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Fiscalidad S XXI: El impuesto sobre servicios digitales

Las big-tech acaparan información de todos y no dan siquiera la de sus ingresos allí donde operan

Redacción / actualizada el 7 de Julio de 2020 tras el debate
La irrupción de las grandes digitales en la economía mundial ha dado lugar a nuevas formas de generar valor que exigen una adaptación de las normas fiscales.Éstas fundamentan el derecho de los países a gravar los beneficios transnacionales en la presencia física. Pero los modelos de negocio digitales apenas necesitan soporte físico para llegar a los mercados y obtener beneficios.Ante ello, varios foros internacionales debaten nuevas formas de imposición, como este martes Fundación Alternativas:

El planteamiento incial dela convocatoria  añadía que la dificultad de alcanzar consenso en cuanto a las propuestas barajadas ha provocado que varios países hayan lanzado unilateralmente sus propios impuestos digitales nacionales, a veces inconexos y de distinta naturaleza. Actualmente, un Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales se encuentra en fase avanzada de tramitación en el Congreso de Diputados en España. A la luz del contexto internacional, el debate de Alternativas parte de que es especialmente pertinente en este momento proceder a un análisis de las características de este Proyecto de Ley, de su estimada capacidad recaudatoria en estos tiempos de pandemia, así como de su impacto económico sobre las empresas y consumidores.

Sobre estas coordenadas del debate, aquí resumimos algunas conclusiones y afirmaciones de los intervinientes:

"Lo mínimo sería que dieran información de los ingresos que tienen, país por país, lo que no dan. Quienes más tienen en estos momentos son esas multinacionales, a quienes no ha afectado la pandemia, sino al contrario, porque han tenido crecimiento exponencial de ingresos", dijo al presentar algunas de las conclusiones Diego López Garrido, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Alternativas:

Diego López Garrido (Fundación Alternativas): Las 4 principales digitales tenen más poder que muchos Estados, y se nutren de los datos que les damos los ciudadanos

Relevancia del asunto: Es uno de los grandes temas del mundo de la globalización y del post COVID. Las 4 principales digitales tenen más poder que muchos Estados, y se nutren de los datos que les damos los ciudadanos, como decía Domingo Carbajo. Así  pagan menos de lo que deben. El sistema fiscal tradicional no se ha adaptado a su irrupción; ello produce la elusión fiscal (aprovechar el tipo de negocio para optimizar el pago de impuestos), fenómeno distinto a la evasión. Solo Holanda como pseudoparaíso fiscal según Tax Justice le quita 10.000 millones al año en ingresos fiscales a otros países de la Unión Europea.

Causas de esa relevancia política y económica. El hundimiento de impuestos tras el COVID 19 tiene enorme relevancia. Sucede porque esas compañías pagan donde les parecen y hay competencia desleal entre países que las atraen. No existe un derecho tributario europeo y en la UE fragmentación de jurisdicciones. Habrá cierto avance con el plan de recuperación. La otra línea es la de la OCDE, que siempre avanza pero nunca llega a adoptar una línea. Y la tercera, la de los países, como España: dado que UE y OCDE no avanzan lo hacen ellos. ¿Vamos a impuesto sobre los ingresos o sobre los beneficios? Es más sencillo el de las ventas por país.

 

Medidas a tomar para solucionar los problemas. En el debate han surgido líneas posibles de acción: según Jorge Onrubia, la UE debería tener una lista de paraísos fiscales o pseudoparaíasos fiscales. Habría que ir a una tasa digital igual que una sobre CO2 para compensar el endeudamiento de la propia EU por los 750.000 de transferencias anunciadas, así como a exigir a las grandes digitrales más información sobre su actividad.

José Luis Escario, experto del CESE: De las 20 principales empresas mundiales, 9 ya son digitales, y ha cambiado el reparto global de beneficios

Tras el saludo de Inma Ballesteros, directora de Cultura y Comunicación de la Fundación Alternativas, actuó de moderador José Luis Escario, experto del Consejo Económico y Social Europeo: De las 20 principales empresas mundiales, 9 ya son digitales, lo que ha traído nuevos modelos negocio que implican nuevas formas de crear valor y ha cambiado el reparto beneficios. Ha surgido el debage de la doble imposición, del establecimiento permanente que da relevancia a una residencia mitigada por la fuente de ingresos. Pero para que haya establecimiento permanente según las reglas se necesita presencia física mínima y la nueva economía de la información no la necesita.

