ejecutivo la presentó como herramienta de modernización, productividad y vanguardia europea. Será voluntario y con derecho a la desconexión. El mismo Consejo de Ministros simplificó los trámites que han frenado el acceso al ingreso mínimo vital (IMV) y aprobó el II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático.

La reunión del Gobierno aprobó este martes previamente el texto del Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia que aticipó en su integridad Ibercampus.es al ser consensuado finalmente el lunes por el Ministerio de Trabajo, UGT, CCOO, CEOE y CEPYME de forma paralela al pacto para los tres millones de empleados públicos entre el Ministerio de Función Pública y CCOO, UGT y CSIF, cuya regulación demoró el mismo Consejo de Ministros y retrasarán aun más el resto de las administraciones tras teletrabajar durante el estado de alarma más del 20% acordado en primavera con los sindicatos y ampliarse luego a más del 30% de empleadas y empleados de la Administración Central del Estado

El teletrabajo, cuya regulación fue sometida a consulta pública en junio, queda definido como aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo. 

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, afirmó que esta normativa supondrá un cambio de paradigma en las relaciones laborales en nuestro país y en la metodología productiva: Es un auténtico proceso de modernización y nos coloca en la vanguardia de las legislaciones europeas, precisó, aun cuando el Banco de España ha documentado que España es uno de los últimos países europeos en aplicación efectiva del teletrabajo, al urgir como nunca mejor educación para superar las crisis actuales y más desigualdad, si bien hace 25 años, un grupo de investigadores bajo la dirección del profesor y consejero de Ibercampus.es Gustavo Matías realizaron en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) un amplio informe para el Ministerio de Economía y Hacienda, cuyo resumen apareció en 1998, aunque el Gobierno hizo poco caso. Asimismo, como indica el texto del Decreto Ley publicado este miércoles en el BOE, En el ámbito comunitario, la Confederación Europea de Sindicatos (CES), la Unión de Confederaciones de la Industria y de Empresarios de Europa (UNICE), la Unión Europea del Artesanado y de la Pequeña y Mediana Empresa (UNICE/UEAPME) y el Centro Europeo de la Empresa Pública (CEEP), firmaron, ya en el año 2002, el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo, suscrito por los interlocutores sociales europeos en julio de 2002 y revisado en 2009, a fin de dar más seguridad a los teletrabajadores y las teletrabajadoras por cuenta ajena en la UE.

Decreto Ley publicado este miércoles en el BOE,

Texto íntegro del Decreto Ley publicado este miércoles en el BOE

Díaz reconoció que había un vacío legal al respecto, ya que la única referencia al trabajo a distancia estaba en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. La ministra ha señalado que, a pesar de ello, y de no gozar de las condiciones necesarias, más de tres millones de trabajadores han estado teletrabajando durante la pandemia, demostrando que esta modalidad aumenta la productividad "y sin duda, aumentará también la competitividad de la economía española".

La ministra agradeció la implicación de los agentes sociales en la negociación para acordar esta nueva regulación y sus aportaciones a una cuestión "técnicamente compleja".

Voluntariedad y derecho a la desconexión

Yolanda Díaz explicó que el trabajo a distancia tendrá carácter voluntario. Esta modalidad no podrá ser impuesta ni por el empresario ni por el trabajador, y el acuerdo al que se llegue al respecto será reversible.

La ministra destacó que este ejercicio de la reversibilidad, así como la negativa a trabajar a distancia o las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia -exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia- no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Los gastos vinculados al desempeño del trabajo a distancia -equipos, herramientas, medios y consumibles- serán a cargo de la empresa. El lugar que se elija para trabajar a distancia no tendrá por qué ser necesariamente el domicilio del trabajador, y quedará garantizado el derecho a la desconexión. "El acuerdo que rija la relación laboral fijará el tiempo de disponibilidad y se respetarán los derechos de registro horario y conciliación", ha explicado Díaz.

La ministra ha afirmado que los derechos laborales serán los mismos en las modalidades presencial y a distancia -formación, promoción, prevención de riesgos laborales y del acoso laboral o sexual, entre otros- y que el mecanismo de representación colectiva se adaptará a la nueva realidad digital.

La norma contempla un plazo de 20 días tras su entrada en vigor para que las empresas puedan adaptar las nuevas condiciones a sus usos de organización.

En el Real Decreto-ley se contempla también la prórroga para el Plan MeCuida hasta el 31 de enero de 2021.

Teletrabajo en las Administraciones Públicas

Por su parte, la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, ha adelantado que próximamente el Consejo de Ministros aprobará la regulación del teletrabajo para los más de tres millones de empleados de públicos de las distintas administraciones, tras haberse acordado los términos en la Conferencia Sectorial de Administración Pública y la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

 

Resumen del Acuerdo Tripartito de Trabajo a Distancia efectuado por la CEOE

Según el texto que la patronal CEOE ha distribuido a sus empresas asociadas, este es el resumen de contenidos del acuerto tripartito son sindicatos y Gobierno:

o El capítulo I establece:

– El ámbito de aplicación, incluyendo el trabajo a distancia que se preste, en un  periodo de tres meses, un mínimo del treinta por ciento de la jornada.

