Ambas figuras tributarias según el Gobierno van en la línea trazada por la Comisión Europea, y que también defienden otros organismos internacionales, para adecuar el sistema fiscal a las nuevas áreas de negocio digital y también a la realidad transfronteriza que implica la globalización y que no están bien reflejadas en el marco tributario actual.
El Consejo de Ministros considera que el sistema fiscal debe evolucionar en la misma dirección que lo hace la sociedad y la tecnología en el siglo XXI. Por lo tanto, la aprobación de estos dos nuevos impuestos se enmarca en la necesidad de modernizar el sistema tributario español con el objetivo de que siga siendo una palanca eficaz en el desarrollo de un Estado del bienestar potente y que ofrezca una amplia cobertura.".
Se trata de buscar un sistema fiscal más justo y redistributivo y para ello ve necesario avanzar por la senda impositiva ya iniciada por países de nuestro entorno, como Francia o Italia, y avalada por las autoridades comunitarias. Esta transformación del sistema fiscal se realizará sin subir los impuestos a la clase media y trabajadora, ni a los autónomos ni a las pymes.
Estos dos nuevos tributos ya se presentaron en la anterior legislatura, pero su tramitación no pudo completarse por la convocatoria de elecciones. Uno afecta a las transacciones financieras (tasa Tobin); el otro, a la economía digital (tasa Google). El articulado de ambas normas es casi idéntico al que el Ejecutivo presentó en 2019 y que finalmente el Parlamento no pudo discutir por disolverse para nuevas elecciones.
No obstante, ahora Hacienda rebaja la previsión de recaudación de la llamada tasa Google de1.200 millones anuales a 968 millones alegando los efectos de la desaceleración del PIB. En total, el rendimiento total de ambos impuestos queda ahora en 1.818 millones, un 11,3% menos de lo estimado en 2019.
Según medios financieros, anunciar de modo unilateral una tasa Google, sin esperar a una previsible armonización con la OCDE o al menos con la UE, mina la competividad española. También indican que gravar operaciones como comprar y vender acciones golpea directamente a los ahorradores y hará caer más el volumen de contratación en bolsa, que en 2019 ya descendió un 18%.
Medios financieros aseguran que los inversores huyen a otros mercados donde no se gravan las transacciones financieras, aunque no aportan más datos comparativos que los niveles fiscales y que la contratación bursátil cayó un 18% en 2019
Algunos medios indican que los inversores están huyendo a otros mercados donde no se gravan las transacciones financieras, aunque no aportan más datos comparativos que los niveles fiscales de unos y otros países, como refleja el gráfico superior. Pero lo cierto es que días pasado se anunció la compra mediante OPA bursátil del grupo Bolsas y Mercados Españoles que gestiona los mercados bursátiles por su homóloga suiza SIX. Pese a ello, algunos medios señalan que el nuevo impuesto de transacciones financieras fomenta el desmantelamiento de la industria financiera en España y su traslado a otros países, lo que sumará un nuevo daño a la economía de nuestro país.
La ‘Tasa Tobin’ gravará con un 0,2% las operaciones de compraventa de acciones de empresas españolas con una capitalización bursátil superior a los 1.000 millones de euros. El Ejecutivo espera recaudar 850 millones de euros con este nuevo gravamen, cuya liquidación será mensual.El Ministerio de Hacienda publicará anualmente, antes del 31 de diciembre, la lista de empresas sujetas al impuesto cada año y que serán las que superen dicho umbral de capitalización.
El intermediario financiero será el encargado de liquidar el impuesto sin tener en cuenta la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación. No estarán sujetas al impuesto las salidas a bolsa, las reestructuraciones las operaciones entre sociedades del mismo grupo ni las cesiones temporales. El impuesto entrará en vigor a los tres meses desde su publicación el en BOE.
