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El empleo de universitarios suma 30% y en Madrid más del 35%

Las profesiones no deben autoregularse, según CNMC, que debate su guía para consumidores sin éstos

Redacción / 17-4-2021, actualizada 23-4-2021
Al informar la transposición en España de la última norma europea que modificará la regulación de los servicios profesionales, Competencia aclara que los colegios profesionales no son autoridades competentes para regular a las profesiones. En España hay medio centenar de profesiones organizadas en colegios profesionales, principalmente en Madrid. En toda España suman cerca de 4,8 millones los profesionales ocupados, 22,1% de Madrid, el doble en puestos directivos o vinculadas a la información.

La Comisión de Competencia (CNMC) presentó además este lunes su primera “Guía sobre los beneficios de la competencia para los consumidores: preguntas y respuestas” en un acto cerrado al público y sin la intervención de oganizaciones de consumidores.  Destinada a explicar la importancia de la competencia para los consumidores, el acto sólo contó con autoridades entre sus oradores: el ministro de Consumo, Alberto Garzón, el presidente del Consejo de Consumidores y Usuarios, Carlos Ballugera, y la propia presidenta de la CNMC, Cani Fernández, además de la presentación a cargo del Director de Promoción de la competencia de la CNMC, Joaquín López Vallés

 

La guía pretende servir como material de referencia para cualquier ciudadano que tenga interés por saber cómo funcionan los mercados y porqué la existencia o no de competencia marcará aspectos como los precios, la variedad y la calidad de los productos y servicios que adquiere en su día a día. Además, determinará, entre otros, los recursos que dedican las empresas a la innovación y el desarrollo. Su presentación  ha coincidido con noticias como la apertura de un expediente a Audax Renovables por "engaño y confusión", el visto bueno al operador de Elon Musk para ofrecer internet en España, la denuncia a Booking ante la CNMC por abuso de posición dominante, la investigación a Iberdrola por posibles irregularidades al contratar clientes,  y su aval a la legalidad de la utilización de sus vehículos de transporte de pasajeros como Cabify y Glovo 

 

El documento se estructura en forma de “pregunta/respuesta” y se apoya en ejemplos prácticos, con distintos casos reales de empresas y de Administraciones Públicas, que facilitan la comprensión del contenido. Asimismo, en el canal de Youtube y en la web de la CNMC, se han incluido una serie de vídeos e infografías que pueden ayudar a estudiantes y docentes a la hora de aproximarse a disciplinas relacionadas con la competencia y la regulación de los mercados, cuyas últimas noticias afectan a sectores regulados donde hay pendientes de resolución en diversas instancias más de un millón de denuncias de consumidores, que suelen tener escaso eco:

– Las conexiones de fibra óptica hasta el hogar (FTTH) alcanzaron los 11,7 millones de líneas a finales de febrero. Ese mes se perdieron líneas, tanto en telefonía móvil como en fija y los cambios de operador volvieron a sumar cifras elevadas: 653.025 números móviles y 202.632 números fijos.

-La CNMC aprobó la fusión por absorción Caixabank/Bankia y otras seis operaciones de concentración

– La televisión de pago superó la barrera de los 8 millones de abonados en el último trimestre de 2020. En cambio, los ingresos totales de los servicios de televisión cayeron cerca de un 10% en 2020. 

– La CNMC ha multado con 600.000 euros a la comercializadora por no prestar las garantías exigidas por Red Eléctrica.

El informe de mayor relevancia es sin embargo sobre la transposición de la normativa que modificará la regulación de los servicios profesionales, prestados en España por casi 5 millones son universitarios, que suman el 30% del empleo total, aunque en Madrid superan el 35% (ver su evolución de los últimos años en el gráfico superior). Son a ellos a quienes afectan especialmente las elecciones del 4 de mayo en Madrid y esta interpretación de la  Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC), cuyo dictamen considera los servicios profesionales un elemento de gran importancia en la construcción y adecuado funcionamiento del mercado único.La nueva Directiva europea que pretende regularlos surge como consecuencia del riesgo de fraccionamiento del mercado interior debido a la diversidad de regulaciones nacionales, que han dado lugar a diferentes dictámenes de las autoridades de Competencia.

La española ya ponía de manifiesto en su informe de 2013 (IPN/110/13) que el sector de los servicios profesionales en España generaba cerca del 9% del PIB, representando en torno al 6% del empleo total y al citado 30% del empleo universitario. Los profesionales de Madrid generan el 23,4% de PIB regional y 1 de cada 3 empleos madrileños, según un reciente informe de la Unión Interprofesional de 36 Colegios sectoriales (ver aquí su texto íntegro) diciendo que los 1.058.156 profesionales activos madrileños generan una renta anual de 53.750 millones de €, equivalentes al 23,4% del PIB regional y al 4,7% del nacional. Se trata además de un colectivo bastante estable, pues incluso en la crisis de empleo registrada de 2009 a 2013 y previa a la actual con el COVID-19 se mantuvo por encima del millón de ocupados en Madrid, representando siempre en torno al 35% del total del empleo regional, en 2018  el 35,4% de los 2,99 millones de ocupados madrileños. Ello es porque Madrid se beneficia de un “efecto sede” en el empleo profesional, con mayor peso de las ocupaciones directivas tanto del Sector Privado como en la Administración Pública. Ese efecto se nota también en el papel de la región como centro de desarrollo de las TICs, al concentrar el 41% de las tales ocupaciones profesionales y otras ocupaciones, como las del sector de la comercialización, o los abogados  y economistas ( las licenciaturas más numerosas del 7ltimo siglo en España) o los profesionales de las ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías. Todas estas ocupaciones superan ampliamente el 20% del total nacional de su colectivo.

