jueves,18 agosto 2022
Espacio euroiberoamericano de diálogo sobre la innovación social, profesional y académica
InicioGobernanza económicaConsejeros.academyLos economistas proponen medidas de urgencia para ayudar a reactivar la economía...
Valentín Pich pide que las autoridades sean "magnánimas" ante la catástrofe

Los economistas proponen medidas de urgencia para ayudar a reactivar la economía en la Isla de la Palma

Los Colegios de Economistas y de Titulados Mercantiles de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas –con el apoyo técnico del Consejo General de Economistas de España– han presentado una serie de propuestas de modificación de diferentes impuestos para intentar mitigar los negativos efectos económicos que está produciendo el volcán y favorecer la reactivación de la isla.

Los Colegios de Economistas y de Titulados Mercantiles de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas –con el apoyo técnico del Consejo General de Economistas de España– han presentado una serie de propuestas de modificación de diferentes impuestos para intentar mitigar los negativos efectos económicos que está produciendo el volcán y favorecer la reactivación de la isla.

Estas propuestas han sido remitidas al Gobierno central y a los ministerios de Hacienda y de Asuntos Económicos para que, una vez valoradas, sean tomadas en cuenta y se realicen los ajustes necesarios en los Presupuestos Generales del Estado que se están tramitando en las Cortes, así como al Gobierno canario.

Para el presidente del Consejo General de Economista de España, Valentín Pich, “de no cumplirse las expectativas de recaudación del Gobierno, el hecho de incrementar todavía más el gasto público puede acabar generando un elevado déficit de indeseables consecuencia para nuestra economía; pero estamos hablando de una situación dramática y excepcional en un lugar de nuestra geografía con una población reducida, por lo que entendemos que las autoridades deberían ser magnánimas ante esta catástrofe y realizar en los Presupuestos Generales del Estado todos los ajustes que sean necesarios para intentar paliar este gravísimo desastre”.

En relación con el Impuesto sobre Sociedades, los economistas proponen, entre otras cuestiones que, en el caso de las empresas que están sufriendo económicamente los efectos del volcán, no se tengan en cuenta los requisitos exigidos por el Régimen Económico Fiscal (REF) para poder disfrutar de incentivos fiscales por mantenimiento del empleo.

Fomentar inversiones

También se propone una prórroga de los plazos de materialización de la Reserva por Inversiones en Canarias (RIC) para las empresas y empresarios afectados, teniendo como punto de partida el primer ejercicio con resultados positivos; así como ampliar la deducción al 80% en las inversiones realizadas en las zonas afectadas y eliminar los límites de la cuota.

Creación de una nueva deducción por inversión en la creación de nuevas sociedades creadas en la isla y que ejerzan su actividad allí, y que generen empleo en la propia isla.

Materialización de la RIC en la adquisición de suelo en las zonas afectadas, tanto para restablecimiento de una actividad existente con anterioridad a la catástrofe en el área de exclusión o nuevos establecimientos, con el objeto de crear actividad económica y evitar el despoblamiento de estas áreas.

Se propone fomentar esta materialización de la RIC en deuda pública: de esta forma se aporta liquidez y se da una salida a las dotaciones pendientes. También sería interesante la materialización de la RIC en empréstitos a empresas que participen en la reconstrucción de la isla de La Palma.

En cuanto que las necesidades de medios humanos y ayudas sociales han aumentado exponencialmente, se propone la posibilidad de deducir el 50 o el 100% de los donativos, donaciones y aportaciones, y, además, aplicar la deducción en ejercicios iniciados en 2021. Alternativamente, se propone que, para estos ejercicios, se incrementen los porcentajes y límites de la deducción cuando se trate de donativos realizados a entidades beneficiarias del mecenazgo, de la ley 49/2002, relacionadas con el volcán de la isla de La Palma.

En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los economistas proponen la exención de las prestaciones por desempleo percibidas en pago único. Esta exención, establecida en la letra n) del artículo 7 de la Ley 35/2006, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta, se aplica a los contribuyentes que destinan las prestaciones al ejercicio de una actividad económica como trabajador autónomo, a través de una sociedad mercantil, de una cooperativa de trabajo asociado o de sociedad laboral. La exención exige el mantenimiento de la acción o participación, o si desarrolla la actividad como autónomo, del ejercicio de la actividad, durante un período mínimo de 5 años.

Consideran los economistas que este requisito es muy probable que se incumpla como consecuencia de esta crisis extraordinaria provocada por el volcán, por lo que sería conveniente establecer una excepción, cuando el desarrollo de la actividad se ve interrumpido como consecuencia de esta catástrofe natural y se justifique convenientemente. En caso contrario, muchos de estos contribuyentes se verían obligados a regularizar su situación en la autoliquidación de Renta 2021.

También plantean aumentar la reducción sobre los rendimientos netos cuando el inmueble se destina a vivienda habitual pasando del 60% al 100%, siempre que el arrendatario sea una persona afectada directamente por el volcán con algún límite, y reducir los rendimientos netos respecto de los alquileres de tierras de cultivo en desuso que se pongan a disposición de las empresas o empresarios afectados.

Mejorar la prestación por cese de actividad

En relación con el Impuesto General Indirecto Canario, los economistas proponen, entre otras cuestiones como flexibilizar las condiciones y acelerar la recuperación de las cuotas del IGIC repercutidas y no cobradas.

En el ámbito laboral, los economistas creen conveniente establecer para los trabajadores autónomos un procedimiento que simplifique y facilite el acceso a percibir la prestación por cese de actividad.

En cuanto al ámbito mercantil, abogan por mantener la suspensión del artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital por el que se establece que las sociedades están obligadas a convocar una junta general en plazo de dos meses y acordar su disolución o instar el concurso cuando sus pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Esta flexibilidad normativa daría margen de maniobra a las empresas para evitar su disolución antes de que se hagan efectivas las ayudas que garanticen su viabilidad.

De interés

Artículos Relacionados

Centro de preferencias de privacidad