jueves,18 agosto 2022
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El fallo excluye el 50% del IAJD y ADICAE lo reclamará

Los bancos deben pagar los gastos de tasación de las hipotecas anteriores a 2019, según el Supremo

Redacción
El Tribunal Supremo ha sentenciado que los bancos paguen los gastos de tasación de los préstamos hipotecarios. Esta decisión del Pleno de su Sala de lo Civil dice concretamente que los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, incumben al banco y no al consumidor. Asi, solo afecta a apréstamos firmados antes de esa Ley de Crédito Inmobiliario de hace dos años, por la que la tasación debe abonarla el consumidor.
Los consumidores tienen por ello derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales, en linea con la doctrina europea que establece dichas cláusulas como abusivas. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, donde las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores.

ADICAE sigue reclamando la devolución de todos los gastos hipotecarios, incluido el IAJD, que el Supremo se resiste a reconocer su restitución a partir de la nulidad de la cláusula y que supone casi dos tercios del total de costes indebidamente cargados a millones de consumidores, según esa Asociación.

Asufin lamentó  que hayan tenido que pasar siete años para que el cliente recupere 1.335,89 euros más intereses y que solo vaya a recuperar las costas de primera instancia, teniendo que asumir los gastos de segunda instancia y del Supremo.

Para reclamador.es, es una buena noticia, precedida de varias sentencias del Tribunal contrarias a los intereses de los hipotecados, como por ejemplo fue la dictada en relación al IRPH o los acuerdos de novación por cláusula suelo.

El despacho Navas & Cusi dijo que “la sentencia es la consecuencia coherente con la doctrina del Supremo sobre los gastos hipotecarios. El Alto Tribunal ya ha asentado el criterio de que los gastos deben de ser asumidos por aquella parte que esté interesada en ellos.

La sentencia la originó un recurso contra una resolución de Audiencia Provincial de Cáceres en un pleito con Liberbank. Se basa en la afirmación de un sentencia del TJUE, que concluye que esta cláusula ahora analizada es “abusiva”.El alto tribunal considera que la tasación debe formar parte de los gastos de gestoría y, por tanto y en base a la jurisprudencia, debe hacerse cargo el prestamista;es decir,  los bancos.

A principios de enero, la Audiencia Provincial de Oviedo ya se pronunció en línea con los argumentos esgrimidos ahora por el Supremo, al condenar a Deutsche Bank a pagar los gastos de tasación. "Ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabe negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas", recogió en su sentencia.

En enero de 2019, el Tribunal Supremo acordó que los gastos de notaría debían dividirse entre banco y cliente, una decisión similar a la que adoptó para los de gestoría y para el registro de la hipoteca, que en el caso de la inscripción deberá ser abonada por la entidad, y en la cancelación, por el prestatario.

 Posteriormente, en junio de 2020, el Tribunal Europeo de Justicia  decidió que las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva deben ser devueltos al consumidor salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. De este modo, si se declara nula una cláusula abusiva que impone al cliente el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el derecho comunitario se opone a que el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esa cláusula.

Frente al aplauso unánime de consumidores y bufetes de abogados, el sector bancario destacaba que el fallo solo era aplicable en caso de la que la cláusula hubiera sido declarada abusiva por un tribunal, lo que llevaba a valorar cada caso concreto.

 

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