jueves,18 agosto 2022
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Incluido en la reforma fiscal

Las becas de fundaciones bancarias y entidades solidarias, exentas de IRPF

Redacción
Las becas concedidas por entidades sin ánimo de lucro o por fundaciones bancarias estarán exentas de pagar Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), lo mismo que no deberá abonarse el IVA sobre el servicio de atención a menores durante las horas de comedor escolar o guardería fuera del horario ordinario.

Así ha quedado recogido en la reforma fiscal, que este miércoles ha superado su tramitación en el Congreso con la aprobación de los proyectos de ley de IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA por parte de la Comisión de Hacienda que, al contar con competencia legislativa plena, enviará los tres textos al Senado para que continúe su tramitación.

Finalmente, se han incorporado a los textos originales la treintena de propuestas ´populares´, una enmienda del PNV y once transaccionales. De ellas, tres afectan al proyecto de IRPF, cuatro al de Sociedades y otras cuatro al de IVA. Todas han sido pactadas con CiU salvo una, que se ha acordado con la formación ´jeltzale´. De este modo, la reforma tributaria ha salido adelante únicamente con los votos del PP y la abstención de nacionalistas catalanes y vascos, frente al rechazo del resto de grupos.

Deducciones en IRPF

Entre los cambios más destacables que se han incorporado al proyecto de ley del IRPF destaca la decisión de que las becas concedidas por entidades sin fines lucrativos y fundaciones bancarias estén exentas del tributo.

Además, se elimina el límite del 50% en la deducibilidad de las aportaciones a contratos de seguros concertados con mutualidades de previsión social, que ahora podrán desgravarse hasta la cuota máxima por contingencias comunes fijada en cada ejercicio.

Por otra parte, se retrasa en dos años los plazos de aplicación del régimen transitorio previsto para las prestaciones derivadas de los contratos de seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones.

Así, se podrá aplicar este régimen a las contingencias acaecidas entre 2011 (en lugar de 2009) y 2014 si las prestaciones se han percibido hasta el octavo ejercicio siguiente. Si las contingencias han tenido lugar a partir de 2010 (y no de 2008) el régimen transitorio se aplica a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018, dos años más de lo previsto inicialmente.

También se han incluido algunas aclaraciones relativas a cómo deben regularizar su situación los jubilados que cobran pensiones en terceros países y que no las han declarado en el IRPF, y se ha aprobado que la Agencia Tributaria pueda aportar un borrador meramente informativo para el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

En relación con el IVA, se ha aceptado eximir de su pago a los servicios de atención a los niños en los centros docentes durante el tiempo interlectivo de comedor escolar o en aulas en servicio de guardería fuera del horario escolar.

A propuesta del PP, se ha decidido incluir como sujeto pasivo a los empresarios o profesionales para quienes se realicen entregas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales independientemente del coste total de la operación, eliminando así el suelo de 5.000 euros que incluía el proyecto original, para evitar imponer costes excesivos de gestión.

Además, se actualiza el apartado que regula la exención del IVA para las entregas sin contraprestación de impresos u objetos de carácter publicitario, para precisar en euros la cantidad a partir de la cual la entrega de objetos publicitarios sí está sujeta a IVA. En este sentido, se aprovecha también para duplicar esa cifra, que pasa de las 15.000 pesetas vigentes hasta ahora a 200 euros, que equivalen a más de 33.000 pesetas.

Asimismo, y entre otras enmiendas de carácter más técnico, el PP también ha aceptado un cambio para precisar cuándo se considera un grupo fiscal en el caso de que la entidad esté sometida a la normativa foral vasca o navarra.

En el ámbito del Impuesto Especial de la Electricidad se introduce un 85% de reducción de la base imponible del Impuesto Especial sobre la Electricidad para los riegos agrícolas y mantiene en el 25% el tipo de Sociedades para las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.

Sin embargo, finalmente no se ha aceptado ninguna enmienda para mejorar el régimen del IVA de caja, a pesar de que el propio ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció en sede parlamentaria que así se haría dada la baja incidencia que esta medida ha tenido entre las empresas españolas que potencialmente se podían beneficiar de ella.

Del mismo tenor es también la enmienda aceptada al PNV al proyecto de ley del Impuesto de Sociedades, que constituye una aclaración técnica sobre cuándo una entidad residente en los territorios vasco o navarro forma parte o no de un grupo fiscal.

No obstante, entre los cambios más importantes en Sociedades destaca la decisión de obligar a los partidos políticos a declarar la totalidad de sus rentas, incluidas las exentas, como ya se exige a las instituciones sin ánimo de lucro, uniones y federaciones de cooperativas, colegios profesionales, asociaciones empresariales, mutuas o sindicatos.

También se ha decidido no permitir que se aplique la exención para rentas positivas prevista para evitar la doble imposición a "aquella parte de las rentas derivadas de la transmisión de una participación en una agrupación de interés económico española o europea que no se corresponda con un incremento de beneficios no distribuidos generados por la entidad participada durante el tiempo de tenencia de la participación".

Con respecto al sistema de inscripción contable de elementos patrimoniales amortizables a efectos fiscales, se señala que las rentas negativas se integrarán "con carácter previo a dichas circunstancias", en los periodos impositivos que restaran de vida útil a los elementos transmitidos, en función del método de amortización utilizado".

Fuera del proyecto de ley del Impuesto de Sociedades ha quedado finalmente una enmienda presentada por el PNV relativa a la actualización de balances voluntaria que el Gobierno aprobó en diciembre de 2012.

Según el portavoz económico de los nacionalistas vascos, Pedro Azpiazu, el Gobierno había negociado con ellos el texto y se había comprometido a aprobarlo. Finalmente no ha sido así, aunque los ´populares´ se habrían comprometido, según ha dicho, a recuperar esta propuesta en el Senado.

En concreto, se trata de que quienes se acogieron a esa actualización de balances puedan detraerse de la cuota líquida a pagar por Sociedades un importe equivalente al 2% en 2015 y al 5% en 2015 y periodos impositivos siguientes por amortización del incremento neto de valor resultante de dicha actualización, en relación con elementos patrimoniales que sigan en su patrimonio.

El objetivo, según el PNV, es dar seguridad jurídica a quienes se acogieron voluntariamente a la medida y no duplicar su coste fiscal. Así, se permitiría que los importes no aprovechados en un periodo impositivo puedan ser detraídos de la cuota líquida a pagar de los ejercicios siguientes, siempre y cuando la cuota no resulte negativa.

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