jueves,18 agosto 2022
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Según los economistas del Consejo General y forenses REFOR

Sin concursos por la moratoria, crecerán los acuerdos de refinanciación y segunda oportunidad

Redacción
Los economistas forenses destacaron este lunes que ya se observa un menor número de concursos de acreedores en el primer trimestre, tras la moratoria concursal aplicable desde parte del mes de marzo. Según los datos del INE, bajan los concursos de empresas en el primer trimestre de 2020 un 19,8% anual y respecto al trimestre anterior un 23,9%. También bajan los concursos de personas físicas eun 26,6% (posibles casos de 2ª oportunidad). Pero concursos de acreedores de autónomos suben un 13%

Para el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, “el actual escenario económico, muy delicado y preocupante, puede ser una oportunidad para que los acuerdos de refinanciación, los acuerdos extrajudiciales de pagos y la segunda oportunidad se empleen más frecuentemente, y se mitigue así la saturación de los juzgados y las liquidaciones masivas de empresas”. Lo dijo a través de su órgano especializado en economía forense (REFOR), tras analizado las estadísticas de procedimiento concursal del INE publicadas este lunes.

 

Atendiendo a los datos del INE, desde el REFOR destacan que bajan los concursos de empresas en el 1T 2020 un 19,8% en tasa interanual, y respecto al trimestre anterior un 23,9%. También bajan los concursos de personas físicas en el 1 T 2020 un 26,6% (posibles casos de segunda oportunidad) Los únicos casos que suben son los concursos de acreedores de autónomos que suben un 13% en el 1 T 2020 respecto al 1 T 2019, pero descienden un 4,7% respecto al trimestre anterior. Por tipo de empresa los concursos que más bajan en el 1T 2020 respecto al 1 T 2019 (anual) son los de S.A (un 38,9%) y los de SL un 20,9%. No obstante, hay que tener en cuenta que, tal como advierte el propio INE, se ha producido una limitación en la captación de datos a través de los Juzgados por situación del Covid 19: la tasa para este trimestre asciende al 34% y se ha recogido información del 85% de los Juzgados que habitualmente colaboran con el INE. Por lo que es de prever que se producirán correcciones de estos datos y posteriormente puede haber mayor número de concursos de lo que reflejan estas cifras provisionales.

 

Para el REFOR esta bajada en el número de concursos que reflejan las actuales estadísticas puede achacarse por un lado a esta limitación de la muestra por confinamiento y en segundo lugar por efecto de la moratoria concursal que no obliga a la declaración de concursos (a partir de la segunda quincena de marzo).

 

Por comunidades autónomas, las comunidades con mayor número de deudores concursados en el primer trimestre de 2020 son Cataluña (464), Comunidad Valenciana (208) y Comunidad de Madrid (206), que concentran el 58,5% del total de concursos. Hay que destacar también que el 34,0% de las empresas concursadas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio (hasta 250.000 euros). Asimismo, por sectores el 22,4% de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el Comercio y el 13,6% la Construcción, siendo los dos sectores con mayor número de concursos.

En cuanto a otras variables concursales, como los acuerdos de refinanciación homologados –sobre los que el servicio de estudios del REFOR viene haciendo un seguimiento– se observa que, con 22 procedimientos de enero a marzo de 2020, ha habido un ligero incremento de un 11% respecto del mismo periodo de 2019. A este respecto, para el presidente del REFOR, Alfred Albiol, “el número de acuerdos de refinanciación homologados en nuestro país sigue siendo bajo en términos absolutos”.

 

Mayor utilización han tenido los procedimientos de acuerdos de refinanciación no homologados (Art. 5 bis de la Ley Concursal) que, según las estadísticas del CGPJ publicadas el pasado mes de abril, que ha analizado el servicio de estudios del REFOR, se han incrementado un 17% respecto del mismo periodo de 2019. Asimismo, aunque su número es todavía escaso, también han tenido un importante incremento los acuerdos extrajudiciales de pagos (AEP) que, con 337 en 2018 y 504 en 2019, tuvieron un crecimiento de casi un 50% en el pasado año. Por lo que se refiere a los concursos de acreedores de personas físicas, estos crecieron en 2019 un 58%, pasando de los 1608 de 2018 a los 2541 de 2019, lo que puede ser un indicio de posibles casos de segunda oportunidad. Finalmente, referido a los concursos exprés –concursos que se abren y cierran simultáneamente por insuficiencia de masa (artículo 176 bis LC)– estos han pasado de 1.472 en 2018 a 1.722 en 2019 lo que supone un incremento del 17%. Según observan desde el REFOR, este tipo de concursos representaron en 2019 el 40% del total de concursos acreedores.

 

Estos datos demuestran que, en 2019, aunque con evoluciones dispares, las soluciones alternativas al concurso de acreedores se han venido utilizando más de lo que se venían utilizando en años anteriores. A este respecto, para Valentín Pich “el actual escenario económico, muy delicado y preocupante, puede ser una oportunidad para que los acuerdos de refinanciación, los acuerdos extrajudiciales de pagos y la segunda oportunidad se empleen más frecuentemente, y se mitigue así la saturación de los juzgados y las liquidaciones masivas de empresas”.

 

Otro dato a tener en cuenta en este terreno, según los economistas del REFOR, es el relativo a los pagos atendidos por el FOGASA, que, en los tres primeros meses de 2020, se han incrementado cerca del 21% respecto al mismo periodo del año anterior. Asimismo, la ratio que los compara con el número de concursos de acreedores (1,38) ha aumentado un 8,5% con respecto a 2019. Solo en el mes de marzo los expedientes de pagos del FOGASA aumentan un 57%, lo que para Alfred Albiol “refleja la existencia de un número importante de insolvencias sin resolver por la vía del concurso engrosando la economía sumergida”.

 

Ley Concursal

 

En referencia al texto refundido de la Ley Concursal publicado el pasado 7 de mayo, Valentín Pich ha destacado que “si bien el texto definitivo ha mejorado la regulación de los acuerdos de refinanciación frente a borradores anteriores, sin embargo, hay que tender ya al contenido de la Directiva de Insolvencia, que da más estímulo a los acuerdos de refinanciación al posibilitar un plazo de blindaje de hasta 12 meses y sitúa a esta solución preconcursal como una de las soluciones fundamentales para evitar la insolvencia y la posible liquidación de empresas”.

 

Desde el REFOR apuntan que, si bien se acaba de publicar el texto refundido Ley Concursal, hay que abordar ya sin demora reformas en la Ley Concursal (a través de RD-ley) para trasponer la Directiva de Insolvencia cuyo plazo finaliza en julio de 2021. Entre las reformas que cabría adoptar destacan las siguientes:

  • Una definición de insolvencia más de tipo económico-contable.
  • Establecer un sistema de alertas tempranas y ratios de detección de asimetrías ante posibles situaciones de riesgo de insolvencia.
  • Inclusión de medidas que contribuyan a fomentar las operaciones de venta de unidades productivas.
  • La Directiva de Insolvencia permitiría cierta limitación del crédito público en diferentes instrumentos, ya sea la segunda oportunidad o los acuerdos de refinanciación
  • Modificación en la segunda oportunidad: más sencilla, menos formalista. Procedimiento especial para personas vulnerables y pequeños autónomos. Quizás plantearse un turno de oficio en segunda oportunidad.
  • Apuesta por la visión económico-empresarial del administrador de reestructuración.
  • Extender urgentemente el sistema LexNET de comunicación electrónica para todos los administradores concursales o posibilitar un sistema más simple a través de correo electrónico con las suficientes garantías.  

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