Carbajo, inspector fiscal: las grandes digitales deben tributar, y de forma más exhaustiva de lo que propone el proyecto español

Domingo Carbajo, inspector de Hacienda y miembro del consejo editorial de Ibercampus.es: Nos equivocamos al no ver que las tecnologías productivas transforman. El comercio electrónico apenas sugirió inicialmente pequeños cambios en reglas, como defendía la OCDE, y no fue así. El Plan de acción BEPS de la OCDE lanzado en 2012 y 2013 y su Acción 1 presenta un balance insatisfactorio. La capacidad económica no es la renta, sino el dato del usuario: si algo es gratis, el precio eres tú, tu intimidad. Al carecer de base física, la economía digital supone externalidades, entre ellas competencia desleal. No estamos gravando un valor añadido, porque la estructura productiva nos lleva a la ruptura de valor y de la fábrica social en la que se basa el Estado de bienestar. Argumento: nosotros queremos tributar, pero cuando haya consenso, que se ha roto, lo que es inaceptable, mas ahora con la crisis sanitaria y social. Deben tributar y de una forma más exhaustiva de lo que propone el proyecto español.

Jorge Onrubia, ICEI-UCM: Hay que  resolver ya el problema de jurisdicciones como Holanda, Países Bajos y Luxemburgo, para la que la regla de unanimidad de la UE es un hándicap

Jorge Onrubia, ICEI-UCM /Universidad Castilla La Mancha) y FEDEA: La transformación digital afecta incluso a negocios convencionales. El modelo de la UE (base imponible común consolidada) es más completa que la de los pilares I y II de la OCDE. Pero resulta un problema de primer nivel establecer el criterio de los derechos de gravamen, ya que hay ingresos por 4 o 5 elementos, entre ellos la explotación del dato, lo que requiere integrar el modelo en una solución definitiva. No soy optimista: la OCDE intenta tener una imposición sobre multinacionales y otra digital.  Pero hay que  resolver ya el problema de jurisdicciones como Holanda, Países Bajos y Luxemburgo, para lo que la regla de unanimidad de la UE es un hándicap.

José Luis Zimmermann, Adigital (agrupación de digitales): Hay margen para solución supranacional tanto en la OCDE como en el ámbito europeo

José Luis Zimmermann, Adigital: Cuestionamos la neutralidad de solución por los problemas que generaría en la economía española. Europa necesita mercado único digital porque la actividad da relevancia a la escala. Hay margen para solución supranacional en la OCDE y en el ámbito europeo. Dos años después de la propuesta de la UE, su puesta en marcha sigue siendo compleja y se vuelve al principio de los pilares de la OCDE. El proyecto de impuesto español es de carácter híbrido y puede presentar problemas, base muy centrada en usuario.

Seis cuestiones aún por dilucidar en lo principal

Quedan así por delucidar tras este debate buena parte de las seis cuestiones que planteaba Ibercampus.es en la noticia de su convocatoria inicial:

1.Objetivos y limitaciones del impuesto.

2. Las peculiaridades de la economía digital y la dificultad de las normas fiscales internacionales actuales de gravar sus nuevas formas de generar valor.

– Los criterios de distribución de los beneficios transnacionales entre territorios: el principio de residencia, el principio de la fuente y el concepto de Establecimiento Permanente.

– La incapacidad del criterio de presencia física para capturar los ingresos de los nuevos modelos de negocio desmaterializados.

3. Iniciativas globales para resolver el problema de la infratributación de la economía digital.

– El Plan de acción BEPS de la OCDE y su Acción 1. Balance insatisfactorio.

– Los informes de la OCDE posteriores a BEPS ¿Hacia una solución definitiva en el 2020?.

-La “ruptura” del consenso: el unilateralismo norteamericano.

-Perspectivas de futuro.

4. La UE ante el problema de la tributación de la economía digital

– Alineamiento con los (eventuales) acuerdos internacionales de la OCDE y coordinación frente a las acciones unilaterales de los EEMM.

– El paquete de la Comisión sobre economía digital de marzo de 2018: la iniciativa sobre la presencia digital significativa (solución definitiva) y el impuesto sobre determinados impuestos digitales (solución provisional).

– El bloqueo en el Consejo de las iniciativas sobre fiscalidad digital. De la unanimidad a la mayoría cualificada en la toma de decisiones fiscales.

– El papel de la tributación de la economía digital en el Programa de Reconstrucción acordado por el Consejo Europeo ante el desafío del COVID-19. 

-La redacción de la UE ante el unilateralismo USA.

5. El impuesto sobre determinados servicios digitales versión española 

– ¿Un sometimiento directo a una propuesta de Directiva?.

– La finalidad principal del impuesto: lograr recursos para combatir el déficit público, especialmente en el período post-COVID 19 ¿Es apropiada la herramienta?.

– ¿Gravamen de la economía digital o sólo de ciertos operadores digitales internacionales?.

– ¿Está justificada la exclusión de ciertos servicios digitales?

– La naturaleza del impuesto: confusa y problemática. Su repercusión al consumidor.

– El ámbito subjetivo y objetivo. Complejidad de delimitación.

– Problemas de control y gestión.

– Resultados recaudatorios posibles.

– Otros impactos económicos, en especial sobre la I+D-i y sobre la creación de un mercado digital europeo.

6. En todo caso, la proliferación de ISD y otras modalidades de gravamen de la economía digital en el Mundo.

 

 

 

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