viernes,19 agosto 2022
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Por estafa y apropiación indebida de más de 120.000 euros

El hermano del ex presidente de Sacyr Vallhermoso sale indemne de sus acusaciones

Redacción
El abogado penalista de Murcia, Raúl Pardo-Geijo Ruiz consigue que la Audiencia Provincial de Murcia absuelva al hermano del empresario murciano Luis del Rivero, ex presidente de Sacyr Vallehermoso, de los delitos de estafa y apropiación indebida que le eran imputados pero, también, que se desestimen todas sus pretensiones en la vía civil y sea condenado en costas.

Tardó escasos minutos en contratar los servicios del afamado penalista murciano Pardo-Geijo Ruiz en cuanto se dio cuenta que contra él pesaba una querella presentada por un conocido, amigo del industrial, en la que afirmaba que éste se había quedado presuntamente con 130.000 euros que le había concedido a modo de préstamo. El querellante acusaba, asimismo, al hermano del empresario de invertir ese dinero (aprovechándose de su condición de hermano del entonces presidente de Sacyr) en la compra de acciones de numerosas empresas, entre ellas Sacyr Vallehermoso, Banesto, Banco Santander, Bankinter, ACS, BBVA, Inditex y Red Eléctrica, extremo que admitió.

Sin embargo, el Juzgado, asumiendo los argumentos esgrimidos por el penalista Raúl Pardo-Geijo, decidió sobreseer provisionalmente la causa diciendo que no incurrió en un delito de estafa al considerar probado que el denunciante sabía que el dinero que ingresaba era para inversiones de Bolsa (pese a que se lo diera al hermano del magnate empresario Del Rivero, que entonces era presidente de Sacyr) y que «no hubo engaño y dio su consentimiento». «Queda acreditado que Del Rivero invirtió el dinero del denunciante en compra de valores y le aportó documentos para que pudiera consultar diariamente su cotización», detalla el auto. Según el juez, «de las declaraciones de las partes se aprecia que existe una relación de confianza y amistad, que fue la base del negocio celebrado entre las mismas y que originó que el contrato fuera de carácter verbal».

Pero la cosa no quedó ahí. El abogado penalista de Murcia Raúl Pardo-Geijo presentó un recurso de reforma para solicitar el sobreseimiento libre de su cliente, así como que se abriesen diligencias contra el denunciante por un presunto delito de acusación falsa. Según figuraba en el recurso, que la resolución recoge literalmente, Pardo-Geijo solicitó al juez instructor que decretase el sobreseimiento libre de las acusaciones que pesaban sobre Del Rivero al entender que, no solo no existen pruebas de que esa estafa y/o apropiación indebida se produjese, sino que realmente nunca existió. «La mera lectura del factum de cada uno de los escritos (el de la fantasiosa querella y el del auto) se torna, per sé, suficiente para el acuerdo del libre sobreseimiento». El abogado penalista de Murcia insistía, además, en que su cliente habría sido víctima de una «celada» por parte del querellante y dos testigos. «No existe un solo hecho en el escrito de querella que sea veraz salvo la entrega de 130.000 euros al querellado», sostenía Pardo Geijo; «Ésta se encamina, únicamente, a un fraudulento fin: obtener un enriquecimiento ilícito por parte del querellante, acusando falsamente, en consuno con dos de los testigos, conformando todos ellos el núcleo esencial –obviando, por el momento, a otros sujetos- de la trama urdida contra mi patrocinado».

Y la Audiencia Provincial le acaba de dar la razón al penalista Pardo-Geijo. Pese a que el Juzgado inicialmente mantuvo el sobreseimiento provisional, la Audiencia de Murcia, en un auto contundente, se apoyó en las alegaciones del abogado de Del Rivero para concluir no sólo que no existe ni estafa ni apropiación indebida sino que, además, el sobreseimiento debía ser libre, esto es, lo mismo que una sentencia absolutoria, pese a la insistencia del querellante de haberse aprovechado de su confianza por ser el hermano del entonces presidente de Sacyr.

Sin embargo, la presunta víctima decidió contraatacar por la vía civil, pero tampoco lo consiguió. La demanda contra el hermano de Luis del Rivero por estafa tampoco prosperó en esa vía. El Juzgado de Primera Instancia decidió absolver también a Del Rivero en esta nueva reclamación. Confirma la tesis de Raúl Pardo-Geijo mantenida, ahora en esta sede, mediante la que aseguraba que el demandante le había pedido que le guardara un «dinero negro» y que lo invirtiera en bolsa. El Magistrado le da la razón y descarta que tras esta transacción de dinero se encontrase un préstamo. El juez entiende que el demandante quería hacer una inversión en bolsa, pero no acudió a un banco por la procedencia del dinero y quiso aprovechar los enormes conocimientos que Del Rivero tenía en Bolsa para multiplicar su capital.

