jueves,18 agosto 2022
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El IBEX-35 y los 7 gigantes de Internet, objetivo del G-5

Las empresas grandes tendrán más difícil evitar los impuestos desde el 2017

Redacción
Los Gobiernos de los cinco mayores países de la Unión Europea (España, Alemania, Francia, Italia y Reino Unido, llamados el G-5 o grupo de los cinco) se comprometieron ayer a terminar desde el 2017 con la evasión fiscal por parte de las empresas que llevan su facturación a países donde los tributos son más bajos, entre ellos los grandes gigantes tecnológicos Apple, Google, Amazon, Facebook, eBay, Microsoft y Yahoo.

El objetivo es terminar desde el 2017 con prácticas como la transferencia de precios entre países, los híbridos, el abuso de tratados u otras medidas de planificación fiscal internacional que siguen cada día mayor número de empresas, pero que solo entre los siete gigantes de Internet han llevado a reducir la declaración de sus beneficios en España a apenas un millón de euros. En efecto, el impuesto sobre beneficios declarado para el ejercicio 2012 por Apple, Google, Amazon, Facebook, eBay, Microsoft y Yahoo sumó exactamente 1.251.608 euros.

Para acabar con esas prácticas de planificación financiera internacional que cada vez siguen más empresas, entre ellas las 35 grandes del IBEX español, el G-5 ha acordado reforzar su compromiso con la lucha contra el fraude fiscal y el intercambio de información tributaria, tras una reunión de alto nivel celebrada en París y concretando un acuerdo alcanzado recientemente por 44 países. Al término de la misma, los ministros de Finanzas y/o Economía de los cinco países (Luis de Guindos, Wolfgang Schäuble, Michel Sapin, Pier Carlo Padoan y George Osborne) han suscrito un comunicado conjunto sobre fraude y evasión fiscal, y una declaración conjunta sobre intercambio de información tributaria.

Seis tipos de avances

El G-5 muestra en el comiunicado final su apoyo al proyecto BEPS (Base Erosión and Profit Shifting, en inglés) de la OCDE, ya ratificado por el G-20, para evitar la erosión de bases imponibles a escala internacional y la transferencia artificial de beneficios empresariales. El G-5 entiende que deben incluirse en el proyecto una serie de propuestas:

1. Economía digital. Se trata de un área dinámica en la que se han desarrollado nuevos modelos empresariales. Los países en donde las empresas relacionadas con la economía digital desarrollan sus actividades deben poder obtener una parte proporcional de la recaudación fiscal ligada a las mismas.

2. Precios de transferencia. Los llamados ´precios de transferencia´ establecen la valoración de las transacciones realizadas entre entidades vinculadas en diferentes países. El G-5 cree necesario revisar las normas sobre precios de transferencia para asegurar que los beneficios se gravan donde se produce la creación de valor. Una parte del trabajo se llevará a cabo sobre los llamados intangibles que, dado su elevado valor su difícil valoración y el hecho de ser fácilmente deslocalizables, pueden ser utilizados para desviar bases imponibles y minimizar la tributación. Se trataría de poder recaracterizar o recalificar las transacciones cuando una operación vinculada no tiene otro sentido que obtener una ventaja fiscal. La recaracterización implicaría cambiar la calificación de una transacción de manera que se trate la operación como si la hubiesen realizado empresas independientes (no vinculadas).

3. Híbridos. El G-5 está de acuerdo en acordar reglas contra los efectos de ciertos instrumentos que, dada su naturaleza de híbridos (tienen un tratamiento distinto en un país de otro), pueden dar lugar a situaciones de "doble no imposición" (desimposición). 

El ejemplo más típico es un instrumento que es considerado como deuda en un país y como fondos propios en otro; los abusos se producen cuando este instrumento se utiliza para obtener deducciones por intereses en el país en el que se considera que es deuda, y dividendos exentos de gravamen en el país en el que se consideran que son fondos propios.

4. Abuso de tratados. El G-5 considera que los beneficios de los convenios para evitar la doble imposición entre dos países deben ser denegados en los casos en los que se demuestre que los contribuyentes estén abusando de los mismos. El objetivo es evitar que se consigan indebidamente los beneficios contenidos en un convenio y, por tanto, reducir la carga impositiva sin que la transacción tenga motivos económicos válidos.

