jueves,18 agosto 2022
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¿Qué se valora más en las practicas en empresas?

Redacción
La puntualidad, capacidad de aprendizaje y de trabajo, el sentido de la responsabilidad, la receptividad a las críticas, la iniciativa, la creatividad, la motivación, la adaptación, la relación con el entorno laboral o el trabajo en equipo son algunas de las competencias que las empresas valorarán en las prácticas externas de los estudiantes universitarios.

 Así lo recoge el Real Decreto, aprobado el pasado 11 de julio, y publicado en el BOE este miércoles, por el que se regulan estas prácticas en empresas colaboradores, en la propia universidad o en organismos oficiales. El texto confirma la exención del cien por cien de tributación para estas actividades, recogido previamente en el Real Decreto-ley de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, del pasado 4 de julio.

El Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, reguló este tipo de prácticas, hasta que en mayo de 2013 el Tribunal Supremo lo declaró nulo de pleno derecho porque su disposición adicional primera, que excluía del Sistema de Seguridad Social a los estudiantes, se incorporó al texto con posterioridad a la emisión de Dictamen del Consejo de Estado.

Prácticas académicas y no profeisonales

La regulación que se publica en el BOE recoge y precisa los fines que se pretenden alcanzar con la realización de las prácticas, que son de carácter académico y no profesional, y se regulan las modalidades de prácticas académicas externas, como se establece en el Estatuto del Estudiante Universitario.

Este decreto, además de regular los derechos y deberes de los universitarios, del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora en las prácticas externas, establece también que este último remita un informe final e intermedio que recoja el número de horas realizadas por el estudiante, además de la valoración de los aspectos enumerados anteriormente.

Las prácticas pueden ser ´curriculares´, que se configuran como actividades académicas integrantes del plan de estudios de que se trate; y ´extracurriculares´, que podrán realizarse con carácter voluntario durante el periodo de formación del estudiante. Estas últimas, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente plan de estudios, pero que sí serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título.

Con el objetivo de garantizar la calidad de las prácticas, el Gobierno regula en este decreto que cada universidad establezca un sistema interno que incluya mecanismos, instrumentos, órganos o unidades dedicados a la recogida y análisis de información sobre el desarrollo de las prácticas y la revisión de su planificación.

Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con las comunidades autónomas y el Consejo de Universidades –del que forman parte todos los rectores–, y con el consentimiento de las entidades colaboradoras, promoverá la difusión pública de la relación de las entidades colaboradoras en las que realicen prácticas académicas externas los estudiantes de cada universidad, así como el reconocimiento público de aquellas empresas, instituciones o entidades cuyas prácticas alcancen mayores niveles de calidad.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, afirmó recientemente que las prácticas en empresas –dentro del programa de estudios o fuera de él– son un factor de empleabilidad que tiene "más importancia, si cabe, que las propias notas".

"Todo lo que suponga un acercamiento entre el sistema educativo y las empresas es positivo", afirmó el titular de Educación, que recordó un análisis reciente de la OCDE que puso de manifiesto que "lo que facilita más el empleo es haber adquirido experiencia laboral en empresas".

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