Los intereses de los servicios profesionales frenan el mercado único

La prestación de servicios profesionales constituye según el último informe de Competencia (difundido este viernes aunque se aprobó hace un mes ) un elemento de gran importancia en la construcción y adecuado funcionamiento del mercado único. Para ello, es esencial que las normas que regulan el acceso o el ejercicio de las profesiones reguladas no supongan un obstáculo injustificado o desproporcionado al ejercicio de las libertades fundamentales (libertad de establecimiento, libre circulación de trabajadores y libre prestación de servicios).

En virtud de esas libertades, en los últimos años la Comisión Europea ha adoptado diversas iniciativas para reforzar la sujeción a los principios de buena regulación, así como mejorar el reconocimiento de cualificaciones entre Estados miembros. Pero su aplicación efectiva ha sido frenada las dos últimas décadas por la actividad de los lobbistas en Europa y en España desde que se proyectó la Directiva Bolkestein, presentada por la Comisión Europea en febrero de 2004 y que entró en vigor el 28 de diciembre de 2009 (Directiva 123/2006/CE, o Directiva de Servicios, sector que aporta más del 75% del PIB y sobre todo del empleo).

 

Protesta en contra de la Directiva Bolkestein (Wikipedia) y cuota nacional de empleo de los profesionales de Madrid 

Así, en España, uno de los países que más ha demorado la libertades de servicios por los lobbies en favor de los profesionales, la Comisión Nacional de Competencia ya dictaminó el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales  en 2013 pero este no llegó a aprobarse, dejando pendiente la reforma global que debe acometerse en cuanto al ejercicio profesional, las profesiones reguladas y la prestación de los servicios profesionales, según recuerda ahora la CNMC. El preámbulo de aquel informe subrayaba el peso del sector de los servicios profesionales en nuestro país, lo que justifica en mayor medida si cabe la necesidad de una revisión total del modelo de regulación de los servicios profesionales en España, opinión actual de Competencia similar a las ya expresadas en su Informe de 2008 sobre el sector de servicios profesionales y los colegios profesionales, o después en el Informe de 2012 también sobre las mismas corporaciones de intereses profesionales tras la transposición de la Directiva de Servicios, tres años después de su entrada en vigor europea. Uno de los libros que ha descrito la fuerza de los lobbies profesionales, y en especial los de abogados y economistas del Estado en España, es el de Andrés Villena Oliver (Roca), titulado Las redes de poder en España. Los frecuentes conflictos de interés y sus puertas giratorias afectan hasta la propia CNMC y se extienden a noticias como la recientes de que los profesionales auditores urgen coauditar ante el  oligopolio Big-4 en empresas y administraciones (Deloitte, PricewaterhouseCoopers (PwC), KPMG y Ernst & Young (EY).

Dice la CNMC este viernes a propósito de su dictamen contra la autorregularon de los colegios profesionales que la existencial de este concepto amplio de autoridad derivado de la literalidad del artículo 3 podría ampliar este riesgo, con lo que convendría su oportuna matización.Todo ello sin perjuicio de que los Colegios profesionales, pueden y deben adecuarse a los principios de buena regulación reseñados, y por ello también al test de proporcionalidad ( de relación entre medios y fines, como prueba de racionalidad frente a la arbitrariedad)  contemplado en este proyecto (PRD), así como a la normativa de defensa de la competencia.

Para evaluar ese test de proporcionalidad de forma objetiva e independiente, Competencia recomienda una aclaración de los términos procedimentales en los que se llevará a cabo la evaluación para poner en práctica las exigencias reseñadas.Se refiere así a los contenidos del Proyecto de Real Decreto por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva de la UE 2018/958, del Parlamento y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al citado test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesión.

Sobre el contenido del test de proporcionalidad, la CNMC dice que en el artículo 7.2.f) se señala que, en la evaluación, las autoridades deben valorar el efecto de las disposiciones nuevas o modificadas, “cuando se combina con otras disposiciones que restringen el acceso a la profesión, o su ejercicio”. Sería conveniente aprovechar este análisis para, como ya se ha mencionado, poder expandir la sujeción de los principios de buena regulación a normativa preexistente, dice a raíz de que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital remitiera a la CNMC para informe el borrador de Real Decreto por el que se transpone la Directiva sobre aplicación del test de proporcionalidad antes de aprobar la nueva normativa sobre profesiones (IPN/CNMC/001/21).

