viernes,19 agosto 2022
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La reforma de la LOU los elimina

El borrador sobre contratación excepcional de profesores colaboradores, a debate

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Los profesores colaboradores podrán ser contratados de forma excepcional por las Universidades siempre y cuando aporten un documento de acreditación expedido por la Agencia Nacional de Evaluación, Calidad y Acreditación o la correspondiente agencia autonómica. El Consejo de Universidades reunido en pleno el pasado 27 de noviembre analizó la elaboración del borrador del Real Decreto de Contratación de profesores colaboradores, de vital importancia tras la reforma de la LOU.

 

La nueva legislación reestructura las figuras que componen el cuerpo docente universitario. Así éstas quedan establecidas en las siguientes: Ayudante, Profesor Ayudante Doctor, Profesor Contratado Doctor, Profesor Asociado y Profesor Visitante.

Los cambios que introduce la nueva normativa podrían provocar que muchos centros tengan dificultades para cubrir determinadas plazas docentes, por ello se prevé esta contratación "excepcional". Las universidades podrán contratar profesores colaboradores entre diplomados, arquitectos técnicos o ingenieros técnicos

Además de este Real Decreto, el Consejo de Universidades estudió otros asuntos y documentos como el borrador de Real Decreto por el que se regula el Registro de Títulos Universitarios; la Propuesta de renovación de los Comités asesores del Consejo y las Propuestas de Comités de Acreditación para el acceso a los cuerpos de profesores universitarios (Cátedras, Titularidades de Universidad y transformaciones desde Cátedras de Escuela Universitaria y plazas de Profesores Colaboradores) y el procedimiento para la designación de miembros de dichos Comités.

Fuente: Universia

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