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Los estudiantes piden aplicarla a todos, no sólo a ellos

Nueva ley ante conflictos universitarios: Novatada, plagio o acoso penable hasta 3 años de expulsión

Redacción / 26-5-2021, actualizada 27-5-2021
El Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado (CEUNE) celebró la aprobación este martes por el Consejo de Ministros del proyecto de Ley de Convivencia Universitaria, que deroga el Reglamento de disciplina académica de los Centros oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica, decreto firmado por Franco en 1954, pero lamentó que sólo vaya a aplicarse a estudiantes, no a profesores y otro personal. La norma prevé sanciones de hasta 3 años de expulsión por plagios, novatadas y acoso

La norma apuesta por la resolución de conflictos con mediadores internos a través de comisiones paritarias de estudiantes, profesores y PAS. "Consideramos un paso que derogue el régimen del 54 y se trabaje en una nueva ley que encaje en el reglamento jurídico actual, pero no puede llamarse ley de convivencia académica cuando únicamente involucra al estudiantado y no al conjunto de la comunidad universitaria", declaró CEUNE. Las plantillas de las universidades quedaron excluidas del citado Decreto preconstitucional en 1985 y se rigen desde 1986 por el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios El Ministro Castells intentó el año pasado derogar el Decreto, pero los rectores de universidades se opusieron al vacío y desde entonces ha tratado de consensuar el proyecto de Ley de Convivencia Universitaria, sobre el que informó este martes al Consejo de Ministros 

Según CEUNE, la nueva norma debería incidir "mucho más" en el Personal Docente e Investigador (PDI) y en el Personal de Administración y Servicios (PAS). "Si nuestro régimen disciplinario se va a adaptar al siglo XXI, también debería hacerlo el suyo", afirma, pues "la convivencia es para todos y lo único que hay para todos es la mediación, que depende de la libre voluntad de las personas".

Las universidades crearán tras aprobarse la Ley por el Parlamento una Comisión de Convivencia encargada de canalizar las iniciativas para mejorar la convivencia en la universidad, promover la utilización del mecanismo de mediación y, en aquellos casos en que resulte procedente, tramitar el procedimiento de mediación como alternativa al régimen sancionador.Esta comisión contará con una representación paritaria de estudiantes, personal docente e investigador y personal de administración y servicios.

Para la nueva Ley de Convivencia Universitaria, realizar novatadas con grave menoscabo de la dignidad de las personas, el acoso o el plagio pasan a ser conductas que podrán ser castigadas con la expulsión de dos meses a cinco años de la universidad.

El Gobierno entendía, además, que el decreto hasta hoy vigente estaba en clara contradicción con los principios democráticos y establecía un régimen disciplinario preconstitucional, esencialmente punitivo y que incluía sanciones desproporcionadas. «No solo contempla las máximas garantías jurídicas para los estudiantes, sino también las especificidades del ámbito universitario adecuado a la realidad social que se vive en la universidad», recoge el borrador de la ley.

Expulsiones de hasta tres años

Entre las faltas «muy graves» que contempla el nuevo proyecto se encuentra el plagio «total o parcial» de una obra o cometer fraude académico en la elaboración de un trabajo de fin de grado, fin de máster o tesis doctoral. Alterar o falsificar documentos académicos, la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, incumplir las normas de salud pública o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria también son consideras faltas muy graves, sancionadas con la expulsión de dos meses a tres años y la pérdida de la matrícula. Se castigará también bajo este nivel los actos que atenten contra los valores democráticos o que promuevan la xenofobia, que sean negadores del holocausto o de crímenes contra la humanidad o que hagan apología del terrorismo.

Entre las graves se encuentra apoderarse indebidamente de exámenes o falsear sus resultados, impedir la celebración de actividades universitarias o acceder sin permiso a los sistemas informáticos de la universidad. Otras faltas consideradas graves son deteriorar material de la biblioteca, entrar en estado de embriaguez en el recinto universitario o acumular tres faltas leves. En estos casos se podrán imponer sanciones económicas, la prohibición de examinarse o la pérdida de los derechos de matrícula.

El proyecto establece, por último, las faltas leves, que se solventan con una amonestación privada que puede ir acompañada de medidas sustitutivas de carácter educativo o recuperador. Se consideran faltas leves el acceder a instalaciones universitarias a las que no se tenga autorizado el acceso, actuar para copiar el contenido de exámenes a través de medios que no se consideren graves o muy graves, o realizar actos que deterioren de forma no grave el patrimonio de la universidad.

Oscura prosa de la información oficial del Gobierno 
Según la referencia oficial, el Consejo de Ministros ha aprobado el Informe del Anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria que busca establecer el marco adecuado para que los miembros de la comunidad universitaria puedan llevar el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales esenciales para el desarrollo de nuestra democracia, como son la libertad ideológica y religiosa, la libertad de expresión, los derechos de reunión, asociación y manifestación, y, cómo no, la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra y el derecho a la educación, entre otros, gracias a la creación y protección de unos entornos de convivencia fijados democráticamente por las propias universidades.

El presente Anteproyecto de Ley tiene por objeto establecer las bases de la convivencia en el ámbito universitario, fomentando la utilización preferente de modalidades alternativas de resolución de aquellos conflictos que pudieran alterarla, o que impidan el normal desarrollo de las funciones esenciales de docencia, investigación y transferencia del conocimiento.

Además, esta nueva norma deroga el Decreto de 8 de septiembre de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional que permanecía vigente respecto del estudiantado, en clara contradicción con los principios democráticos de nuestra sociedad actual.

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