 

En realidad, con la nueva Directiva objeto de transposición en este PRD, no se ha añadido ningún elemento adicional relevante a las obligaciones que ya tienen los Estados Miembros en la materia. Pero, a la vista de las regulaciones nacionales, se han detectado problemas de homogeneidad a la hora de abordar la normativa sobre servicios profesionales; por ello, la UE decidió elaborar una metodología más detallada sobre su aplicación.

 

Otras opiniones de la CNMC ante la transposición de la Directiva

El sector de los servicios profesionales se ha analizado en numerosas ocasiones por la CNMC, tanto desde un punto de vista más general como a través del análisis de numerosos estatutos de colegios profesionales, recordándose siempre la necesidad de llevar a cabo una reforma global de la regulación del sector.

 

Con la transposición de esta Directiva se profundiza en uno de los principios que tradicionalmente ha venido defendiendo la CNMC: se debe reforzar el análisis de proporcionalidad en la normativa sobre servicios profesionales para evitar obstáculos innecesarios a la competencia.

 

En ese sentido, la CNMC  dice que la Directiva europea debe valorarse positivamente, especialmente en lo que se refiere al diagnóstico del problema detectado en el sector: existe un riesgo de fraccionamiento del mercado interior debido a la diversidad de regulaciones. Una mayor dosis de homogeneidad redundará en beneficio de los propios profesionales y también de los consumidores y clientes de aquellos.

 

Sin embargo, la transposición al ordenamiento español se ha limitado a incorporar el contenido de la Directiva, por lo que se recomienda un enfoque más ambicioso y un mayor esfuerzo integrador con respecto a lo que ya recoge nuestro propio derecho interno.

 

En base a estas consideraciones, se plantean estas mejoras:

  • Aplicación de los principios de buena regulación: sin perjuicio de que la necesaria adecuación a los mismos ya está garantizada por la normativa europea y nacional vigente, se recomendaría una mejor integración de estos en el PRD analizado para ofrecer un marco más sistemático y completo a los distintos operadores en el ámbito de la regulación de las profesiones.
  • Autoridades competentes para la regulación: se recomienda aclarar que los colegios profesionales no se consideran autoridades competentes a estos efectos. Todo ello sin perjuicio de que los colegios profesionales, pueden y deben adecuarse a los principios de buena regulación reseñados, y por ello también al test de proporcionalidad contemplado en este PRD, así como a la normativa de defensa de la competencia.
  • Evaluación del test de proporcionalidad de forma objetiva e independiente: se recomienda una aclaración de los términos procedimentales en los que se llevará a cabo la evaluación para poner en práctica las exigencias reseñadas.
  • Contenido del test de proporcionalidad: en la evaluación, las autoridades deben valorar el efecto de las disposiciones nuevas o modificadas, "cuando se combina con otras disposiciones que restringen el acceso a la profesión, o su ejercicio". Sería conveniente aprovechar este análisis para, como ya se ha mencionado, poder expandir la sujeción de los principios de buena regulación a normativa preexistente.

Colegios profesionales en España 

En España hasta 61 colegios profesionales (la mayoría de ellos organizados autónomamente por provincias) que rigen aquellas actividades para las que su ejercicio requiere colegiación, según EUGO.ES, Ventanilla Única a la que se refieren los artículos 18 y 19 de la Ley 17/2009 de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. La creación de un conjunto de Ventanillas únicas que conformaran la red EUGO, una para cada Estado Miembro de la Unión Europea, era una de las obligaciones establecidas en la Directiva 2006/123/CE. Posteriormente, ha sido impulsada por la Agenda Digital y el Plan Europeo eGovernment 2011-2015. Esa Red va dirigida a los empresarios y emprendedores que necesiten autorizaciones, inscripciones en registros, licencias, etc. que son requisitos para realizar una actividad económica remunerada en España.

Poco más de la mitad de esos colegios  de Madrid integran la asociación interprofesional UICM, donde se inscriben cerca de 300.000 profesionales, en las siguientes áreas colegiales:

Ilustre Colegio de Abogados

Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria

Colegio Oficial Aparejadores y Arquitectos Técnicos

Colegio Oficial Arquitectos

Colegio Oficial de Biólogos 

Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía, Letras y Ciencias

Colegio de Economistas

Colegio Oficial de Enfermería

Colegio Oficial de Farmacéuticos

Colegio Oficial de Físicos

Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos

Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

Colegio Nacional de Ingenieros del I.C.A.I.

Colegio Oficial de Ingenieros Industriales

Colegio Oficial de Ingenieros de Minas

Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas

Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales

Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas

Ilustre Colegio Oficial de Médicos

Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos

Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas

Ilustre Colegio de Procuradores

Colegio Oficial de la Psicología

Colegio Oficial de Químicos

Colegio de Registradores

Ilustre Colegio Central de Titulados Mercantiles y Empresariales

Colegio Oficial de Trabajo Social

Colegio Oficial de Veterinarios

Colegio Profesional de Administradores de Fincas

Colegio Profesional de la Criminología

Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas

Colegio Profesional de Ingenieros en Informática

Colegio Profesional de Logopedas

Colegio Profesional de Podólogos

Colegio Profesional de Politólogos y Sociólogos

Colegio Profesional de Protésicos Dentales

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