Un ejemplo es el caso de una matriz en el Estado A sin convenio aplicable con el Estado X. La matriz tiene derecho a recibir un canon en el Estado X. La matriz constituye una filial en B, que es un Estado con convenio con X, y transfiere a la filial el intangible que da derecho a obtener el canon para que se beneficie del convenio entre B y X.

5. Foro de Prácticas Fiscales Perjudiciales. El G-5 cree necesario que continúe el trabajo del Foro, especialmente sobre regímenes preferenciales y en materia de transparencia. Se trata de revisar medidas tributarias de los Estados que puedan ser perjudiciales por atraer bases imponibles de otros países. El trabajo se ampliará a los "rulings" (o consultas a medida) elaboradas por determinados países.

6. Información "país por país". El G-5 considera relevante realizar este tipo de informes, que incluyan tanto información fiscal como otro tipo de información necesaria para poder realizar análisis de riesgos. Se trata de que los Estados reciban la información de las multinacionales sobre cómo reparten su carga tributaria en distintos países. El objetivo es detectar los casos en los que una empresa realiza un reparto de su carga impositiva desviándola artificialmente de donde se crea valor.

Ámbito europeo

El G-5 considera que todo este tipo de iniciativas relacionadas con la erosión de bases imponibles deben extenderse especialmente en el ámbito de la Unión Europea por ser un espacio en el que tiene limitada la fiscalidad sobre los pagos trasfronterizos. De esta forma, el G-5 reclama expresamente a la Comisión Europea, en el comunicado conjunto, que inicie cambios legislativos sobre las directivas comunitarias relacionadas con la fiscalidad empresarial, con el ánimo de evitar esquemas de planificación fiscal agresiva.

En este sentido, recuerda la labor del grupo de expertos de alto nivel de la UE sobre fiscalidad de la economía digital, cuyos trabajos serán presentados a mediados de 2014.

Información automática y estandarizada

El G-5 ha emitido también una declaración conjunta en el que refuerza su compromiso a favor de la extensión a nivel internacional de un modelo de intercambio de información tributaria, de forma automática y estandarizada. El compromiso parte del proyecto piloto puesto en marcha precisamente hace un año por el G-5, siguiendo el modelo de acuerdo FATCA adoptado por estos cinco países con EEUU. Hasta el momento otras 39 jurisdicciones de todo el mundo han hecho público ya su compromiso con este modelo, que sigue también los estándares de la OCDE.

En este sentido, el G-5 anuncia hoy que este compromiso político se plasmaría en una firma conjunta que se celebrará a tiempo del Foro Global que tendrá lugar en octubre próximo en la ciudad alemana de Berlín. Tras la firma, los países y territorios firmantes se comprometen a intercambiar información fiscal de forma homologada y automática, a partir de 2017. El intercambio afectará ya a cuentas que estén abiertas a finales de 2015.

El G-5 considera que la firma supondrá un paso fundamental en la lucha contra el fraude tributario y la evasión fiscal y, por ello, anima al resto de países y centros financieros a sumarse a la iniciativa.

En la misma, línea el G-5 saluda también otros tipos de iniciativas normativas que van en la línea de la mejora del intercambio de información tributaria, como son la reforma de la directiva del Ahorro y de la Directiva de Cooperación Administrativa. Está prevista que esta última directiva sea adoptada a finales de 2014, tal y como se comprometió el Consejo Europeo del 20 y 21 de marzo pasado. Ello permitirá la integración del nuevo estándar global de intercambio de información en el derecho comunitario.

Listado de jurisdicciones

Los 44 países y jurisdicciones que, hasta ahora, han alcanzado el compromiso de intercambio de información automático y estandarizado son los siguientes: Argentina, Bélgica, Bulgaria, Colombia, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malta, México, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia y Reino Unido. Asimismo, las dependencias de la Corona del Reino Unido de Isla de Man, Guernsey y Jersey, y los territorios de ultramar del Reino Unido de Anguila, Islas Bermudas, Islas Vírgenes Británicas, Islas Caimán, Gibraltar, Montserrat e Islas Turcas y Caicos.

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