– Las definiciones de trabajo a distancia, teletrabajo y trabajo presencial.

– Las limitaciones y supuestos excluidos, dando cabida al trabajo de menores y en  contratos formativos, siempre que al menos un 50% de la jornada sea presencial.

– El principio de igualdad y no discriminación, respecto al trabajo presencial, salvo  aquellos derechos inherentes al desarrollo del trabajo en el centro de trabajo de la  empresa.

o El capítulo II regula básicamente:

– El acuerdo de trabajo a distancia, con su contenido mínimo, las obligaciones  formales -forma escrita, copia básica y registro en los servicios públicos de  empleo-, destacando el carácter voluntario para ambas partes.

– El ejercicio de la reversibilidad, sometido a la voluntariedad y el acuerdo, el carácter acordado de las modificaciones del acuerdo individual de trabajo a  distancia, la ordenación de las prioridades de acceso al trabajo presencial -limitado  a los casos de trabajo a distancia desde el inicio de la relación laboral a jornada  completa-, así como la remisión a la negociación colectiva en el procedimiento,  criterios y preferencias para dicha reversibilidad. 

o El capítulo III desarrolla la igualdad de derechos: 

– Derechos vinculados a la carrera profesional -promoción y formación-.

– Derechos relativos a la dotación y mantenimiento de medios, equipos y  herramientas y al abono y compensación de gastos, estando a lo acordado en el  acuerdo individual y, en su caso, en la negociación colectiva.

– Derechos sobre el tiempo de trabajo: horario flexible, sometido a lo previsto en el  acuerdo individual o en la negociación colectiva, y registro horario en los mismos  términos que en el trabajo presencial.

– Derechos a la prevención de riesgos laborales, resolviendo la ausencia de permiso  para la visita del domicilio de la persona trabajadora mediante la determinación de  los riesgos a través de la información recabada del trabajador, según las  instrucciones del servicio de prevención.

– Derechos relacionados con el uso de medios digitales y ejercicio del derecho a la  desconexión, a definir por la empresa con la participación o audiencia de la RLT,  respectivamente, sin perjuicio del papel que pueda desarrollar la negociación  colectiva.

Derechos colectivos de las personas que trabajan a distancia, donde la  negociación colectiva podrá establecer las condiciones para garantizar el ejercicio  de tales derechos.

o El capítulo IV recoge las facultades de organización, dirección y control empresarial  en el trabajo a distancia, incluyendo la protección de datos y seguridad de la  información y el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y  deberes laborales.

o Las disposiciones adicionales, primera y segunda, se refieren al papel  complementario o dispositivo de la negociación colectiva y la regulación del trabajo a  distancia para el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.

o La disposición transitoria primera:

– Preserva los convenios y acuerdos colectivos durante su vigencia y si esta no  estuviera definida, durante un año, prorrogable hasta tres por acuerdo.

– Los acuerdos individuales, no derivados de acuerdos o convenios colectivos,  tendrán un plazo de tres meses para formalizarse o adaptarse a la nueva  regulación.

o La disposición transitoria segunda prevé un régimen transitorio respecto del personal  descrito en la adicional segunda.

o La disposición transitoria tercera excluye de la aplicación de la norma el teletrabajo  de la COVID, teniendo que aportar las empresas medios, equipos, herramientas y  consumibles y dejando a la negociación colectiva la compensación, en su caso, de  gastos.

o La disposición final primera básicamente deroga el artículo 13 del ET, sobre trabajo a  distancia.

o La disposición final segunda establece un procedimiento judicial especial aplicable a  las reclamaciones sobre acceso, reversión y modificación del trabajo a distancia. 

o La disposición final tercera modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden  Social para tipificar como infracción grave la referida al incumplimiento de la  obligación de formalizar el acuerdo de trabajo a distancia.

o La disposición final cuarta recoge el título competencial bajo el que se dicta el Real  Decreto-ley.

o La disposición final quinta prevé su entrada en vigor a los veinte días de su  publicación.

Simplificación de los trámites para el Ingreso Mínimo Vital

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros

Moncloa/JM Cuadrado

El Ejecutivo ha acordado la modificación del Real Decreto 20/2020, por el que se establece un Ingreso Mínimo Vital (IMV), para agilizar la tramitación y concesión de esta prestación, tras el escándalo generado por su excesiva burocracia y tras admitir el ministro Escrivá que solo cobran el mínimo vital 1 de cada 10 solicitantes .El Ingreso Mínimo Vital español, aprobado sin votos en contra, con la sola abstención de Vox

Una de las medidas es la eliminación del requisito previo de inscripción de los solicitantes en los servicios públicos de empleo: "Será una obligación a posteriori que se podrá cumplimentar en los seis meses siguientes al reconocimiento de la prestación", ha dicho Montero.