Uno de los grandes damnificados de este gravamen podría ser BME. Tal y como recuerdan los analistas de Bankinter en una nota, este impuesto fue introducido en Francia en 2012 y tuvo un impacto en los volúmenes de cotización de los valores afectados en Euronext de entre el 10% y el 15%. Un efecto similar en España, tendría un impacto permanente de entre el 4,5% y el 6,8% en los ingresos y de entre el 6,2% y el 9,2% en el BNA de BME, consideran estos expertos.
Entre tanto,los operadores de bolsas suizas compran por OPA a BME a 34 euros por acción
“El precio de BME se verá soportado por la oferta de 34 euros de SIX (33,40 euros tras descontar el dividendo pagado por BME en diciembre)”, señala Bankinter. “Mantenemos la recomendación de vender parcialmente en el mercado: entre un tercio y la mitad de las posiciones ahora y esperar con el resto de las posiciones a que se formalice la oferta de SIX. Entonces esperaríamos al final del periodo de aceptación por si Euronext lanza una oferta a un precio superior. Damos a este evento una probabilidad del 50%”.
Por otra parte, los datos macroeconómicos señalan que, pese al incremento de deudas públicas durante la crisis iniciada en 2007 y las dificultades tributarias de los estados, los estados europeos que compiten con los demás con menores impuestos a sus capitales (el llamado dumping fiscal de Luxemburgo, Irlanda y Holanda), siguen siendo los de los países con mayores niveles de renta per cápita de sus habitantes en términos de poderes de compra ajustados, como refleja en siguiente cuadro oficial de la UE con datos de Eurostat:
Pese a o anterior,el marco financiero plurianual europeo que condicionará los presuputos de la Unión de 2021 a 2027 para sustituir al de 2014-2020 (incluso para acceder a los datos oficiales hay que pagar), sigue como los propios Presupuestos para el año 2021 siendo objeto de recortes en las partidas más sociales, contra las numerosas devertencias de que la UE no funcionará o funcionará peor sin una unión fiscal. Precisamente este jueves hay convocada una rueda de prensa para hablar entre otras cosas de la incidencia presupuestaria en educación, juventud, cultura y deportes. La realidad de la UNión es que algunos de los países más ricos e incluso con menores impuestos o mayor dumping fiscal son los que más se benefician de la integración en términos de excedentes comerciales y de riqueza.
La referencia oficial tras la reunión del Gobierno dice lo que sigue sobre ambos impuestos y otras normas financieras aprobadas igualmente:
Impuesto sobre Transacciones Financieras
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Transacciones Financieras para reforzar el principio de equidad del sistema tributario, ya que grava unas operaciones que no se encuentran sujetas en estos momentos a impuesto alguno. Además, este tributo afecta al sector financiero, que fue receptor de importantes ayudas públicas durante la crisis, de forma que ahora contribuya más al mantenimiento del Estado de bienestar.
El Impuesto va en la línea defendida por la Comisión Europea y que ya han adoptado otros países, como Francia o Italia. Esto también contribuye a una mayor coordinación de estos gravámenes en el ámbito europeo.
Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia
de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. De esta forma, se evita que el Impuesto afecte a la compraventa de acciones de pymes.
Además, el Impuesto no afecta al mercado primario, por lo que no tendrá impacto en las empresas que salieran por primera vez a Bolsa. El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición.
Entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, destacan, además de las operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuración empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal.
La liquidación del Impuesto será mensual y los contribuyentes deberán presentar una declaración anual. La estimación de ingresos de este gravamen es de 850 millones de euros anuales.
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
El Consejo de Ministros también ha aprobado el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con el objetivo de adaptar la tributación a los nuevos modelos de negocio digital. Actualmente, hay operaciones propias de la economía digital que no están gravadas, lo que supone también un agravio para los negocios tradicionales. El Proyecto presentado tiene su origen en la propuesta de Directiva comunitaria de marzo de 2018 para gravar esos servicios digitales.
España apuesta por lograr un consenso a nivel internacional en esta figura y trabaja en el marco de la OCDE y el G20 para lograr ese acuerdo. Sin embargo, sin dejar de buscar ese consenso global, hay que avanzar a nivel nacional en esta figura con el compromiso de que, una vez alcanzado un acuerdo internacional, España adaptará su legislación a ese tributo consensuado.
