jueves,18 agosto 2022
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Los 3 están los controla la banca y usan similares productos

Competencia autoriza la fusión de Servired, 4B y Euro 6000, sistemas de pago con tarjeta españoles

Redacción
La CNMC autorizó este jueves la fusión de los tres sistemas de pago con tarjeta que operan en España: Servired, 4B y Euro 6000, de los que son accionistas la práctica totalidad de las entidades bancarias. Tras esta fusión, a realizar con algunos compromisos, la autoridad de Competencia dice que ningún accionista controlará el sistema de pagos resultante y se pasará a un sistema único de pagos en línea con la práctica habitual en los países de la Unión Europea.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) inform que ha autorizado con compromisos la concentración de las tres sociedades de medios de pago con tarjeta que operan en España: Servired, Sistema 4B y Euro 6000. La operación está subordinada al cumplimiento de una serie de requisitos dirigidos a garantizar que haya mayor competencia en las aplicaciones de pago con tarjeta en España en beneficio de las entidades financieras, comercios y usuarios finales. La CNMC vigilará durante al menos cinco años el cumplimiento de estas condiciones.   (C/0911/17: SERVIRED/ SISTEMA 4B/ EURO 6000)

 

La operación que se aprueba consiste en la fusión de los sistemas de pago con tarjeta domésticos Servired, 4B y Euro 6000, de los que eran accionistas la práctica totalidad de las entidades bancarias en España. Tras esta fusión, ningún accionista va a controlar el sistema de pagos resultante y se va a posibilitar la introducción de mayor competencia en las aplicaciones de pago con tarjeta, en la medida que el nuevo sistema va a lanzar una aplicación de pago doméstica propia, que podrá  competir en igualdad de condiciones con las de Visa y Mastercard. De esta manera, aumentará la libertad de elección de entidades financieras, comercios y usuarios finales en relación con los pagos con tarjeta.

Con la operación de concentración desaparece una de las peculiaridades del sector de pagos con tarjeta español respecto a los países de la Unión Europea, donde lo más habitual es que exista un único sistema de pagos con tarjeta doméstico, con una aplicación de pago propia, en el que se integran todas las entidades financieras que intermedian pagos con tarjeta.

El control de concentraciones tiene por objeto evitar los efectos restrictivos que pueden derivarse de la operación concreta. Para evitar que se obstaculice o retrase el acceso al sistema de nuevos miembros, o que se utilicen las políticas comerciales como instrumento para influir, controlar y limitar la capacidad competitiva de sus miembros y que se limite el desarrollo de soluciones innovadoras se ha aprobado la operación con compromisos. La CNMC ha autorizado la operación en primera fase para facilitar una rápida implantación de mayor competencia y favorecer nuevas aplicaciones de pago con tarjeta en España lo antes posible, en beneficio de entidades financieras, comercios y usuarios finales.

Esta operación fue notificada a la CNMC el 24 de noviembre de 2017, junto con una propuesta de compromisos en primera fase. Esta propuesta de compromisos fue consultada con los principales operadores de los mercados afectados, y a la vista de las cuestiones puestas de manifiesto por estos operadores, el 22 de enero de 2018 los sistemas de pago que se fusionan han presentado su propuesta de compromisos definitiva, que la CNMC ha considerado adecuada de cara a posibilitar la autorización de la operación de concentración.

Los compromisos tendrán una vigencia de cinco años, aunque este periodo podría prorrogarse por tres años más.

 

Los compromisos propuestos se dividen en tres grandes bloques:

  1. Compromisos relacionados con el acceso al nuevo sistema:

De esta manera, podrán ser miembros del sistema todos los proveedores de servicios de pago que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa  y cuya participación sea aceptada por la nueva entidad, que no limitará el acceso más allá de lo necesario para prevenir riesgos en la estabilidad operativa y financiera del sistema.

Las cuotas de acceso de nuevos miembros tendrán un importe en línea con la media de los sistemas de pago con tarjeta de la Unión Europea, no puede ser disuasorio o constituir un obstáculo injustificado.

En el caso en que se deniegue el acceso al sistema, la CNMC realizará un arbitraje de cumplimiento obligatorio

 

  1. Compromisos relacionados con los servicios troncales y la aplicación de pago del nuevo sistema

Las tarifas que aplique la entidad fusionada tienen que estar orientadas a costes y su aplicación no puede establecer discriminación alguna entre entidades miembros, sean o no accionistas de la sociedad.

Además, los servicios esenciales de la sociedad no serán obligatorios. De esta manera, los miembros del sistema no tienen ninguna obligación de exclusividad y pueden libremente adscribir determinadas tarjetas a otros sistemas de pago con tarjeta.

Asimismo, los compromisos garantizan que solo sean soportados por todos los miembros los servicios esencialmente troncales (relacionados con los estándares mínimos aprobados por el BCE) y se establece un sistema de fijación de tarifas que garantiza la correcta imputación de los costes vinculados a la prestación de dichos servicios troncales.

Los compromisos aseguran que los miembros del sistema, los comercios y los usuarios finales tengan plena libertad para decidir si usan o no la nueva aplicación de pagos por tarjeta del sistema.

Previsiblemente, los miembros del sistema que emitan tarjetas con la nueva aplicación de pagos doméstica incluirán también las aplicaciones de pago internacionales, como Visa o Mastercard, de cara a asegurar su aceptabilidad a nivel mundial.

En relación con estas tarjetas con dos aplicaciones de pago, los comercios tendrán plena libertad para determinar en cada momento la aplicación de pago que prefieren usar por defecto, de cara a minimizar las tasas de descuento que deben pagar por aceptar pagos con tarjeta. En todo caso, los usuarios finales también tendrán asegurada su capacidad para elegir la aplicación, pudiendo cambiar la aplicación de pagos seleccionada por defecto por los comercios.

  1.  Compromisos relacionados con los servicios opcionales

Los servicios opcionales que se establezcan serán accesibles a todos los miembros que los soliciten y deberán ser facturados por separado a los usuarios que los contraten. Las tarifas deben garantizar la correcta imputación de los costes vinculados a su prestación.

Estos servicios opcionales podrán incluir, entre otros, las modalidades de cashback, que permiten obtener efectivo aprovechando un pago con tarjeta en un establecimiento comercial. De esta manera se facilita la introducción de nuevos servicios asociados a tarjetas que ya son habituales en países de nuestro entorno.

Para facilitar la participación en dichos servicios, el sistema se compromete a informar con transparencia a todos sus miembros desde el momento de su aprobación. Por esta razón se detalla el procedimiento que deberán seguir los miembros del sistema para solicitar la prestación de un servicio opcional:

El consejo de administración de la entidad resultante aprobará o denegará, de forma motivada en el plazo máximo de tres meses. Como garantía adicional, se incluye un procedimiento de arbitraje ante la CNMC cuya resolución será de obligado cumplimiento

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