Se suprime también documentación a aportar por los solicitantes, que será obtenida por la Administración a través del cruce de los datos del padrón, y se facilitará que los beneficiarios actuales de ingresos mínimos por parte de comunidades autónomas pasen a serlo también del IMV.

Asimismo, ha continuado la portavoz, se amplía hasta los seis meses el plazo para resolver las solicitudes y se garantiza la tramitación de todas las recibidas hasta la actualidad. Tanto estas como las que se presenten hasta final de año tendrán efectos económicos retroactivos desde el 1 de junio, si en esa fecha se cumplían todos los requisitos.

II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático

El Consejo de Ministros ha aprobado el segundo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) 2021-2030, uno de los compromisos contenidos en la Declaración del Gobierno ante la emergencia climática y ambiental del pasado 21 de enero.

Los objetivos de este Plan son, ha citado la portavoz, "construir un país menos vulnerable, más seguro y resiliente a los impactos y riesgos del cambio climático, y capaz de anticipar, de responder y de adaptarse a un contexto de clima cambiante".

Concretamente, el Plan contiene 81 líneas de acción organizadas en 18 ámbitos de trabajo como los de salud humana, agua y recursos hídricos, patrimonio natural, biodiversidad y áreas protegidas, costas y medio marino, protección forestal, lucha contra la desertificación, agricultura y ganadería o seguridad alimentaria.

Ayudas para contratos de investigadores predoctorales

Sala de prensa durante las comparecencias tras el Consejo de Ministros

Moncloa/JM Cuadrado

El Gobierno ha autorizado a la Agencia Estatal de Investigación a convocar, en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, hasta 1.101 ayudas para contratos predoctorales, por un importe superior a los 108 millones de euros.

Estas ayudas son por cuatro años y están destinadas a que los investigadores predoctorales realicen sus tesis doctorales en proyectos de investigación de grupos con solvencia científica y académica pertenecientes a universidades y organismos públicos de investigación y otros centros de investigación.

El impulso a la ciencia, ha afirmado Montero, es "imprescindible para salir de esta situación de la pandemia sanitaria y seguir conquistando cotas de valor añadido e innovación en nuestro tejido productivo".

Declaraciones institucionales

El Ejecutivo ha aprobado una Declaración internacional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños, que se celebra el 23 de septiembre, y una Declaración Institucional para reiterar el compromiso del Gobierno con los objetivos de la Agenda 2030en el quinto aniversario de su aprobación, el 25 de septiembre de 2015, por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Montero ha asegurado que erradicar la explotación sexual y la trata, que afectan especialmente a las mujeres -el 80% de las víctimas- es una tarea prioritaria para el Gobierno.

Grupo COVID-19 para la Comunidad de Madrid

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

 Moncloa/JM Cuadrado

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, se ha referido al acuerdo alcanzado este lunes, tras una reunión entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, para crear un espacio de cooperación que permita tomar medidas específicas para frenar la expansión del COVID-19 en esta comunidad autónoma.

Illa ha afirmado que la reunión ha sido "muy positiva para actuar con determinación y tomar el control", y la ha enmarcado en la "relación constante, permanente y fluida" que mantiene el Gobierno con las comunidades autónomas para la gestión de la pandemia.

El ministro ha explicado que  se celebró la primera sesión de trabajo del Grupo COVID-19creado al efecto, en el que él participa junto a la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, el vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio Aguado, y el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.

Illa ha señalado que este Grupo cuenta con dos unidades técnicas de apoyo, que también han comenzado a reunirse, y que tendrá un portavoz técnico único, todavía sin designar.

Asuntos de actualidad

La portavoz del Gobierno ha anunciado que el presidente, Pedro Sánchez, viajará mañana a Bruselas para mantener reuniones bilaterales previas a la reunión extraordinaria, jueves y viernes, del Consejo Europeo. En la cumbre, ha avanzado Montero, se abordarán cuestiones como la relación de la Unión Europea con Turquía y China, el mercado interior y la Agenda Digital.

Montero ha señalado que los recursos que lleguen desde Europa para la recuperación frente a las consecuencias económicas y sociales del COVID-19 (Próxima Generación UE) deben ser aprovechados a través de unos Presupuestos Generales del Estado actualizados y adaptados a la actual realidad económica.

"Necesitamos salir del bloqueo presupuestario en el que nos encontramos desde hace ya dos años", ha manifestado, y ha hecho un llamamiento a todas las fuerzas políticas para conseguir aprobar unas nuevas cuentas.

 

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