Varios países del entorno europeo comparten esta postura de España y ya han dado pasos para implantar un impuesto digital propio e incluso, en algunos casos como Francia o Italia, ya ha sido aprobado. También Reino Unido ha presentado un gravamen y Austria o Alemania tienen impuestos que gravan algún servicio digital.
Además, este Impuesto sigue las conclusiones recogidas en el programa BEPS de lucha contra la erosión de bases imponibles aprobado por la OCDE y que identificó entre los desafíos fiscales, la digitalización de la economía. De hecho, el Impuesto aprobado hoy pretende gravar ingresos obtenidos en España por grandes empresas a partir de ciertas actividades digitales que escapan al actual marco fiscal.
El objetivo del Impuesto, de carácter indirecto, es gravar servicios digitales en los que existe una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.
El Impuesto afecta a aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en España. Estos umbrales ayudan a garantizar que sólo se grave a las grandes empresas y que las pymes no estén afectadas por este tributo.
El tipo de gravamen del Impuesto es del 3% y se aplica a tres conceptos: la prestación de servicios de publicidad en línea; servicios de intermediación en línea; y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.
Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea; y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no actúa como intermediario.
La recaudación estimada es de 968 millones de euros y su liquidación tendrá una periodicidad trimestral. Sin embargo, de manera excepcional, este primer año el pago se efectuará a finales de 2020. Esta medida pretende dar un mayor margen a las negociaciones a nivel internacional, con idea de llegar a un consenso global en los próximos meses, y, además, facilitar la adaptación de las empresas afectadas.
A la hora de plantear este tributo se ha tenido en cuenta el fuerte crecimiento de los ingresos por la publicidad 'online', los servicios de intermediación prestados por plataformas digitales y el tráfico de datos en Internet.
Junto con ambos textos fiscales, el Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para la creación de un "sandbox", o espacio controlado de pruebas, para acompañar la transformación digital del sistema financiero. El Proyecto, que se remitirá a las Cortes para su tramitación parlamentaria, establece un entorno jurídico adecuado para garantizar que el proceso innovador en el ámbito financiero se desarrolla de forma eficaz y segura para los usuarios.
El "sandbox" permitirá llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero con pleno acomodo en el marco legal y supervisor. Esta iniciativa responde a la necesidad de impulsar la innovación como elemento esencial para un desarrollo económico sostenible y equitativo. Asimismo, se garantiza que el cambio tecnológico protege al consumidor de servicios financieros, mantiene la estabilidad financiera y la integridad de los mercados e impide la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, por el que adapta el ordenamiento jurídico nacional al reglamento comunitario. Se refuerza así la seguridad jurídica y se da un paso más en la ordenación del proceso de digitalización de la economía y la sociedad, en beneficio de los ciudadanos.
En concreto, este Proyecto se refiere a servicios electrónicos de confianza como la firma y sello electrónicos de personas físicas y jurídicas, o el sello de tiempo electrónico, que son utilizados habitualmente en las relaciones telemáticas de ciudadanos, empresas y Administraciones públicas. Su objetivo es complementar al Reglamento de la UE nº 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios electrónicos, en aplicación desde el 1 de julio de 2016. Este reglamento prevé que determinados aspectos técnicos y de organización interna se establezcan por parte del legislador nacional.
El Consejo de Ministros aprobó justo hace un año ( el 17 de febrero de 2019) los proyectos de ley que crean los nuevos impuestos a los servicios digitales y a las transacciones financieras, conocidos como tasa Google y tasa Tobin, respectivamente, con los que espera recaudar unos 2.000 millones de euros. El Gobierno de Sánchez anunció que remitiría los proyectos de ley al Congreso para su tramitación parlamentaria, aunque enseguida se convocaría las elecciones generales de abril que luego se repitirían de nuevo.