No satisfecha la “víctima”, decidió recurrir ante la Audiencia Provincial que no sólo ha confirmado la resolución, dando carpetazo definitivo al procedimiento civil al que se enfrentaba el hermano del empresario Luis del Rivero, sino que además acaba de imponerle la costas de todo el procedimiento que alcanzan más del 20% de la cantidad reclamada.

 

Tardó escasos minutos en contratar los servicios del afamado penalista murciano Pardo-Geijo Ruiz en cuanto se dio cuenta que contra él pesaba una querella presentada por un conocido, amigo del industrial, en la que afirmaba que éste se había quedado presuntamente con 130.000 euros que le había concedido a modo de préstamo. El querellante acusaba, asimismo, al hermano del empresario de invertir ese dinero (aprovechándose de su condición de hermano del entonces presidente de Sacyr) en la compra de acciones de numerosas empresas, entre ellas Sacyr Vallehermoso, Banesto, Banco Santander, Bankinter, ACS, BBVA, Inditex y Red Eléctrica, extremo que admitió.

Sin embargo, el Juzgado, asumiendo los argumentos esgrimidos por el penalista Raúl Pardo-Geijo, decidió sobreseer provisionalmente la causa diciendo que no incurrió en un delito de estafa al considerar probado que el denunciante sabía que el dinero que ingresaba era para inversiones de Bolsa (pese a que se lo diera al hermano del magnate empresario Del Rivero, que entonces era presidente de Sacyr) y que «no hubo engaño y dio su consentimiento». «Queda acreditado que Del Rivero invirtió el dinero del denunciante en compra de valores y le aportó documentos para que pudiera consultar diariamente su cotización», detalla el auto. Según el juez, «de las declaraciones de las partes se aprecia que existe una relación de confianza y amistad, que fue la base del negocio celebrado entre las mismas y que originó que el contrato fuera de carácter verbal».

Pero la cosa no quedó ahí. El abogado penalista de Murcia Raúl Pardo-Geijo presentó un recurso de reforma para solicitar el sobreseimiento libre de su cliente, así como que se abriesen diligencias contra el denunciante por un presunto delito de acusación falsa. Según figuraba en el recurso, que la resolución recoge literalmente, Pardo-Geijo solicitó al juez instructor que decretase el sobreseimiento libre de las acusaciones que pesaban sobre Del Rivero al entender que, no solo no existen pruebas de que esa estafa y/o apropiación indebida se produjese, sino que realmente nunca existió. «La mera lectura del factum de cada uno de los escritos (el de la fantasiosa querella y el del auto) se torna, per sé, suficiente para el acuerdo del libre sobreseimiento». El abogado penalista de Murcia insistía, además, en que su cliente habría sido víctima de una «celada» por parte del querellante y dos testigos. «No existe un solo hecho en el escrito de querella que sea veraz salvo la entrega de 130.000 euros al querellado», sostenía Pardo Geijo; «Ésta se encamina, únicamente, a un fraudulento fin: obtener un enriquecimiento ilícito por parte del querellante, acusando falsamente, en consuno con dos de los testigos, conformando todos ellos el núcleo esencial –obviando, por el momento, a otros sujetos- de la trama urdida contra mi patrocinado».

Y la Audiencia Provincial le acaba de dar la razón al penalista Pardo-Geijo. Pese a que el Juzgado inicialmente mantuvo el sobreseimiento provisional, la Audiencia de Murcia, en un auto contundente, se apoyó en las alegaciones del abogado de Del Rivero para concluir no sólo que no existe ni estafa ni apropiación indebida sino que, además, el sobreseimiento debía ser libre, esto es, lo mismo que una sentencia absolutoria, pese a la insistencia del querellante de haberse aprovechado de su confianza por ser el hermano del entonces presidente de Sacyr.

Sin embargo, la presunta víctima decidió contraatacar por la vía civil, pero tampoco lo consiguió. La demanda contra el hermano de Luis del Rivero por estafa tampoco prosperó en esa vía. El Juzgado de Primera Instancia decidió absolver también a Del Rivero en esta nueva reclamación. Confirma la tesis de Raúl Pardo-Geijo mantenida, ahora en esta sede, mediante la que aseguraba que el demandante le había pedido que le guardara un «dinero negro» y que lo invirtiera en bolsa. El Magistrado le da la razón y descarta que tras esta transacción de dinero se encontrase un préstamo. El juez entiende que el demandante quería hacer una inversión en bolsa, pero no acudió a un banco por la procedencia del dinero y quiso aprovechar los enormes conocimientos que Del Rivero tenía en Bolsa para multiplicar su capital.

No satisfecha la “víctima”, decidió recurrir ante la Audiencia Provincial que no sólo ha confirmado la resolución, dando carpetazo definitivo al procedimiento civil al que se enfrentaba el hermano del empresario Luis del Rivero, sino que además acaba de imponerle la costas de todo el procedimiento que alcanzan más del 20% de la cantidad reclamada.

 

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