jueves,18 agosto 2022
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Profesionales y expertos de la contratación pública exponen carencias españolas en transparencia

Redacción
El Observatorio de Contratación Pública (ObCP) celebró su II Congreso Anual los pasados 13 y 14 de noviembre, en las instalaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona. El evento ha reunido a unos 350 profesionales y expertos de la contratación pública y puso de manifiesto carencias españolas ante las revisiones de las normas de transparencia europeas y nacionales.

Maria José Santiago Fernández, Presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, intervino en el  II Congreso Anual del Observatorio de Contratación Pública celebrado en la Facultad de Derecho de Barcelona los pasados 13 y 14 de noviembre. El lema de este año ha sido “Por una contratación pública transparente y sostenible” y muchas de las sesiones estuvieron específicamente dirigidas a estas cuestiones, ya fuera a través de sistemas de alerta para prevenir la corrupción o con el análisis detallado de cuáles son los retos para aumentar la transparencia del servicio de contratación.

Al acto acudieron más de 350 asistentes y 40 ponentes que a lo largo de las dos jornadas debatieron sobre los retos de la contratación pública, aspectos prácticos de la ley y problemas que presenta, caminos para conseguir una mejor contratación pública, vías para aumentar la calidad de los procesos de compra y mucho más.

La programación se compuso de seis paneles informativos, en los que diferentes expertos académicos y profesionales de la contratación pública desgranaron aspectos como las últimas tendencias tecnológicas en el sector o los retos de la contratación pública.

La lista de los diferentes paneles informativos, acompañados de las presentaciones para descargar, que ofrece el Observario es la siguiente:

Panel 1: La nueva Gobernanza de la contratación pública

Panel 2: Retos de la contratación pública: de la burocracia a la estrategia

Panel 3: Aspectos prácticos en la aplicación de Ley 09/2017, problemáticas y soluciones

Panel 4: Gobierno Digital y Contratación Pública: tecnología al servicio de la política pública y la profesionalización

Participan Safwan Nassri, CEO de Pixelware, Miguel Sobral, vicepresidente ejecutivo de Vortal y Enric Staromiejski, experto en Gobierno Electrónico de everis.

Panel 5: El impacto de la LCSP : visiones sectoriales

Panel 6: Diseñando una mejor contratación pública

 

Normas cuyo cumplimienrto debe vigirlarse

Entre las normas a cumplir se citaron las que siguen:

Tras la elevación de su propuesta de Estrategia Nacional de Contratación Pública por el Comité de cooperación en materia de contratación pública y su aprobación por la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, se remitirá a la Comisión Europea.

Por su parte, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, tomará conocimiento de la misma y la elevará para conocimiento a las Cortes Generales.

Transcurrido un mes desde la remisión a la Comisión Europea de la Estrategia aprobada por la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación se hará público su contenido en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

El Comité de cooperación en materia de contratación pública, transcurridos los dos primeros años de la aprobación de la Estrategia, hará una primera valoración de la aplicación de la misma, pudiéndose modificar o ajustar aquellos aspectos de la Estrategia que resultaran necesarios al objeto de conseguir los objetivos perseguidos por la misma.

Finalizado el ámbito temporal de la Estrategia, el Comité de cooperación en materia de contratación pública elaborará un informe sobre los resultados de la aplicación de la misma. El informe se comunicará a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación y a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado que lo remitirá a la Comisión Europea y lo pondrá en conocimiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, haciendo público su contenido en el plazo de un mes desde dicha remisión.

Por su parte, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, tomará conocimiento del informe y lo elevará para conocimiento a las Cortes Generales

Decisión (UE) 2017/984 del Consejo, de 8 de agosto de 2016, por la que se formula una advertencia a España para que adopte medidas dirigidas a una reducción del déficit que se considera necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo:“España debe establecer un marco coherente que garantice la transparencia y la coordinación de la política de contratación pública de todas las entidades y autoridades de contratación a fin de garantizar la eficiencia económica y un alto nivel de competencia. Dicho marco debe incluir mecanismos de control a priori y a posteriori adecuados para la contratación pública a fin de garantizar la eficiencia y el cumplimiento de la legislación.”“La falta de un organismo independiente encargado de garantizar la eficacia y el cumplimiento de la legislación en materia de contratación pública en todo el país obstaculiza la aplicación correcta de las normas de contratación pública y puede generar oportunidades para cometer irregularidades, lo cual tiene efectos negativos sobre la situación de la hacienda pública española”.

Los Estados miembros velarán porque la aplicación de las normas de contratación pública sea supervisada.

Cuando las autoridades o estructuras de supervisión detecten incumplimientos específicos o problemas sistémicos, por sus propios medios o por haber recibido información al respecto, estarán facultadas para señalar estos problemas a las autoridades de auditoría, órganos jurisdiccionales u otras autoridades, organismos o estructuras nacionales adecuados, como el defensor del pueblo, los Parlamentos nacionales o las comisiones parlamentarias.

Los resultados de las actividades de supervisión con arreglo al apartado 2 se pondrán a disposición del público por los medios de información adecuados. Estos resultados se comunicarán también a la Comisión. Podrán incorporarse, por ejemplo, a los informes de supervisión a que se refiere el párrafo segundo del presente apartado.

  

NUEVA GOBERNANZA (art. 83 Directiva 2014/24):

La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado elaborará y remitirá a la Comisión Europea cada tres años un informe referido a todos los poderes adjudicadores estatales, autonómicos y locales que, respecto de la licitación pública y ejecución de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios que estén sujetos a regulación armonizada, comprenda, entre otras, si procede, las siguientes cuestiones:

a) La información contenida en el informe de supervisión a que se refiere el apartado 8 del artículo 332 que remita la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.

b) Información sobre el nivel de participación de las PYME en la contratación pública.

c) Un informe estadístico sobre los contratos públicos de obras, suministros y servicios no sujetos a regulación armonizada por no superar los umbrales establecidos en los artículos 20, 21 y 22, haciendo una estimación del valor agregado total de dichos contratos durante el periodo de que se trate. Esa estimación podrá basarse, en particular, en los datos disponibles en virtud de los requisitos de publicación, o bien en estimaciones realizadas a partir de muestras.

d) Información sobre cuáles son los órganos encargados de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas en virtud del derecho de la Unión Europea en materia de la contratación pública.

e) Información sobre las iniciativas adoptadas para proporcionar orientación o ayuda gratuita en la aplicación de la normativa de la Unión Europea en materia de contratación pública o para dar respuesta a las dificultades que plantee su aplicación, así como para planificar y llevar a cabo procedimientos de contratación.

Los informes serán remitidos a la Comisión Europea en los quince días que siguen a su adopción. La Junta Consultiva hará público el contenido de los informes nacionales en el plazo de un mes a contar desde su remisión a la Comisión Europea, publicándolos en los correspondientes portales de transparencia y en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

 

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