Últimamente se esta hablando mucho del debate en el Parlamento Europeo de la firma del Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones (“Transatlantic Trade and Investment Partnership – TTIP-“), entre Estados Unidos de América y la Unión Europea, en el que se contempla un sistema de Arbitraje Privado denominado ISDS (“Investor-State Dispute Settlement”).
Los mecanismos para resolver diferencias entre inversores extranjeros y los países en los que han invertido son esenciales. En la actualidad hay dos maneras principales de solventar este tipo de disputas: los tribunales nacionales y las instancias privadas de arbitraje internacional. La Comisión Europea propuso el 6 de mayo dos opciones adicionales para la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI o TTIP siglas estas últimas en inglés): un tribunal multilateral sobre inversiones y un organismo bilateral de apelación con siete jueces:
Según la reforma propuesta por la Comisión Europea, cuando se produzca una disputa, los inversores podrían elegir con libertad el mecanismo que prefieran. Pero para evitar compensaciones dobles o decisiones contradictorias, estarían obligados a elegir una opción desde el principio y mantenerla. No podrían recurrir a mecanismos paralelos y luego seleccionar la decisión más favorable.
Pero aunque de entrada el ISDS parece una buena idea, desde distintos ámbitos se esta levantando polémica al respecto. Por ejemplo, en el ámbito político, unas recientes declaraciones de Sergio Gutierrez, Eurodiputado del PSOE, en el que se manifiesta totalmente en contra del arbitraje privado, proponiendo en su lugar Tribunales Públicos con Jueces de carrera.
En el mundo profesional también existen muchas dudas acerca del ISDS. Como las que pone de manifiesto nuestro compañero mediador y buen amigo Jose Antonio Garcia Alvaro, Director de ARyME (Arbitraje y Mediación) en grupo de debate en internet (https://www.linkedin.com/grp/post/1780105-6014656748508454914):¿Qué sistema de control se establecería? ¿Cómo se financiaría? ¿Cómo se establecerían los honorarios? ¿Presidencia política o técnica? ¿Cómo se designan los árbitros? ¿Existiría un comité de evaluación? ¿Quiénes compondrían el comité? ¿Qué criterios de evaluación seguiría el comité, jurídicos o políticos? ¿Por cuánto tiempo deben estar en activo los árbitros? …….
Y por último, el resto de los mortales, que acostumbrados a como las gasta la Comisión Europea nos preguntamos ¿Cuánto nos va a costar todo esto?