jueves,18 agosto 2022
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Urge competencia para ahorrar en los concursos públicos de transporte escolar, laboral y sanitario

Redacción
En España, el transporte regular escolar y laboral se realiza mayoritariamente a través de autocares, mientras que el transporte sanitario se realiza principalmente a través de ambulancias. Sin embargo, en zonas rurales y con menos densidad de población, las licitaciones públicas para el transporte el transporte escolar, laboral y sanitario permiten la concurrencia de turismos, aunque las diferencias entre lo que hacen unas Administraciones públicas y otras son notables.

Hace unos días publicamos un informe al respecto analizando estas situaciones.

La principal recomendación de la CNMC es que las Administraciones públicas no deben restringir la participación en los concursos de ninguno de los operadores que están legalmente capacitados para prestar el servicio. La CNMC ha analizado alrededor de 50 licitaciones públicas de los últimos años, en varias comunidades autónomas, y os queremos mostrar ahora con ejemplos algunas de las limitaciones que hemos encontrado.

Con los siguientes ejemplos, veréis las ventajas y los inconvenientes de limitar la participación de empresas en las licitaciones:

Transporte escolar y ahorro en los concursos

Ahorros de hasta el 18% en el País Vasco

En el transporte escolar, nos llamaron la atención algunas diferencias en los concursos de País Vasco y Asturias (páginas 11 a 14 del informe). 

Al analizar estos concursos, hemos visto los efectos positivos de la presión competitiva. Así, vemos que cuando se presentan más empresas (agentes) a un concurso, generalmente, el ahorro medio que se genera en la licitación es mayor.

  • En el País Vasco, los concursos permiten que se presenten tanto Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) como taxis. En un concurso para el curso escolar 2017-18, participaron, en media, casi 3,50 participantes por lote y la rebaja media del precio ofertado fue de casi el 18%. En otro concurso para el curso 2018-19, participaron 2,32 oferentes por lote en media y se logró un ahorro cercano al 16%.

Restricciones en el Principado de Asturias

  • Por el contrario, en Asturias, la normativa autonómica limita la participación de vehículos VTC y exige licencias locales de transportea los taxis. En los concursos que analizamos, observamos que ello restringió la participación de los operadores, reduciendo el ahorro para las arcas públicas. En las licitaciones del año 2018 de los concejos de Grado, Lena, Llanes y Cangas de Onís, Santa Eulalia de Oscos y Somiedo, solamente se presentó un operador por lote y no se obtuvo ninguna rebaja sobre el precio de salida. En otro concurso en 2018 en el concejo de Oviedo, todos los lotes fueron adjudicados al único licitador que se presentó, y el ahorro medio solo llegó al 2%.

Transporte de trabajadores y la prohibición de VTCs

En el transporte laboral, es decir, de trabajadores públicos a sus centros de trabajo, analizamos 7 licitaciones en Asturias, Castilla y León, Cataluña, Galicia, Madrid, C.F. de Navarra y Valencia (páginas 23 y 24).

En estas licitaciones, se restringía la participación de los VTC (vehículos de transporte con conductor) en algunos de los pliegos de las licitaciones analizadas. En nuestro análisis detectamos una escasa presión competitiva, con una media de 1,57 oferentes por lote y ofertas ganadoras muy próximas al presupuesto base.

  • En 3 de los concursos analizados (Madrid, Navarra y Valencia) solamente se presentó un licitador.
  • En 4 de las licitaciones examinadas (Castilla y León, Cataluña, Madrid y Navarra) no se obtuvo ninguna rebaja sobre el precio de salida.

Transporte sanitario sin ambulancias

Otro sector que analizamos en el informe fue el transporte sanitario no asistido ni urgente. Es decir, aquel en el que el médico considera que no se dan riesgos para la salud del paciente que justifiquen un medio de transporte especializado (ambulancia).

Aunque la normativa estatal no prohíbe que estos servicios se presten en vehículos distintos de las ambulancias, y algunas normativas autonómicas lo permitan expresamente, hemos encontrado licitaciones en Cantabria y en Murcia donde solo se permite la participación de ambulancias (página 30).

En otros casos, hemos encontrado restricciones a la participación de vehículos VTC en la regulación (Andalucía, Galicia y Castilla-La Mancha) o exclusiones de facto a través de convenios de colaboración con los taxis (Madrid)(página 29). También a través de licitaciones públicas. Por ejemplo:

  • En un concurso en Illes Balears del año 2018 únicamente se permitía participar a los taxis. En consecuencia, solo se presentó un operador y no se obtuvo ninguna rebaja sobre el precio de salida.

Recomendaciones de la CNMC a las Administraciones

Por todo ello, el informe de la CNMC realiza recomendaciones específicas para evitar estas situaciones e impulsar una reforma de las normas que afectan a los citados servicios de transporte. En concreto:

  • No discriminar entre taxis y VTC
  • No exigir una licencia local de transporte
  • No imponer un tipo de vehículo en función del número de pasajeros de la ruta
  • Aclarar la regulación del transporte sanitario no asistido y no urgente (programado)
  • Establecer una duración de las licitaciones que no resulte excesiva en función de las inversiones que tengan que realizar los operadores.

La CNMC Informó previamente que ha recibido en los últimos años quejas de operadores que consideran que las Administraciones competentes les han excluido injustamente de concursos públicos para el transporte escolar, laboral y sanitario mediante vehículos de turismo. El informe publicado hoy analiza estas situaciones (PRO/CNMC/002/19).

En España, el transporte regular escolar y laboral se realiza mayoritariamente a través de autocares, mientras que el transporte sanitario se realiza principalmente a través de ambulancias.

Sin embargo, existen situaciones en las que resulta más conveniente que se presten mediante vehículos de turismo, tales como en: desplazamientos regulares de escolares en zonas rurales con baja densidad de población, la asistencia programada a centros sanitarios para recibir tratamientos como diálisis, radioterapia o rehabilitación, (transporte sanitario no asistido ni urgente) o el desplazamiento regular de empleados públicos (transporte laboral).

Más de 50 concursos públicos analizados

La CNMC ha analizado alrededor de 50 licitaciones públicas de los últimos años, en varias comunidades autónomas, y la regulación de estos servicios. Así, en su estudio, la CNMC concluye que:

–    En algunas licitaciones, se ha restringido la participación de operadores: en ocasiones, los perjudicados han sido operadores de taxi, y, en otras, operadores de Vehículos de Transporte con Conductor (VTC). 

–    Las licitaciones donde se ha limitado la participación de este tipo de operadores han supuesto un mayor coste para las arcas públicas y menores incentivos a prestar servicios de calidad del servicio para los usuarios. 

–    Algunas de las restricciones identificadas son fruto de la regulación impuesta en determinadas zonas.

–    Este tipo de limitaciones incumplen los principios de buena regulación, al no ser necesarias y proporcionadas para el interés general. 

Recomendaciones a las Administraciones

Además, el informe realiza recomendaciones específicas para evitar estas situaciones e impulsar una reforma de las normas que afectan a los citados servicios de transporte. En concreto:

–    Evitar las discriminaciones entre licencias de taxi y VTC;

–    Evitar que el operador tenga que disponer de una licencia local de transporte;

–    Evitar imponer un determinado tipo de vehículo en función del número de pasajeros de la ruta;

–    Aclarar la regulación del transporte sanitario no asistido y no urgente (programado); y

–    Establecer una duración de las licitaciones que no resulte excesiva en función de las inversiones que se deban realizar.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

(PRO/CNMC/002/19)

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