jueves,18 agosto 2022
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Al pasar de temporal a indefinido

Reducen la tarifa plana de la Seguridad Social a 50 euros

Marga Peñafiel
La tarifa plana mensual a la Seguridad Social para las empresas que realicen contratos indefinidos se reduce a la mitad. Así, de los 100 euros que anunció el presidente, Mariano Rajoy, ahora costará 50 euros para los empresarios que ofrezcan un contrato estable, pero media jornada (no más de cuatro horas), según indica hoy ABC.

Mientras que antes de la novedad el empresario pagaba 151 euros mensuales por un salario bruto de 640 euros, ahora tan solo pagará 50. Esto se traduce a que el empresario podrá ahorrar 1.200 euros al año por cada trabajador.

No obstante, la rebaja de cuotas se aplicará solo a la parte de las cotizaciones sociales que pagan las empresas por contingencias comunes, es decir, las que dan derecho a pensión y a bajas por enfermedad. Se aplicará el tipo 23,6% para financiar estas prestaciones al sueldo que debe pagar el empresario (el trabajador paga otro 4,70%). Pero hay que sumarle la parte que los empresarios pagan para costear las prestaciones por desempleo y que en el caso de un contrato indefinido es del 5,5%; y también lo que aportan al Fogasa, otro 0,20%, o a la formación profesional, un 0,6%. Si se toma el ejemplo del salario de 20.000 euros anuales que puso como ejemplo Rajoy, las empresas pagarán 100 euros al mes de tarifa plana y otros 105 por el resto de cuotas. En total, 205 euros, según explica ABC.

. El Consejo de Ministros dará hoy el visto bueno a la rebaja de cuotas. Ello permite que cualquier empresa, sin tener en cuenta su tamaño, que quiera contratar a más trabajadores de forma estable, cualquiera que sea su edad, disfrute de estas reducciones durante dos años siempre que crezca la plantilla de la empresa.

Para que la empresa reciba las ayudas es imprescindible que mantenga el nuevo empleo durante los tres años siguientes a la contratación inicial. De lo contrario estará obligada a reintegrar al sistema público todas las ayudas recibidas durante 24 meses.

No ocurre lo mismo si se producen despidos procedentes o si han tenido que cerrar su negocio, entren en proceso concursal o se declaren insolventes, según las mismas fuentes consultadas.

 

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